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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Miércoles, 30 de marzo de 2022 Pág. 20463

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2022, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se aprueba la corrección de un error material detectado en la actualización del Plan básico autonómico de Galicia.

I. Antecedentes.

1. El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del 26 de julio de 2018, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50.8 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 102.8 del Reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, acordó aprobar definitivamente el Plan básico autonómico de Galicia, integrado por los siguientes documentos:

a) Memoria justificativa de sus fines, objetivos y determinaciones.

b) Planos de delimitación de los ámbitos de aplicación de los instrumentos de ordenación del territorio.

c) Planos de delimitación de las afecciones sectoriales.

d) Plano de identificación de los asentamientos de población.

e) Ordenanzas tipo de edificación y uso del suelo.

f) Catálogo.

2. El Decreto 83/2018, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan básico autonómico de Galicia, fue publicado en el DOG núm. 162, de 27.8.2018, así como en los cuatro boletines oficiales provinciales, el 28.9.2018 (BOP de A Coruña, núm. 186; BOP de Lugo, núm. 224; BOP de Ourense, núm. 224, y BOP de Pontevedra, núm. 188).

3. La directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo, mediante la Resolución de 21 de diciembre de 2021, aprobó la segunda actualización del Plan básico autonómico de Galicia con el contenido señalado en el apartado III y el anexo de dicha resolución, publicada en el DOG núm. 19, de 28.1.2022.

II. Objeto de la rectificación.

1. Se detectó un error en la capa de información geográfica de los asentamientos de población contenida en la segunda actualización del Plan básico autonómico, consistente en la incorrecta integración en la documentación aprobada de nuevos asentamientos derivados de una ampliación de la base de datos de entidades de población del Instituto de Estudios del Territorio (IET), en la que se recogen nuevas entidades propuestas, si bien algunas de ellas aún se encuentran pendientes de aprobar para actualizar el Nomenclátor de Galicia del año 2003.

2. Por todo ello y a la espera de esta validación definitiva, es necesario abordar una rectificación de error material en la información de los asentamientos de la segunda actualización del Plan básico autonómico, para incorporar los del Nomenclátor de Galicia del año 2003, complementada en lo que procede con las entidades del Nomenclátor estadístico (IGE) y los núcleos derivados de los instrumentos de planeamiento.

3. Este error afecta a la memoria de actualización, a los anexos VII y VIII y a la serie planimétrica a escala 1:10.000.

III. Contenido de la corrección.

Después de efectuadas las rectificaciones pertinentes, resulta la siguiente documentación e información corregida que substituye a su homóloga aprobada mediante la Resolución de 21 de diciembre del 2021:

• Memoria Justificativa_CE01.

• Anexo VII_CE01.

• Anexo VIII_CE01.

• Planos a escala 1:10.000 corregidos y su información vectorial asociada.

El contenido íntegro de dicha documentación e información corregida está disponible en las siguientes direcciones electrónicas:

http://mapas.xunta.gal/visores/descargas-pba/

http://mapas.xunta.gal/visores/pba/

https://cmatv.xunta.gal/seccion-tema/c/CMAOT_Territorio_e_urbanismo_Planeamento_urbanistico?content=SX_Ordenacion_Territorio_Urbanismo/Estado/seccion.html&std=plan_basico_autonomico.HTML

IV. Fundamentos de derecho.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia, en el artículo 9 del Decreto 83/2018, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan básico autonómico de Galicia, y en el artículo 13 del Decreto 42/2019, de 28 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en relación con el Decreto 110/2020, de 6 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, la competencia para la actualización del Plan básico autonómico le corresponde a la persona titular de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo; en consecuencia, le corresponde la corrección de los errores detectados en los actos administrativos dictados al amparo de dicha competencia.

2. El artículo 109 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en su apartado segundo, establece:

«Las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

La doctrina y la jurisprudencia concluyen que la rectificación basada en este artículo procede únicamente en los casos en que el acto administrativo revele una equivocación evidente por sí misma y manifiesta en el contenido del acto y que se aprecie teniendo en cuenta, exclusivamente los datos y documentos del expediente administrativo, extremo este que concurre en el presente supuesto.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Aprobar la rectificación del error detectado en la información de los asentamientos incorporados en la actualización del Plan básico autonómico de Galicia aprobada mediante la Resolución de la directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 21 de diciembre de 2021, en los términos señalados en el apartado III de esta resolución.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 83/2018, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan básico autonómico de Galicia.

Tercero. De conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y los artículos 212.1 y 213 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio la rectificación del error detectado en la segunda actualización del Plan básico autonómico de Galicia en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

Cuarto. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2022

Mª Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo