BDNS (Identif.): 603003.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de este programa las unidades de convivencia enumeradas en el artículo 2 de las bases reguladoras contenidas en la Orden de 18 de diciembre de 2018, publicada en el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) núm. 4, de 7 de enero de 2019, modificada por la Orden de 16 de diciembre de 2019 (DOG núm. 248, de 31 de diciembre), siempre que cumplan los requisitos previstos en el artículo 3 de las citadas bases reguladoras.
Segundo. Objeto
Convocar las ayudas del Programa del bono de alquiler social, para el año 2022, con financiación plurianual, que se tramitarán con el código de procedimiento VI482A.
La concesión de las subvenciones recogidas en esta resolución se tramitará por el procedimiento de concurrencia no competitiva, hasta agotar el crédito disponible previsto en la convocatoria, de acuerdo con lo señalado en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Tercero. Bases reguladoras
Las subvenciones de este programa se regirán por las bases reguladoras contenidas en la Orden de 18 de diciembre de 2018, publicadas en el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) núm. 4, de 7 de enero de 2019, modificada por la Orden de 16 de diciembre de 2019 (DOG núm. 248, de 31 de diciembre).
Cuarto. Crédito presupuestario y cuantía de las ayudas
Las subvenciones previstas en esta convocatoria correspondientes a los ejercicios 2022 y 2023 se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 08.81.451B.480.3 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, con la siguiente distribución plurianual:
Anualidad |
Aplicación presupuestaria |
Importe |
2022 |
08.81.451B.480.3 |
300.000 € |
2023 |
100.000 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
1. El plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria comenzará el día 3 de enero de 2022 y terminará el día 31 de mayo de 2022 y, en todo caso, al agotamiento de la partida presupuestaria contenida en esta convocatoria.
2. Este plazo podrá ser ampliado mediante resolución de la persona titular da Dirección General del IGVS, que deberá ser publicada no DOG.
Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2021
Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo