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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Martes, 24 de mayo de 2022 Pág. 30543

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2022 por la que se modifica la Resolución de 16 de marzo de 2022 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior conjunta de las empresas gallegas (Galicia Exporta Organismos Intermedios 2022), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se amplía el plazo de presentación de solicitudes (código de procedimiento IG421A).

En el DOG núm. 53, de 17 de marzo de 2022, se publicó la Resolución de 16 de marzo de 2022 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior conjunta de las empresas gallegas (Galicia Exporta Organismos Intermedios 2022), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

En el artículo 6, en las letras a) y b), se establecía para los gastos del artículo 5.1.a.1), en el caso de misiones empresariales directas presenciales o visitas presenciales a ferias, y para los gastos del artículo 1.1.b.1), en el caso de acciones de participación presencial en ferias y eventos expositivos, que solo se podrán realizar 3 acciones al año como máximo por área geográfica y solamente 2 acciones al año en un mismo país dentro de la misma área geográfica. Teniendo en cuenta que, tras la cancelación durante los dos años pasados de numerosos eventos expositivos internacionales y la imposibilidad de realizar misiones directas presenciales por la emergencia sanitaria de la COVID-19, en este año 2022 los organismos intermedios están multiplicando sus programas de internacionalización conjunta para recuperar los niveles de exportaciones de las empresas gallegas; y considerando que, puesto que en diferentes áreas del planeta persiste la amenaza por la COVID-19, es notable la concentración del calendario de ferias internacionales en determinados países en los que el índice de vacunación es muy elevado; al objeto de no perjudicar a las pymes gallegas en su búsqueda de la internacionalización, se considera necesario eliminar el límite de acciones por área geográfica y por país.

En el punto segundo del resuelvo se establecía que el plazo de presentación de solicitudes será de 45 días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Teniendo en cuenta que la introducción novedosa en esta convocatoria de ayudas del método de costes simplificados basado en sumas a tanto global conlleva un período de difusión y asimilación por parte de los organismos intermedios y las pymes, y un tiempo de reflexión para hacer sus replanteamientos de las misiones empresariales directas o visitas a ferias en el extranjero; de las participaciones presenciales en ferias y otros eventos expositivos en el extranjero; de las misiones empresariales inversas desde el extranjero; de las campañas conjuntas de publicidad; y de la elaboración de material promocional conjunto para el extranjero, se considera conveniente ampliar el plazo de presentación de solicitudes en 15 días hábiles.

En el apartado 3 del artículo 1 se establecía que solo se podrá presentar una solicitud por beneficiario y que en caso de presentar más de una solicitud se atenderá a la primera presentada en el caso de no mediar desistimiento o renuncia de la anterior. En coherencia con lo indicado en el párrafo anterior, dado que los organismos intermedios pueden replantearse sus acciones de participación en ferias y otros eventos, para darles una mayor flexibilidad, y en aras de la seguridad jurídica, se considera conveniente atender a la última solicitud presentada por la empresa.

Por todo lo anterior, con la intención de mitigar los perjuicios ocasionados por estas circunstancias y apoyar los esfuerzos realizados por los organismos intermedios en la internacionalización conjunta de las empresas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y dado que no se causan perjuicios a terceros,

RESUELVO:

Artículo 1. Modificación de la Resolución de 16 de marzo de 2022 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior conjunta de las empresas gallegas (Galicia Exporta Organismos Intermedios 2022), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG421A)

Uno. El apartado 3 del artículo 1 queda redactado de la siguiente manera:

«3. Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por beneficiario, en la que se podrán incluir varias acciones de las mencionadas. En el caso de presentar más de una solicitud se entenderá implícito el desistimiento o renuncia de la anterior, por lo que se atenderá la última presentada».

