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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Martes, 29 de marzo de 2022 Pág. 20331

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2022 por la que se acuerda ampliar hasta el 30 de junio de 2025 el plazo para presentar las solicitudes de calificación provisional y de calificación definitiva para actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito de las áreas de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, del Parque Nacional de las Islas Atlánticas y de A Ribeira Sacra, en el marco del Programa de regeneración y renovación urbanas del Plan estatal de vivienda 2018-2021 (códigos de procedimiento VI408F, VI408G, VI408L y VI408M).

El Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018-2021 (Boletín Oficial del Estado núm. 61, de 9 de marzo), prevé un programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, que en Galicia se gestiona a través de la figura de las áreas de rehabilitación integral. Concretamente, en el marco de este programa se pueden financiar las actuaciones de rehabilitación y renovación de edificios y viviendas que se realicen en el ámbito de las áreas de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, del Parque Nacional de las Islas Atlánticas y de A Ribeira Sacra.

En el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) núm. 124, de 2 de julio de 2019 se publicó la Resolución de 20 de junio por la que se regula el procedimiento para participar en el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural del Plan de vivienda 2018-2021 y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones correspondientes a las áreas de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago y del Parque Nacional de las Islas Atlánticas.

Por otra parte, en el DOG núm. 130, de 2 de julio de 2020, se publicó la Resolución de 22 de junio por el que se regula o procedimiento para participar en el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural del Plan estatal de vivienda 2018-2021, y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones correspondientes al área de rehabilitación integral de A Ribeira Sacra.

Para participar en estos programas es necesario obtener la calificación provisional de la actuación y, una vez finalizadas las obras, la calificación definitiva. Posteriormente, al amparo de la normativa por la que se realizan las convocatorias correspondientes a estas áreas de rehabilitación, se podrán solicitar las respectivas ayudas.

El ordinal decimotercero de la Resolución de 20 de junio de 2019 y el decimoquinto de la Resolución de 22 de junio de 2020 establecen que «el plazo de presentación de solicitudes de calificación provisional y de calificación definitiva de las actuaciones se abrirá el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y finalizará, en todo caso, el 31 de diciembre de 2021».

El segundo párrafo de la disposición adicional segunda del Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, «Límites temporales a la concesión de subvenciones», tras la modificación establecida por el Real decreto 1084/2020, de 9 de diciembre, establece que «Con posterioridad al 31 de diciembre de 2022 las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla no podrán conceder ninguna ayuda de las recogidas en este real decreto, salvo que se reconozcan con cargo a los fondos transferidos por el ministerio en el ejercicio 2021 o anteriores y se refieran a los programas de fomento del parque de vivienda en alquiler, fomento de la regeneración y renovación urbana y rural y fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad. En todo caso, el reconocimiento de las ayudas no podrá realizarse más allá del 30 de junio de 2025».

Esta ampliación del plazo para la concesión de subvenciones afecta directamente al Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural para actuaciones de rehabilitación y renovación de edificios y viviendas que se realicen en el ámbito de las áreas de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, del Parque Nacional de las Islas Atlánticas y de A Ribeira Sacra.

De conformidad con todo lo anterior y de acuerdo con las atribuciones que me confiere el artículo 4 del Decreto 97/2014, de 24 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo,

RESUELVO:

Ampliar hasta el 30 de junio de 2025 el plazo para presentar las solicitudes de calificación provisional y de calificación definitiva para actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas en el ámbito de las áreas de rehabilitación integral de los Caminos de Santiago, del Parque Nacional de las Islas Atlánticas y de A Ribeira Sacra, en el marco del Programa de regeneración y renovación urbanas del Plan de vivienda 2018-2021.

Esta resolución, que surtirá eficacia a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG, pone fin a la vía administrativa y contra ella podrán interponerse los siguientes recursos, sin perjuicio de que las personas o entidades interesadas puedan presentar cualquier otro que consideren procedente:

a) Recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Presidencia del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

b) Recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de los dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2022

Mª Ángeles Vázquez Mejuto
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo