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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 31 de enero de 2022 Pág. 6236

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

EXTRACTO de la Orden de 4 de enero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2022 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para proyectos colectivos de modernización de las infraestructuras de los puertos pesqueros, de las lonjas o los establecimientos autorizados para la primera venta de productos pesqueros y de lugares de desembarque, para la mejora de la eficiencia energética, de la protección del medio ambiente, de la seguridad y las condiciones de trabajo, y de la calidad y del control y trazabilidad de los productos desembarcados de la pesca, cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) y tramitada como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE209G).

BDNS (Identif.): 607363.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cofradías de pescadores, las organizaciones de productores de pesca, las cooperativas, las asociaciones profesionales de personas mariscadoras a pie y las asociaciones profesionales de rederas que realicen las inversiones y gastos que se consideren subvencionables. Podrán ser beneficiarias las administraciones públicas con competencias en puertos para proyectos dirigidos a la pesca costera artesanal. Las entidades serán sin ánimo de lucro y deben tener un ámbito territorial que incluya la Comunidad Autónoma de Galicia y sede social en la misma.

Segundo. Finalidad

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras generales para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para proyectos colectivos que modernicen las infraestructuras de los puertos pesqueros, de las lonjas o establecimientos autorizados para la primera venta de productos pesqueros y lugares de desembarque, para la mejora de la eficiencia energética, de la protección del medio ambiente, de la seguridad y las condiciones de trabajo, y de la calidad y del incremento del control y de la trazabilidad de los productos desembarcados procedentes de la pesca.

También es objeto de esta orden convocar las ayudas para el año 2022 de acuerdo con las bases reguladoras.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 4 de enero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2022 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para proyectos colectivos de modernización de las infraestructuras de los puertos pesqueros, de las lonjas o establecimientos autorizados para la primera venta de productos pesqueros y de los lugares de desembarque, para la mejora de la eficiencia energética, de la protección del medio ambiente, de la seguridad y las condiciones de trabajo, y de la calidad y del control y trazabilidad los productos desembarcados de la pesca, cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) y tramitada como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento PE209G).

Cuarto. Importe

El crédito presupuestario para las solicitudes de ayuda tramitadas durante el ejercicio del año 2022 y la plurianualidad asociada alcanza el importe de siete millones cuatrocientos mil euros (7.400.000 euros), repartidos en las siguientes anualidades:

Partida presupuestaria

Código de proyecto

Año 2022

Año 2023

Total

15.03.514A.781.0

2016 00257

4.400.000 €

3.000.000 €

7.400.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la orden.

Se entenderá como último día del plazo para la presentación de solicitudes el correspondiente al mismo ordinal del día de su publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Santiago de Compostela, 4 enero de 2022

Silvia Cortiñas Fernández
Secretaria general técnica da Consellería do Mar