En el Diario Oficial de Galicia núm 130, de 9 de julio de 2021, se publica la Orden de 29 de junio de 2021 por la que se establecen las bases que rigen los premios del programa Xuventude Crea y se convoca para el año 2021 (código de procedimiento BS310Q) el procedimiento de concesión es en régimen de concurrencia competitiva.
Con los premios del programa Xuventude Crea se trata de favorecer el trabajo creativo de la juventud gallega, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra en las especialidades de artes plásticas, cómic, cocina, creación de videojuegos, danza moderna, diseño de joyas, fotografía, grafiti, moda, música, novela corta, poesía, teatro y videocreación.
El 13 de diciembre de 2021, la persona titular de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social, de conformidad con los dispuesto en el artículo 15.2, emite resolución dictada en el procedimiento BS310Q, en la especialidad de cómic del programa Xuventude Crea, convocado por la Orden de 29 de junio de 2021 por la que se establecen las bases que rigen los premios del programa Xuventude Crea y se convocan par el año 2021, por la que se aprueba la relación definitiva de personas beneficiarias de los premios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 15 y 19 de la referida Orden de 29 de junio de 2021, la resolución será objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia. Esta publicación producirá los efectos de notificación.
Serán igualmente objeto de publicidad a través de la página web de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, http://xuventude.xunta.es, con carácter complementario.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 13 de diciembre de 2021 dictada en el procedimiento BS310Q, de concesión de premios de la especialidad de cómic del programa Xuventude Crea en el año 2021 y en la página web http://xuventude.xunta.es
Segundo. Comunicar que la Resolución de 13 de diciembre de 2021 pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o impugnarlas directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. Según el artículo 17 de la Orden de 29 de junio de 2021, la participación en esta convocatoria supone la autorización de las personas participantes a favor de la Consellería de Política Social de los derechos de difusión de los proyectos presentados en el marco de este programa, así como para montar exposiciones y/o para la exhibición, reproducción o publicación de la imagen o contenido de las obras presentadas por cualquier medio que se estime oportuno, sin más limitaciones que las derivadas del Real decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de propiedad intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Las obras de las personas participantes deberán ser retiradas por ellas o por la persona autorizada en el lugar que determine la persona titular de la dirección general competente en materia de juventud, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación con la decisión de la persona titular de la dirección general competente en materia de juventud.
Transcurrido este plazo, las obras no retiradas quedarán a disposición de la dirección general competente en materia de juventud de la Consellería de Política Social, entendiéndose que sus autores y autoras renuncian a todo tipo de derecho sobre las mismas, la cual podrá darles el destino que estime oportuno.
Cuarto. Según el artículo 18.3 de la Orden de 29 de junio de 2021, las personas premiadas deberán:
Colaborar en las acciones de difusión que se organicen, así como la autorización de edición y reproducción a favor de la Consellería de Política Social para su publicidad, difusión y divulgación a través del portal web de la dirección general competente en materia de juventud, de la Consellería de Política Social (http://xuventude.xunta.es/), redes sociales y demás medios de difusión de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Conservar los originales de las obras premiadas y ponerlos a disposición de la dirección general compentente en materia de juventud, para su exhibición o difusión por cualquier medio hasta el 31 de diciembre del año natural siguiente al de la concesión del premio.
En el caso de que la obra sea objeto de posterior exhibición o difusión por la persona premiada, deberá indicarse de forma expresa y visible su condición de premiada en este programa.
Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2021
Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado
ANEXO
Resolución de premios de la especialidad de cómic del programa
Xuventude Crea en el año 2021 (DOG núm. 130, de 9 de julio)
Procedimiento BS310Q: Xuventude Crea
Mediante la Orden de la Consellería de Política Social de 29 de junio de 2021 (DOG núm. 130, de 9 de julio), se establecen las bases que rigen los premios del programa Xuventude Crea y se convocan para el año 2021.
En sus artículos 2 y 3 se recoge la definición de las especialidades de este programa y de los premios por cada especialidad:
Un primer premio de 3.000,00 €.
Un segundo premio de 1.500,00 €.
Un tercer premio de 1.000,00 €.
