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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Viernes, 29 de abril de 2022 Pág. 25944

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

EXTRACTO de la Resolución de 5 de abril de 2022 por la que se aprueban las bases, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT402C).

BDNS (Identif.): 622300.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Pueden ser beneficiarias de las distintas modalidades de las subvenciones, personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales.

2. Pueden ser también beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades objeto de la subvención, con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, dedicadas profesionalmente a la actividad de producción y distribución de espectáculos de artes escénicas o musicales.

Segundo. Finalidad

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para promover la distribución exterior e interior de bienes y servicios culturales producidos por empresas y/o compañías o grupos profesionales con sede en la Comunidad Autónoma de Galicia, con la excepción de las asociaciones y entidades sin fines de lucro, y convocar dichas ayudas para el año 2022.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 5 de abril de 2022 por la que se aprueban las bases, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a las actividades de distribución para industrias culturales, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT402C).

Cuarto. Importe

El importe máximo para la financiación de las ayudas incluidas en esta convocatoria es de 460.000 euros, 230.000 euros para artes escénicas (modalidades A.1, A.2, A.3 y A.4) y 230.000 euros para música (modalidades B.1, B.2 y B.3) de la partida presupuestaria 2021.10.A1.432B.470.0, para el año 2022, código de proyecto 2015-0003.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente, al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 5 de abril de 2022

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega
de las Industrias Culturales