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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Lunes, 30 de mayo de 2022 Pág. 31435

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda y Administración Pública

DECRETO 79/2022, de 25 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria de plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general y de las entidades instrumentales del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondiente al proceso de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y de plazas de personal laboral objeto de funcionarización, de conformidad con la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

La Ley 17/2021, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022, en su artículo 12 dispone que la oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal se adaptará a los límites y a los restantes requisitos que se establezcan en la normativa básica estatal.

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, tiene por objeto situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 por ciento en el conjunto de las administraciones públicas españolas. La reforma actuará en tres dimensiones: adopción de medidas inmediatas para remediar la elevada temporalidad existente, articulación de medidas eficaces para prevenir y sancionar el abuso y el fraude en la temporalidad a futuro y, por último, potenciación de la adopción de herramientas y una cultura de la planificación para una mejor gestión de los recursos humanos.

La Xunta de Galicia firmó con las organizaciones sindicales, el 18 de octubre de 2017, el Acuerdo para el desarrollo de un plan de estabilidad en el empleo de los servicios públicos (DOG núm. 27, de 7 de febrero de 2018) y, posteriormente, el 15 de enero de 2019, el Acuerdo de concertación del empleo público de Galicia (DOG núm. 19, de 28 de enero), que tienen por objeto, entre otras medidas, el desarrollo de una iniciativa plurianual planificada dirigida a incrementar la estabilidad del empleo público dependiente de la Xunta de Galicia, con el objetivo de reducir la tasa de temporalidad inferior al 7 % al final del período establecido en los acuerdos firmados.

De este modo, esta Administración autonómica de Galicia viene incorporando en los decretos que regulan anualmente las ofertas de empleo público una tasa adicional de estabilización de las plazas que estén ocupadas por personal con una vinculación temporal y que reúnan los requisitos a los que se hace referencia en las leyes de presupuestos generales del Estado y de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sin embargo, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, prevé que tenga lugar un nuevo proceso de estabilización del empleo temporal en las administraciones públicas, mediante la convocatoria extraordinaria de plazas que no consumen tasa de reposición.

Ese proceso de estabilización se estructura en dos vías principales:

1. Por una parte, se autoriza un tercer proceso de estabilización de empleo público, adicional a los que regularon los artículos 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, y 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos, estén contempladas en las distintas administraciones públicas, y estando dotadas presupuestariamente, hubiesen estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente por lo menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

Sin perjuicio de lo que establece la disposición transitoria primera, las plazas afectadas por los procesos de estabilización previstos en los artículos 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, y 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, serán incluidas dentro del proceso de estabilización descrito en el párrafo anterior, siempre que estuviesen incluidas en las correspondientes ofertas de empleo público de estabilización y, llegada la fecha de entrada en vigor de la presente ley, no fuesen convocadas o, siendo convocadas y resueltas, hayan quedado sin cubrir. No obstante, se añadirán las plazas que con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 20/2021 queden desiertas por la no superación del proceso selectivo convocado.

2. Por otra parte, con carácter único y excepcional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, se establece la convocatoria , por el sistema de concurso, de aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, hubiesen estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022.

La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en estas ofertas de empleo público deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2022.

En este decreto, de conformidad con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre , de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, no se contemplan las plazas afectadas por los procesos de estabilización previstos en los artículos 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de presupuestos generales del Estado para el año 2017, y 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, que estuviesen incluidas en las correspondientes ofertas de empleo público de estabilización y hayan sido convocadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente Ley 20/2021. No obstante, se añadirán las plazas que con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 20/2021 queden desiertas por la no superación del proceso selectivo convocado.

Todas las disposiciones contenidas en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, relativas a los procesos de estabilización, resultan de aplicación también a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, en los términos que se indican en su disposición adicional séptima.

De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, en estos procesos se deberán ofertar, necesariamente, plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal y cumplan los requisitos.

Además en esta oferta figuran plazas de promoción interna para el personal laboral fijo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que, en el momento de la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, estuviese realizando funciones o desempeñase puestos de trabajo de personal funcionario, o pasase a realizar dichas funciones o a desempeñar dichos puestos en virtud de pruebas de selección o promoción interna. Este personal laboral fijo podrá participar en un proceso selectivo de promoción interna a través de un concurso-oposición en los términos señalados en la disposición transitoria primera de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y en la disposición transitoria segunda del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Asimismo, en esta oferta se contemplan plazas de promoción interna para el personal laboral fijo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que no se incluye en el párrafo anterior pues se trata, por un lado, de procesos de consolidación convocados en las categorías de personal laboral, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria décima del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, y que provienen de las ofertas públicas de empleo de años anteriores, concretamente del Decreto 124/2017, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017 y, por otro, también para aquel personal laboral fijo que opte por la promoción interna horizontal al ser la fecha de la convocatoria de su proceso selectivo posterior a la fecha establecida por la disposición transitoria segunda del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

Conforme a los artículos 13.2.g) y 14.2.e) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, le corresponde al Consello da Xunta de Galicia la aprobación de la oferta de empleo público por propuesta de la consellería competente en materia de función pública. Asimismo, el artículo 12 de la Ley 17/2021, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022, exige el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuestos.

En este marco, hace falta la aprobación de la oferta de empleo público extraordinaria de plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general y entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondiente al proceso de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de plazas de personal laboral objeto de funcionarización, de conformidad con la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y de plazas de promoción interna horizontal del personal laboral fijo.

En su virtud, negociados los criterios generales de esta oferta de empleo público con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, tras el informe de la Dirección General de Planificación y Presupuestos y de la Comisión de Personal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2.g) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, a propuesta del conselleiro de Hacienda y Administración Pública, y después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticinco de mayo de dos mil veintidós,

DISPONGO:

Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, así como en la Ley 17/2021, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022, se aprueba la oferta de empleo público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las entidades instrumentales del sector público autonómico en los términos que se establecen en este decreto.

Artículo 2. Cuantificación de la oferta de empleo público

El número de plazas que integran esta oferta asciende a un total de 7.038.

En el anexo I figura el número de plazas que corresponde a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, prevista en las disposiciones adicionales sexta, séptima y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, e incluye aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en su artículo 2.1, estuviesen ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2016 y siempre que tales plazas continuarán a estar ocupadas a la fecha de entrada en vigor de esta ley.

Plazas correspondientes a la Administración general 4.158 y plazas de las entidades instrumentales 1.574.

Total anexo I: 5.732 plazas.

En el anexo II figura el número de plazas que corresponde a la tasa adicional para la estabilización de empleo temporal prevista en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, e incluye las plazas de naturaleza estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente, como mínimo, en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y siempre que tales plazas continuasen etando ocupadas a la fecha de entrada en vigor de esta ley.

Plazas correspondientes a la Administración general 483 y plazas de las entidades instrumentales 265.

Total anexo II: 748 plazas.

En el anexo III figura el número de plazas que corresponden al proceso de funcionarización al amparo del artículo 4 por el sistema de concurso-oposición. Un total de 281 plazas.

En el anexo IV figura el número de plazas que se corresponden a la promoción interna horizontal para el personal laboral fijo, segun lo regulado en el artículo 5, por el sistema de concurso-oposición.

Un total de 277 plazas.

Artículo 3. Sistema de selección de los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

1. Las plazas previstas en el anexo I se convocarán, con carácter excepcional, por el sistema de concurso, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional sexta, séptima y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y que consistirá exclusivamente en la valoración de méritos.

2. Las plazas previstas en el anexo II se convocarán por el sistema de concurso-oposición de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, y en estos procesos se deberán ofertar, necesariamente, plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal.

Artículo 4. Promoción interna para el personal laboral fijo: proceso de funcionarización

El personal laboral fijo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia cuya plaza va a ser objeto de un proceso de funcionarización podrá participar en el proceso selectivo de promoción interna, para las plazas que figuran en el anexo III del presente decreto, por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente de los de libre concurrencia, siempre que, en el momento de la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, estuviese realizando funciones o desempeñara puestos de trabajo de personal funcionario, o pasase a realizar dichas funciones o a desempeñar dichos puestos en virtud de pruebas de selección o promoción interna convocadas antes de la fecha señalada, siempre que posea la titulación necesaria y reúna los restantes requisitos exigidos, en los términos señalados en la disposición transitoria primera de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y en la disposición transitoria segunda del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Al personal laboral fijo que, como consecuencia de este proceso, adquiera la condición de funcionario de carrera se le adjudicará destino definitivo, de carácter funcionarial, en el mismo puesto que venía desempeñando con carácter definitivo.

Artículo 5. Promoción interna horizontal para el personal laboral fijo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de entidades públicas instrumentales del sector público autonómico

En el anexo IV figuran las plazas de promoción interna, para el personal laboral fijo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de entidades públicas instrumentales del sector público autonómico, de procesos de consolidación superados en las categorías de personal laboral, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria décima del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia, y aquel personal laboral fijo que opte por la promoción interna horizontal al ser la fecha de la convocatoria de su proceso selectivo posterior a la fecha establecida por la disposición transitoria segunda del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

Artículo 6. Criterios generales de aplicación en los procesos selectivos

1. De acuerdo con el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y con la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, se señalan los siguientes principios rectores para el acceso al empleo público en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en las entidades instrumentales del sector público autonómico, y la adquisición de la respectiva relación de servicio:

a) En la selección de su personal se garantizarán, además de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, los principios de:

– Publicidad de las convocatorias y de sus bases.

– Transparencia.

– Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.

– Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.

– Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones y tareas que se van a desarrollar.

– Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.

– La simplificación de los procesos selectivos.

b) Los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia y las medidas de discriminación positiva previstas en este decreto.

c) La composición de los tribunales de selección del personal será paritaria para el conjunto de la oferta pública de empleo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, aprobado por el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero.

Los órganos de selección aplicarán en su actuación principios de austeridad y agilidad a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de conformidad con lo establecido en el Estatuto básico del empleado público.

d) En las convocatorias de los procesos selectivos en las cuales se establezca la realización de pruebas con respuestas alternativas se harán públicos los cuadros de respuestas en la página de la Xunta de Galicia (www.xunta.es/funcion-publica), o en la página correspondiente de los entes instrumentales objeto de esta convocatoria.

e) El funcionamiento y la actuación de los tribunales de selección se ajustarán a las instrucciones dictadas al efecto por el órgano competente.

f) El desarrollo de los procesos selectivos se adecuará, en su caso, a las recomendaciones de las autoridades sanitarias en períodos de emergencia sanitaria.