En su artículo 15 se regula la resolución de estos premios, previa propuesta del órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de valoración de la Comisión de Selección de cada especialidad.
La Comisión de Selección de la especialidad de cómic firmó las actas en las que se recogen la evaluaciones de las solicitudes admitidas a trámite y dichas actas fueron trasladadas al órgano instructor para hacer la propuesta de resolución de los premios de dicha especialidad.
En base a lo expuesto en los anteriores párrafos y vista la propuesta de resolución de la Subdirección General de Programas para la Juventud,
RESUELVE:
Primero. Conceder a las personas que se relacionan en el anexo I los premios de la especialidad de cómic del programa Xuventude Crea en el año 2021 convocados en dicha orden con cargo a la aplicación presupuestaria 13.06.313A.480.10.
Segundo. Publicar en el anexo II la relación de solicitudes que no obtuvieron premio.
Tercero. Publicar en el anexo III la relación de solicitudes excluidas.
Cuarto. Esta resolución finaliza el procedimiento y agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Santiago de Compostela, 13 de diciembre de 2021. La conselleira de Política Social. P.D. (Orden de 29.7.2021; DOG nº 130, de 9 de julio). Cristina Pichel Toimil, directora general de Juventud, Participación y Voluntariado.
ANEXO I
Relación de personas premiadas
Especialidad de cómic
Programa Xuventude Crea 2021
Premios |
Nº de exp. |
Nombre |
NIF/NIE |
Pseudónimo |
Título de la obra |
Puntuación final |
Importe premio (€) |
1er premio |
BS310Q 2021/150 |
Jorge Fernández Fernández |
***3140** |
O capricho |
Bohemius 96 |
53 |
3.000,00 € |
2º premio |
BS310Q 2021/175 |
Brais Fierro Fuentes |
***4255** |
Vilzavar |
Brrr |
50 |
1.500,00 € |
3er premio |
BS310Q 2021/240 |
Sergio Ocampo González |
***8827** |
O xérmolo da roseira |
Artista sonámbulo |
49 |
1.000,00 € |
Mención de honra, que carece de dotación económica:
Nº de exp. |
Nombre y apellidos |
NIF/NIE |
Título |
Pseudónimo |
BS310Q 2021/006 |
Ánxel Carramal Fernández |
***2154** |
Jannyt |
Abendita |
BS310Q 2021/143 |
Antón Yáñez Souto |
***9858** |
Proxecto mandrágora |
Sin pseudónimo |
ANEXO II
Relación de personas participantes que no obtuvieron premio
Especialidad de cómic
Programa Xuventude Crea 2021
Nº de exp |
Nombre y apellidos |
NIF/NIE |
Pseudónimo |
BS310Q 2021/109 |
Lucía Rodríguez Cid |
***2996** |
Chuchamel |
BS310Q 2021/117 |
Hugo Feal Permuy |
***2265** |
Sin pseudónimo |
BS310Q 2021/128 |
Paula Botana Lozano |
***0439** |
Tomie |
BS310Q 2021/129 |
Nicolás Vázquez Ben |
***7334** |
Gris |
BS310Q 2021/177 |
Cristina López Varela |
***3609** |
Alborja |
BS310Q 2021/199 |
Manuel Cancela Rodríguez |
***8038** |
Sin pseudónimo |
BS310Q 2021/224 |
Nuria Martínez Carbo |
***9007** |
Maruxa Mallo |
BS310Q 2021/242 |
Adrián Jamardo Fernández |
***2867** |
Hadrián |
BS310Q 2021/296 |
Alexandre Senande Díaz |
***5571** |
Sin pseudónimo |
BS310Q 2021/299 |
Baltar Morgade Lorez |
***8019** |
Patacas 36 |
ANEXO III
Relación de solicitudes excluidas
Especialidad de cómic
Programa Xuventude Crea 2021
Nº de exp. |
Nombre y apellidos |
Causa de exclusión |
BS310Q 2021/072 |
Samuel Galán Aira |
Obra no anónima y textos solo en castellano |
BS310A 2021/249 |
Tristán de Ron Ferreiros |
Es un relato con ilustraciones y no un cómic |