Dos. Las letras a) y b) del artículo 6 quedan redactadas de la siguiente manera:

«a) Misiones empresariales directas o visitas a ferias (acciones del artículo 1.1.a) que tengan carácter presencial:

Área geográfica

Límite subvención acción mínima

959,44 €

Importe subvención por empresa adicional

Importe subvención máxima por evento

Porcentaje ayuda

Importe subvención

España y Portugal

30 %

287,83 €

287,83 €

6.044,47 €

Toda la Unión Europea, excepto Finlandia, Suecia, Dinamarca, Estonia, Letonia y Lituania

60 %

575,66 €

575,66 €

12.088,93 €

Finlandia, Suecia, Dinamarca, Estonia, Letonia y Lituania

70 %

671,61 €

671,61 €

14.103,76 €

Todo el resto de Europa fuera de la Unión Europea, excepto Rusia y Reino Unido

70 %

671,61 €

671,61 €

16.118,58 €

Rusia

80 %

767,55 €

767,55 €

18.133,40 €

Reino Unido

75 %

719,58 €

719,58 €

15.111,17 €

Estados de la costa este de Estados Unidos y de Canadá. Todo México

80 %

767,55 €

767,55 €

16.118,58 €

Estados del centro de EE.UU. y de Canadá (no costa)

90 %

863,50 €

863,50 €

18.133,40 €

Estados de la costa oeste de EE.UU. y de Canadá

90 %

863,50 €

863,50 €

18.133,40 €

Toda América central y del Sur

80 %

767,55 €

767,55 €

16.118,58 €

China y Japón

100 %

959,44 €

959,44 €

20.148,22 €

Resto de Asia

80 %

767,55 €

767,55 €

16.118,58 €

Oceanía

90 %

863,50 €

863,50 €

18.133,40 €

Toda África, excepto Sudáfrica

80 %

767,55 €

767,55 €

16.118,58 €

Sudáfrica

80 %

767,55 €

767,55 €

16.118,58 €

En este tipo de acciones no se establecen límites para el número de acciones por país o área geográfica.

b) Participación en ferias (acciones del artículo 1.1.b) que tengan carácter presencial:

Área geográfica

Límite subvención acción mínima

5.198,13 €

Importe subvención por empresa adicional

Importe subvención máxima por evento

Porcentaje ayuda

Importe subvención

España y Portugal

30 %

1.559,44 €

287,83 €

7.316,07 €

Toda la Unión Europea, excepto Finlandia, Suecia, Dinamarca, Estonia, Letonia y Lituania

60 %

3.118,88 €

575,66 €

14.632,15 €

Finlandia, Suecia, Dinamarca, Estonia, Letonia y Lituania

70 %

3.638,69 €

671,61 €

17.070,84 €

Todo el resto de Europa fuera de la Unión Europea, excepto Rusia y Reino Unido

70 %

3.638,69 €

671,61 €

17.070,84 €

Rusia

80 %

4.158,51 €

767,55 €

19.509,53 €

Reino Unido

75 %

3.898,60 €

719,58 €

18.290,19 €

Estados de la costa este de Estados Unidos y de Canadá. Todo México

80 %

4.158,51 €

767,55 €

19.509,53 €

Estados del centro de EE.UU. y de Canadá (no costa)

90 %

4.678,32 €

863,50 €

21.948,22 €

Estados de la costa oeste de EE.UU. y de Canadá

90 %

4.678,32 €

863,50 €

21.948,22 €

Toda América central y del Sur

80 %

4.158,51 €

767,55 €

19.509,53 €

China y Japón

100 %

5.198,13 €

959,44 €

24.386,92 €

Resto de Asia

80 %

4.158,51 €

767,55 €

19.509,53 €

Oceanía

90 %

4.678,32 €

863,50 €

21.948,22 €

Toda África, excepto Sudáfrica

80 %

4.158,51 €

767,55 €

19.509,53 €

Sudáfrica

80 %

4.158,51 €

767,55 €

19.509,53 €

En este tipo de acciones no se establecen límites para el número de acciones por país o área geográfica».

Artículo 2

Se amplía en 15 días hábiles, hasta el 15 de junio de 2022, el plazo de presentación de solicitudes previsto en el punto segundo del resuelvo de la Resolución de 16 de marzo de 2022 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior conjunta de las empresas gallegas, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Artículo 3

Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2022

Fernando Guldrís Iglesias
Director del Instituto Gallego de Promoción Económica