2. Si en un determinado cuerpo, escala, subgrupo o categoría de la Administración pública gallega y de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico se verificara la infrarrepresentación del sexo femenino, entendiendo por infrarrepresentación cuando exista una diferencia porcentual de, por lo menos, veinte puntos entre el número de mujeres y el número de hombres, de existir méritos iguales entre dos o más candidatos al finalizar el proceso selectivo y antes de la propuesta de nombramiento de los candidatos aprobados, deberá aplicarse como primer criterio de desempate la preferencia de las mujeres, salvo si, de considerarse objetivamente todas las circunstancias concurrentes en los candidatos de ambos sexos, existen motivos no discriminatorios para preferir al hombre, de acuerdo con el artículo 49 del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, aprobado por el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero.

Artículo 7. Personas con discapacidad

Con respeto a la reserva de la cuota para personas con discapacidad, se reservará un porcentaje no inferior al siete por cien de las plazas convocadas, de conformidad con la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, que se distribuirá según se establece en los anexos de plazas objeto de esta oferta.

Artículo 8. Acreditación del conocimiento de la lengua gallega

Para darle cumplimiento a la normalización del idioma gallego, a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, y garantizar el derecho de las personas usuarias de los distintos servicios públicos de esta Administración pública, así como la promoción del uso normal del gallego por parte de los poderes públicos de Galicia, en los procesos selectivos que se desarrollen en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se incluirá un examen de gallego, excepto para aquellas personas aspirantes que acrediten el conocimiento de la lengua gallega conforme a la normativa vigente.

Las bases de la convocatoria establecerán el carácter de este examen, así como la valoración de dicha prueba y de la equivalente acreditación del conocimiento de la lengua gallega.

Artículo 9. Requisitos específicos

Las convocatorias desarrolladas al amparo de este decreto podrán exigir el cumplimiento de otros requisitos específicos, como pruebas psicotécnicas o físicas, que guarden relación directa y objetiva con las funciones y tareas a desempeñar, y serán de aplicación en dichas convocatorias los requisitos generales y específicos de acceso al empleo público.

Artículo 10. Publicación de las convocatorias

De conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en los anexos I y II de esta oferta deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2022.

Artículo 11. Resolución de los procesos convocados

De conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, la resolución de los procesos selectivos de estabilización que se ejecuten en desarrollo de la presente oferta deberá producirse antes de 31 de diciembre de 2024.

De su resolución no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos.

Disposición adicional primera

Todas las plazas publicadas de categorías de personal laboral dependiente de función pública y que por lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 29 de abril, tengan una equivalencia en los cuerpos y en las escalas de carácter funcionarial se convocarán en un proceso selectivo único acumuladas a la escala que les corresponda de personal funcionario, de acuerdo con lo señalado en el Decreto 165/2019, de 26 de diciembre.

A estos efectos, se computarán con el mismo valor los servicios prestados como personal laboral temporal y como personal funcionario interino en la equivalencia entre categorías de personal laboral y escalas de personal funcionario previstas para la funcionarización del personal laboral fijo del V Convenio colectivo.

Disposición adicional segunda

Igualdad en relación con las condiciones de empleo de la Administración pública.

Las convocatorias se adaptarán a lo dispuesto en el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, en relación con las condiciones de empleo de la Administración pública.

Disposición adicional tercera

1. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.1 y en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, que señala que las administraciones públicas deben incluir en los procesos de estabilización temporal las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos, se dispone que las plazas incluidas en la presente oferta podrán ser objeto de una redistribución entre los diferentes cuerpos, escalas y especialidades en función de su definitiva clasificación en la relación de puestos de trabajo o en función de la realidad de las tareas desarrolladas y, en su caso, de las sentencias judiciales.

En todo caso, la mencionada redistribución no podrá implicar una modificación del número total de plazas ofertadas en cada subgrupo de clasificación ni del número total de plazas ofertadas en este decreto.

2. Si resulta necesario realizar la mencionada redistribución, se comunicará a las organizaciones sindicales en la Comisión de Personal.

Disposición adicional cuarta

De conformidad con el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y con el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en las convocatorias de los procesos selectivos de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, podrán convocarse hasta un diez por cien adicional más de las plazas comprometidas en esta oferta, con el fin de conseguir una mejor eficiencia en la gestión de los recursos públicos, siempre que las plazas cumplan lo establecido en dicha Ley 20/2021. Esta ampliación requerirá el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuestos.

Disposición transitoria primera. Cuerpo de técnicos de carácter facultativo (grupo B)

Las convocatorias de los procesos selectivos referentes al cuerpo de técnicos de carácter facultativo (grupo B) deberán adaptarse a lo dispuesto en la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia; mientras no se desarrolle reglamentariamente el grupo B, la incorporación del personal se producirá en el subgrupo C1.

Disposición derogatoria. Procesos de estabilización y consolidación del empleo temporal de las ofertas de empleo público que no fueron convocados

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se derogan los anexos II y III recogidos en el Decreto 124/2017, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017 (DOG núm. 234, de 12 de diciembre); los anexos II y III del Decreto 160/2018, de 13 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2018 (DOG núm. 239, de 17 de diciembre); los anexos II y III del Decreto 33/2019, de 28 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2019 (DOG núm. 67, de 5 de abril); los anexos II y III del Decreto 225/2020, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020 (DOG núm. 260, de 29 de diciembre) y los anexos II y III del Decreto 62/2021, de 8 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a plazas de personal funcionario y laboral de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021 (DOG núm. 73, de 20 de abril), que afecten a las plazas ofertadas en dichos anexos, que a la entrada en vigor de dicha Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se encuentren pendientes de convocar.

Disposición final primera. Desarrollo del decreto

Se faculta a la persona titular de la consellería competente en materia de función pública para dictar, dentro de sus competencias, las normas precisas para el desarrollo del presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2022

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Miguel Corgos López-Prado
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública

Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia

ANEXOS I y II

Procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

GRUPO/ SUBGRUPO

CUERPO/ESCALA

CONCURSO

CONCURSO-OPOSICIÓN

TOTAL

A1

2056-MÉDICOS/AS TITULARES. FACULT. SUPER. ESCALA SANITARIA

1

1

205J-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR

4

4

2060-CUERPO SUPERIOR DA ADMINISTRACIÓN GENERAL DA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

53

10

63

2061-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE ARQUITECTOS

6

3

9

2062-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE INGENIEROS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

6

1

7

2063-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE INGENIEROS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA AGRÓNOMA

5

5

2064-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE INGENIEROS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA INDUSTRIAL

4

2

6

2066-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE INGENIEROS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA DE MONTES

21

3

24

2067-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE VETERINARIOS

21

9

30

2068-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE CIENCIAS, ESPECIALIDAD BIOLOGÍA

5

3

8

2069-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE CIENCIAS, ESPECIALIDAD QUÍMICA

6

3

9

2086-CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN DA XUNTA DE GALICIA, ESCALA SUPERIOR DE FINANZAS

3

3

206K-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE FACULTATIVOS DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, ESPECIALIDAD ARCHIVOS

2

2

206L-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE FACULTATIVOS DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, ESPECIALIDAD BIBLIOTECAS

1

1

208F-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE FACULTATIVOS, ESPECIALIDAD MEDICINA

1

1

2080-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE INGENIEROS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIÓN

2

2

2083-CUERPO SUPERIOR, ESCALA SUPERIOR DE ESTADÍSTICOS

5

5

2093-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE PROFESORES NUMERARIOS DE INSTITUTOS POLITÉCNICOS MARÍTIMO-PESQUEIROS

32

4

36

210A-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR ESCALA DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA

7

1

8

S112-FAC. SUPERIOR (ADMÓN. AUTONÓMICA: CONS. DE SANIDADE)-SAÚDE PÚBLICA E ADMÓN. SANITARIA-LICENCIADOS/AS EN PSICOLOXÍA

0

1

1

S115-FAC. SUP. (AUTONÓMICA: C. SANIDADE)-SALUD PÚBLICA Y ADMÓN. SANITARIA-FARMACÉUTICOS/AS INSPECTORES/AS DE SALUD PÚBLICA

1

1

208M-CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE RESTAURACIÓN, ESPECIALIDAD BIENES ARTÍSTICOS Y ARQUEOLÓGICOS

1

1

A2

2051-CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

0

1

1

205F-CUERPO DE GESTIÓN, ESCALA TÉCNICA DE FINANZAS

21

2

23

205H-CUERPO DE GESTIÓN, ESCALA DE GESTIÓN DE SISTEMAS DE INFORMÁTICA

14

14

205L-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO

9

9

206N-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE AYUDANTES DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, ESPECIALIDAD ARCHIVOS

1

1

206P-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE AYUDANTES DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, ESPECIALIDAD BIBLIOTECAS

1

2

3

206Q-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE AYUDANTES DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, ESPECIALIDAD MUSEOS

1

1

206X-CUERPO DE GESTIÓN, ESCALA DE INSPECTORAS E INSPECTORES DE CONSUMO

1

1

2052-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO. ESCALA DE INGENIEROS TÉCNICOS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA FORESTAL

30

30

2073-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE ARQUITECTOS TÉCNICOS

6

6

2074-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO. ESCALA DE INGENIEROS TÉCNICOS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA DE OBRAS PÚBLICAS

2

1

3

2075-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO. ESCALA DE INGENIEROS TÉCNICOS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL

9

1

10

2076-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO. ESCALA DE INGENIEROS TÉCNICOS, ESPECIALIDAD TOPOGRAFÍA

1

1

2077-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO. ESCALA DE INGENIEROS TÉCNICOS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA AGRÍCOLA

46

20

66

2079-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO. ESCALA DE INGENIEROS TÉCNICOS, ESPECIALIDAD INGENIERÍA TÉCNICA DE MINAS

1

1

208A-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE TÉCNICOS FACULTATIVOS, ESPECIALIDAD ENFERMERÍA

2

2

208C-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE TÉCNICOS FACULTATIVOS, ESPECIALIDAD EDUCADORES

2

2

4

208E-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE TÉCNICOS FACULTATIVOS, ESPECIALIDAD TRABAJO SOCIAL

5

5

2094-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE MAESTROS DE TALLER DE INSTITUTOS POLITÉCNICOS MARÍTIMO-PESQUEROS

8

8

2097-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE AGENTES DE EXTENSIÓN PESQUERA

1

1

2

210B-CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE SUBINSPECCIÓN URBANÍSTICA

