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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 8 de abril de 2022 Pág. 22520

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

EXTRACTO de la Resolución de 25 de marzo de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el fomento de la contratación de profesionales de alta cualificación para la realización de actividades de I+D+i en las empresas y organismos de investigación en Galicia (programa Talento sénior), y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento IN858A) (ayudas para los organismos de investigación públicos o privados gallegos no universitarios).

BDNS (Identif.): 619436.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) e 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los organismos de investigación públicos o privados no universitarios gallegos o con centro de trabajo en Galicia, teniendo en cuenta que quedan obligados a destinar la ayuda recibida a usos relacionados con actividades no económicas y relativas a actuaciones de I+D+i.

Son organismos de investigación y difusión de conocimientos, según la definición del artículo 2.83 del Reglamento (UE) nº 651/2014, toda entidad (por ejemplo, centros de investigación, organismos de transferencia de tecnología, intermediarios de innovación o entidades colaborativas reales o virtuales orientadas a la investigación), independientemente de su personalidad jurídica (de derecho público o privado) o forma de financiación, cuyo principal objetivo sea realizar de manera independiente investigación fundamental, investigación industrial o desarrollo experimental, o difundir ampliamente los resultados de las mismas mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia de conocimientos. Cuando una entidad de este tipo lleve a cabo también actividades económicas, la financiación, los costes y los ingresos de dichas actividades deberán contabilizarse por separado; las empresas que puedan ejercer una influencia decisiva en dichas entidades, por ejemplo, en calidad de accionistas o miembros, no podrán disfrutar de acceso preferente a los resultados que genere.

El procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en esta resolución se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con criterios de valoración de naturaleza objetiva.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas del programa Talento sénior, de la Agencia Gallega de Innovación, dirigidas a las empresas y a los organismos de investigación públicos o privados no universitarios ubicados en Galicia, destinadas al fomento de la contratación durante un período mínimo de tres (3) años de personal de alta cualificación para la realización de actividades de I+D+i alineadas con las prioridades establecidas en la RIS3 para Galicia.

Este programa tiene entre sus objetivos la atracción y el retorno de investigadores doctores o profesionales de alta cualificación con más de cinco (5) años de experiencia profesional para desarrollar su carrera profesional en empresas y centros de investigación, así como estimular la demanda en el sector público y privado de profesionales de alta cualificación para acometer proyectos de I+D+i.

Estas ayudas, en lo que respecta a organismos de investigación no universitarios de naturaleza pública o privada sin ánimo de lucro y destinadas exclusivamente a la financiación de actividades de I+D+i de carácter no económico, no tienen la consideración de ayudas de Estado a efectos del apartado 1 del artículo 107 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea. En todo caso, los organismos de investigación beneficiarios quedan obligados a destinar la ayuda recibida a usos relacionados con actividades no económicas y relativas a actuaciones de I+D+i conforme a lo establecido en el apartado 2.1.1 del Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2014/C 198/01).

Asimismo, por medio de esta resolución se convocan dichas ayudas para el año 2022 en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IN858A).

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Cuantía

El importe total de la convocatoria es de 960.000 €, con la siguiente distribución anual:

Beneficiarios

Aplicación

Código del proyecto

2022

2023

2024

Total

Empresas

06.A2.561A.470.0

2016 .4

200.000 €

96.000 €

96.000 €

392.000 €

Organismos de investigación

06.A2.561A.480.0

2016 .4

280.000 €

144.000 €

144.000 €

568.000 €

Total

480.000 €

240.000 €

240.000 €

960.000 €

El crédito destinado para las ayudas a los organismos de investigación es de un total de 568.000 €.

La cuantía de la ayuda en concepto de incentivo a la contratación variará en función de la retribución bruta del personal de alta cualificación por cada contrato de duración igual o superior a tres (3) años, con las siguientes características para los organismos de investigación públicos no universitarios o privados:

– Salario mínimo bruto entre 40.000 y menos de 50.000 €: intensidad de la ayuda: 45 %.

– Salario mínimo bruto entre 50.000 y menos de 60.000 €: intensidad de la ayuda: 50 %.

– Salario mínimo bruto entre 60.000 y menos de 70.000 €: intensidad de la ayuda: 55 %.

– Salario mínimo bruto superior a 70.000 €: intensidad de la ayuda: 60 %.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 25 de marzo de 2022

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación