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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 21 de marzo de 2022 Pág. 18717

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2022 por la que se da publicidad a la encomienda del Servicio Gallego de Salud a la Agencia Gallega de Infraestructuras para la gestión de las actuaciones para la redacción del proyecto y la ejecución de las obras de reforma del centro de salud de A Milagrosa (Lugo).

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se da publicidad a la Resolución de la Consellería de Sanidad, de fecha 14.3.2022, por la que se encomienda a la Agencia Gallega de Infraestructuras la gestión de las actuaciones para la redacción del proyecto y la ejecución de las obras de construcción del nuevo centro de salud de A Milagrosa.

– Actividades a realizar por la Agencia Galega de Infraestructuras:

1. La dirección de la redacción del proyecto en base al plan funcional redactado por el Servicio Gallego de Salud, así como la supervisión y aprobación técnica del proyecto.

2. Realizar los actos y negocios jurídicos propios de la preparación, selección de contratista, adjudicación y ejecución de los contratos que sean precisos para el cumplimiento del objeto del encargo, y en concreto, los de redacción de proyecto, obra, dirección de la obra, dirección de ejecución material y coordinación de seguridad y salud.

3. Asumir la función de responsable del contrato, para lo cual el órgano de contratación designará a una persona física o jurídica vinculada a esta Agencia, a la que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que el órgano de contratación le atribuya.

4. Convocar al Servicio Gallego de Salud para que designe una persona representante que asistirá al acto de recepción de las obras en el que se llevará a cabo su entrega.

5. Cualquier competencia que le corresponda en virtud de la normativa de aplicación.

La agencia, en el desarrollo de la actividad encomendada, seguirá las directrices e instrucciones de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, a los que les corresponden los poderes de verificación y control de la encomienda.

– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: la encomienda tiene naturaleza de encargo a medio propio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, y en el artículo 13 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico. Tal condición de medio propio viene contemplada en el artículo 5 del Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y se aprueban sus estatutos.

– Plazo de vigencia: desde el día siguiente a su firma hasta la fecha de finalización del plazo de garantía del mismo.

Santiago de Compostela, 16 de marzo de 2022

Julio García Comesaña
Conselleiro de Sanidad y presidente del Servicio Gallego de Salud