3

3

S070-FAC. DE GRADO MEDIO (ADMÓN. AUTONÓMICA: CONSELLERÍA DE SANIDAD)-SALUD PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN SANITARIA-ATS/DUE

1

1

S075-FAC. DE GRADO MEDIO (ADMÓN. AUTONÓMICA: SERGAS)-SALUD PÚBLICA Y ADMÓN. SANITARIA-SUBINSPECTORES/AS SANITARIOS/AS

1

1

C1

2053-CUERPO ADMINISTRATIVO DA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

0

1

1

206S-(ANTIGUO CORPO) CUERPO DE AYUDANTES DE CARÁC. FAC., ESCALA OPER. DEL SERV. DE GUARDACOSTAS DE GALICIA, ESPECIALIDAD MECÁNICO

1

1

206Y-CUERPO ADMINISTRATIVO, ESCALA DE AGENTES DE INSPECCIÓN, ESPECIALIDAD DE CONSUMO

1

1

207H-CUERPO DE AYUDANTES DE CARÁCTER FACULTATIVO, ESCALA DE AGENTES FACULTATIVOS AMBIENTALES

2

2

207V-CUERPO DE AYUDANTES DE CARÁCTER FACULTATIVO, ESCALA OPERATIVA DEL SERVICIO DE GUARDACOSTAS DE GALICIA, ESPECIALIDAD PATRÓN

1

1

207W-CUERPO DE AYUDANTES DE CARÁCTER FACULTATIVO, ESCALA OPERATIVA DEL SERVICIO DE GUARDACOSTAS DE GALICIA, ESPECIALIDAD MECÁNICO

1

1

2081-CUERPO DE AYUDANTES DE CARÁCTER FACULTATIVO, ESCALA DE DELINEANTES

3

3

205N-CUERPO DE AYUDANTES DE CARÁCTER FACULTATIVO

1

1

2098-CUERPO DE AYUDANTES FACULTATIVOS DE LA XUNTA DE GALICIA, ESCALA DE SUBINSPECCIÓN PESQUERA (A EXTINGUIR LEY 2/2004)

1

1

207C-CUERPO DE AYUDANTES DE CARÁCTER FACULTATIVO, ESCALA DE AGENTES DEL SERVICIO DE GUARDACOSTAS DE GALICIA

1

1

205I-CUERPO ADMINISTRATIVO, ESCALA TÉCNICA AUXILIAR DE INFORMÁTICA

19

1

20

C2

2054-CUERPO DE AUXILIARES DE CARÁCTER TÉCNICO, ESCALA DE AGENTES FORESTALES (A EXTINGUIR)

13

13

2059-CUERPO AUXILIAR DA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

23

75

98

205Q-CUERPO DE AUXILIARES DE CARÁCTER TÉCNICO

3

2

5

20A3-CUERPO DE AUXILIARES DE CARÁCTER TÉCNICO, ESCALA DE AUXILIARES DE CLÍNICA

19

1

20

2100-CUERPO DE AUXILIARES TÉCNICOS DE LA XUNTA DE GALICIA, ESCALA BÁSICA DE VIGILANCIA PESQUERA (A EXTINGUIR LEY 2/2004)

4

4

AP

2055-AGRUPACIÓN PROFESIONAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO SUBALTERNO

81

24

105

I

0001-DIRECT.RES., RES.ESTUD., RES.ANCIANOS, RES.INTERN., ESC.GAL.DEP.

3

3

0002-TITULADO SUPER. MÉDICO/A, MÉDICO/A GERIATRA, MÉDICO CEI, ...

7

1

8

0003-TITULADO/A SUPERIOR QUÍMICO/A, CIENCIAS QUÍMICAS

2

2

0004-TITULADO/A SUPERIOR

127

9

136

0005-TITULADO/A SUPERIOR VETERINARIO/A

36

36

0006-TITULADO/A SUPERIOR PSICÓLOGO/A

18

1

19

0009-TITULADO/A SUPERIOR ECONOMISTA. JEFE/A SUPERIOR DE ADMINIST.

2

2

0010-TITULADO/A SUPERIOR BIÓLOGO/A

8

8

0011-TITULADO/A SUPERIOR PEDAGOGO/A

8

8

0014-TITULADO/A SUPERIOR SOCIÓLOGO/A

5

5

0017-BIBLIOTECARIO/A

2

2

0018-LCDO. INFORMÁTICO (ANTIGUO TÉCNICO DE SISTEMAS Y ANALISTA)

6

6

0019-TITULADO SUPERIOR ESPECIALISTA. TITULADO/A SUPERIOR FARMACE.

4

4

0022-TITULADO SUPERIOR FARMACÉUTICO (4º CONV. EXTING.)

