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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 3 de marzo de 2022 Pág. 15071

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

CORRECCIÓN DE ERRORES. Orden de 29 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la elaboración de instrumentos de ordenación o gestión forestales, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento MR462B).

Advertidos errores en la Orden de 29 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la elaboración de instrumentos de ordenación o gestión forestales, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento MR462B), publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 21, de 1 de febrero de 2022, es necesario hacer las siguientes correcciones:

1. En la página 6651, en el artículo 2, apartado 1.a), donde dice: «Los bosques y otras superficies forestales que sean propiedad de la Administración central, autonómica o local.», debe decir: «Los bosques y otras superficies forestales que sean propiedad de la Administración central o autonómica.».

2. En la página 6654, en el artículo 5, apartado 2, donde dice: «Serán objeto de ayuda, igualmente, aquellos IOGF en los que el plan especial finalizó con anterioridad al 2019.», debe decir: «Serán objeto de ayuda, igualmente, aquellos IOGF en los que el plan especial finalizó con anterioridad a 2021.».

3. En la página 6672, en el artículo 17, apartado 1, donde dice: «El plazo para ejecutar y justificar las ayudas concedidas en esta orden finaliza el 30 de abril de 2022 para propietarios particulares de manera individual, sociedades y agrupaciones de propietarios particulares, cooperativas agrícolas, proindivisos, entidades locales, comunidades de bienes y otras personas jurídicas (S.A., S.L., ...) y el 30 de junio de 2022 para CMVMC y montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo.», debe decir: «El plazo para ejecutar y justificar las ayudas concedidas en esta orden finaliza el 30 de abril de 2023 para propietarios particulares de manera individual, sociedades y agrupaciones de propietarios particulares, cooperativas agrícolas, proindivisos, entidades locales, comunidades de bienes y otras personas jurídicas (S.A., S.L., ...) y el 30 de junio de 2023 para CMVMC y montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo.».

4. En la página 6689, en el anexo III, en Proyectos de ordenación (PO), apartado B, en la tabla de atributos de la capa de superficie arbolada e inventariable, en la descripción del campo Sarb, donde dice: «En Xorfor se corresponde con los datos de la tabla D1.TaboaEstratosInv en el campo [TipoEst]=’111’→Monte arbolado. Bosque hasta [TipoEst]=’127’→Monte arbolado ralo. Alineaciones estrechas.», debe decir: «En Xorfor se corresponde con los datos de la tabla D1.TaboaEstratosInv en el campo [TipoEst]=’111’→Monte arbolado. Bosque hasta [TipoEst]=’134’→Monte arbolado temporalmente sin cobertura. Cortafuegos.».