2

2

0023-DOCUMENTALISTA

1

1

0029-JEFE DEPARTAMENTO PERSONAL Y GESTIÓN ECONÓMICO-ADTVO DEL IGAEM

1

1

0031-TITULADO/A SUPERIOR DE FORMACIÓN OCUPACIONAL

7

7

0032-TÉCNICO/A SUPERIOR EN CENTROS DE ARTE

9

9

0037-TITULADO/A SUPERIOR AMBIENTAL

0

1

1

0038-TÉCNICO/A SUPERIOR DEFENSA CONTRA INCENDIOS FORESTALES

1

1

0040-TITULADO/A SUPERIOR LINGÜISTA

11

7

18

II

0000-TITULADOS/AS MEDIOS

1

1

0001-DIRECTOR-ADMINISTRADOR, DIRECTOR DE CENTRO SOCIAL, DIRECTOR

20

2

22

0002-ATS, ENFERMERO/A, PRACTICANTE, DUE

21

2

23

0003-ESTIMULADOR/A, PSICOMOTRICISTA

1

1

0004-MAESTRO INSTRUCTOR, INSTRUCTOR, MAESTRO TALLER C. EDUC., MONIT

2

2

0005-PROFESOR, PROFESOR TITULAR, PROFESOR EGB, MAESTRO, PROF. EDUC.

1

1

0006-EDUCADOR/A, PROFESOR/A ESPECIAL

15

4

19

0007-TITULADOS/AS GRADO MEDIO

60

5

65

0008-DIRECTOR/A DE GUARDERÍA INFANTIL

7

7

0009-AYUDANTE DE DESARROLLO RURAL

1

1

0011-FISIOTERAPEUTA

3

3

0017-ASISTENTE SOCIAL

19

4

23

0020-TERAPEUTA OCUPACIONAL

12

2

14

0021-MONITOR/A OCUPACIONAL

1

1

2

0027-TÉCNICO SUPER. DIPLOM. INFORMÁTICA (ANTIGUO ANALISTA APLICA.)

8

1

9

0030-TÉCNICO/A EN ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL

1

1

0031-RESTAURADOR/A

3

3

0034-PROFESOR DE BAILE (4º CONV. EXTING.)

1

1

0035-PIANISTA

1

1

0037-TITULADO/A MEDIO/A FORMACIÓN OCUPACIONAL

4

4

0039-TÉCNICO/A FORESTAL DEFENSA CONTRA INCENDIOS FORESTALES

5

1

6

0040-MAESTRO/A ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN INFANTIL

7

1

8

0041-TÉCNICO/A AMBIENTAL

1

1

III

0001-ENCARGADO EQUIPOS MECÁNICOS, MEC. SUPERVISOR, ENCARG. TALLERES

1

1

0002-ENCARGADO ADTVO., JEFE NEGOCIADO, JEFE ADMÓN., JEFE 2ª ADM.

2

2

0003-CONTROLADOR/A PECUARIO/A, AYUDANTE TÉCNICO/A PECUARIO/A

9

9

0004-GOBERNANTE/A, GOBERNANTE/A SERVICIOS DOMÉSTICOS

11

11

0005-INTENDENTE, ENCARGADO/A DE ESTABLECIMIENTO, ENCARGADO ALMACÉN

6

6

0006-JEFE SERVICIOS TÉCNICOS, ENCARG. MANTENIMIENTO, CONSERV. EDIFI.

7

7

0007-TÉCNICO PRÁCTICO EN C. Y VIGILANCIA DE O., TÉCNI. AUX. OBRAS

3

3

0011-ENCARGADO/A AGRARIO/A

2

2

0014-JEFE/A DE COCINA

6

1

7

0015-EXPERTO/A EN EXPOSICIONES

2

2

0017-ANALISTA DE LABORATORIO

23

4

27

0026-AYUDANTE TÉCNICO DE LABORATORIO (4º CONV. EXTING.)

2

2

0029-DELINEANTE DE 1ª

2

2

0030-PROGRAMADOR/A

5

5

0034-ESPECIALISTA DE OFICIOS (DIBUJANTE)

2

2

0036-EXPERTO/A AUDIOVISUALES

1

1

0037-TÉCNICO/A DE SONIDO

1

1

0043-ENCARGADO DE ESTRUTURA ESCÉNICA, ENCARGADO TALLER ESCENOGR.

1

1

0049-AGENTE AUXILIAR INSPECCIÓN TRANSPORTES

1

1

0050-TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN JARDÍN DE INFANCIA

60

2

62

0052-TRADUCTOR/A INTÉRPRETE DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

1

1

0054-TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN RADIOLOGÍA (TER)

5

5

0055-PATRÓN/ONA DE EMBARCACIÓN

1

1

0060-AUXILIAR TÉCNICO/A DE OBRA, AUXILIAR TÉCNICO OBRA TIE

3

3

0062-OFICIAL ADTVO., OFICIAL 1ª ADTVO., SECRETARIO ADTVO., ADTVO. PROV.

7

7

0063-OFICIAL 1ª CONDUCTOR, CONDUCTORES 1ª, CONDUCT. ALTOS CARGOS

18

1

19

0064-OFICIAL 1ª TRACTORISTA, TRACTORISTA, OPERADOR MAQUIN.PESADA

3

3

0065-OFICIAL 1ª COCINA, OFICIAL 1ª COCINERO, JEFE COCINA, COCIN.

15

3

18

0066-AYUDANTE TALLER, ADJUNTO/A TALLER

1

1

0067-CAPATAZ OBRAS, CAPATAZ CUADRILLA, JEFE EQUIPO, OFICIAL 1º OBRA

2

2

0068-OFICIAL 1ª AGRARIO, CAPATAZ AGRARIO

3

1

4

0069-OFICIAL SERVICIOS TÉCNICOS, OFICIAL 1ª MANTENIM. OFICIAL 1ª OFI.

9

3

12

0071-OFICIAL DE PRIMERA JARDINERO/A

1

1

0078-SUBGOBERNANTE/A

7

7

0080-CAPATAZ DE ESTABLECIMIENTO

0

1

1

0082-MECÁNICO/A INSPECTOR, OFICIAL 1ª MECÁNICO, TÉCNICO AUXILIAR

4

4

0086-OFICIAL DE 1ª MECÁNICO (4º CONV. EXTING.)

1

1

0090-ANIMADOR/A SOCIOCULTURAL

4

4

0091-TÉCNICO ESPECIALISTA INFORMÁTICO (ANTIGUO OPERADOR ORDENADOR)

35

35

0094-TÉCNICO/A AUXILIAR EN IMAGEN Y SONIDO

2

2

0098-AUXILIAR DE LUCES

1

1

0099-CUIDADOR/A A EXTINGUIR

12

12

0100-BOMBERO/A FORESTAL JEFE/A DE BRIGADA

155

155

0101-PROYECCIONISTA

1

1

0103-ENTREVISTADOR/A-ENCUESTADOR

3

3

0104-INTÉRPRETE DE LENGUAJE DE SIGNOS

33

10

43

054B-HIGIENISTA DENTAL

2

2

998A-ISLAS ATLÁNTICAS, PENDIENTE DE DEFINIR COMITÉ INTERCENTROS

9

9

IV

0000-ADMINISTRATIVOS Y OFICIALES 2ª

2

2

0001-AUX.GRABACIÓN, OFICIAL 2ª LINOTIPISTA, AUX. ADTVO., OFIC. 2º ADM.

135

5

140

0003-AUX. SANITARIO, AUX. CLÍNICA, AUX. PSIQUIÁTRICO, AUX. ENFERM.

189

17

206

0004-AUXILIAR HOGAR, CUIDADOR AUXILIAR, AUXILIAR CUIDADOR

356

63

419

0005-OFICIAL 2ª COCINA, COCINERO/A OFICIAL 2ª

103

14

117

0006-AYUDANTE SERVICIOS TÉCNICOS, OFICIAL 2ª MANTENIMIENTO

8

2

10

0007-GUARDIA JURADO/A FLUVIAL, GUARDIA EXPLOTACIÓN

1

1

0009-OFICIAL 2ª AGRARIO/A

9

1

10

0011-AUXILIAR DE LABORATORIO

39

1

40

0012-AUXILIAR DE INTERNADO (4º CONV. EXTING.)

1

1

0016-CONDUCTOR/A

8

8

0018-OFICIAL DE SEGUNDA

8

8

0020-CONSERJE (CUANDO TENGAN A SU CARGO PERSONAL SUBALT. O ORDEN.)

1

1

0021-OFICIAL 2ª CARPINTERO/A, AUXILIAR CARPINTERÍA

1

1

2

0022-OFICIAL 2ª EN REPOGRAFÍA

3

3

0024-SASTRE/A

1

1

0025-CARGADOR/A, TRAMOYISTA

2

2

0030-AUXILIAR FORMACIÓN OCUPACIONAL

6

6

0031-CAMINERO/A

19

19

0032-OPERADOR/CODIFICADOR DATOS DEFENSA CTRA. INCEND. FOREST.

9

1

10

0033-BOMBERO/A FORESTAL CONDUCTOR/A DE MOTOBOMBA

161

8

169

0034-AYUDANTE RESTAURACIÓN Y PROYECCIÓN CINEMATOGRÁFICA

1

1

0035-AUXILIAR DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS

26

2

28

0037-OFICIAL 2ª MECÁNICO MÁQUINAS DEFENSA CTRA.INCEND. FORESTALES

1

1

0038-AUXILIAR TELÉFONO INFORMAC. AL CIUDADANO (4º CONV. EXTING.)

1

1

0039-AUXILIAR DE AUTOPSIA

6

6

0040-OFICIAL 2ª FORESTAL

4

4

998A-ISLAS ATLÁNTICAS, PENDIENTE DE DEFINIR COMITÉ INTERCENTROS

5

5

V

0001-CAMARERO-LIMPIADOR, AYUDANTE COCINA, PLANCHADOR-LAVANDERO

426

31

457

0002-AYUDANTE TRABAJOS U OFICIOS, AXTE.ALBAÑIL, PEÓN ESP.ESPEC.

7

7

0003-ORDENANZA, CELADOR, VIGILANTE OFICINAS, VIGIL. NOCTURNO, VIG.

29

5

34

0008-PEÓN/ONA AGRARIO/A

7

7

0009-CELADOR/A DE SEGUNDA, VIGILANTE DE RECURSOS NATURALES

10

10

0011-LIMPIADOR, FREGADOR, EMPLEA.COMEDOR, EMPLEA.COCINA-PINCHE

381

26

407

0012-PEÓN/ONA, LABORANTE, BARREDOR, MOZO SERVICIOS, MOZO LABORATORIO

9

2

11

0014-BOMBERO/A FORESTAL

390

47

437

010B-VIGILANTE FIJO/A DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS FORESTALES

65

2

67

010C-EMISORISTA DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS FORESTALES

69

3

72

010E-VIGILANTE DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS

5

1

6

010F-PEÓN/ONA FORESTAL

7

1

8

014A-BOMBERO/A FORESTAL CONDUCTOR/A

179

8

187

0B10-VIGILANTE FIJO DEFENSA CTRA.INCEND.FORES. (4º CONV. EXTING.)

1

1

TOTAL ………….

4.158

483

4.641

Entidades públicas instrumentales del sector público autonómico
de la Comunidad Autónoma de Galicia

ANEXOS I y II

Procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

ENTIDAD

CATEGORÍA

ANEXO I CONCURSO

ANEXO II CONCURSO-OPOSICIÓN

TOTALES

AGENCIA GALLEGA DE LA INDUSTRIA FORESTAL

INGENIERO/A TÉCNICO/A FORESTAL

2

2

SUBTOTAL

2

0

AGENCIA GALLEGA DE LA CALIDAD ALIMENTARIA

JEFE/A NEGOCIADO/TÉC. SUP. ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

1

6

TÉCNICO/A I / LIC. CC. ECONÓMICAS

1

TITULADO/A SUPERIOR INVESTIGADOR/A DOCTORADO/A

2

DOCTOR/A

2

SUBTOTAL

5

1

AGENCIA GALLEGA DE INNOVACIÓN

ARQUITECTO/A TÉCNICO/A

1

42

BACHILLERATO

1

DIPLOM. EN BIBLIOTECONOMÍA Y DOCUMENTACIÓN

1

DIPLOMADO/A EN RELACIONES LABORALES

2

DIPLOMATURA EN EMPRESARIALES

1

ENX. INDUSTRIAL

2

ENX. DISEÑO INDUSTRIAL Y DESENV. PRODUCTO

1

INGENIERÍA INFORMÁTICA

1

INGENIERÍA SUPERIOR QUÍMICA

1

LIC. GEOGRAFÍA

1

LIC. CC.EE.

3

LIC. DERECHO

2

LIC. INFORMÁTICA

2

LIC. CC. QUÍMICAS

2

LIC. ECONOMÍA

2

LIC. FILOLOGÍA INGLESA

2

LIC. SOCIOLOGÍA

1

LIC. PERIODISMO

1

LIC. BIOLOGÍA

4

LIC. ECONOMÍA/ LIC. ADM. Y DIREC. DE EMPRESAS

1

LIC. FILOSOFÍA Y CC. DE LA EDUCACIÓN

1

LIC. GEOGRAFÍA E HISTORIA

2

LICENCITURA EN ADMÓN. Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS

2

LICENCIATURA EN DOCUMENTACIÓN

1

LICENCIATURA EN ECONOMÍA

1

T.S. ADMINISTRAC. DE SIST. INFORMÁT.

3

SUBTOTAL

42

0

AGENCIA GALLEGA DE DESARROLLO RURAL

CONDUCTOR/A ORDENANZA

1

10

OFICIAL ADMINISTRATIVO/A

4

PROGRAMADOR/A  (TÉCNICO/A INFORMÁTICO/A)

1

TÉCNICO/A DE CONTABILIDAD

1

TÉCNICO/A DE PLANES Y ESTUDIOS

1

TÉCNICO/A SUPERIOR DE ESTUDIOS

2

SUBTOTAL

10

0

AGENCIA GALLEGA DE EMERGENCIAS

ADMINISTRATIVO/A

1

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

1

SUBTOTAL

2

0

AGENCIA DE TURISMO DE GALICIA

TITULADO/A SUPERIOR

7

9

TITULADO/A MEDIO

1

PROFESOR/A DIE. HIGIENE, DIETÉTICA Y NUTRICIÓN

1

SUBTOTAL

9

0

AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE GALICIA

TÉCNICO/A INFORMÁTICO/A

1

4

ADMINISTRATIVO/A-OFICIAL 2ª

3

SUBTOTAL

4

0

EMPRESA PÚBLICA DE OBRAS Y SERVICIOS HIDRÁULICOS

JEFE/A DE SECCIÓN / INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

1

5

INGENIERO/A TÉCNICO/A INFORMÁTICO/A / INGENIERO/A TÉCNICO/A INFORMÁTICO/A O SIMILAR

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A / GRADUADO/A EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

3

SUBTOTAL

5

0

EMPRESA PÚBLICA DE SERVICIOS AGRARIOS

ADTVO./A SERVICIO FACTURACIÓN

1

145

AUXILIAR ADTVO./A RECEPCIÓN (SERVICIO LABORAL)

1

CAPATAZ OURENSE

1

COORDINADOR/A SIST. INFORM.

1

MAQUINISTA-CONDUCTOR/A LUGO

1

OFICIAL 2ª * ADTVO./A. PONTEVEDRA

1

OPERADOR/A CODIFICADOR/A 01

1

OPERADOR/A CODIFICADOR/A 02

1

PEÓN/ONA

27

PEÓN/ONA ESPECIALISTA

11

PEÓN/ONA ESPECIALISTA A CORUÑA

1

PEÓN/ONA ESPECIALISTA OURENSE

1

PEÓN/ONA ESPECIALISTA SERVICIOS CENTRALES

1

PEÓN/ONA SERVICIOS CENTRALES

1

SECRETARIO/A CONTABILIDAD

1

TÉCNICO/A CONTRATACIÓN

1

TÉCNICO/A MEDIO PROVINCIA 01

1

TÉCNICO/A MEDIO PROVINCIA 02

1

TÉCNICO/A MEDIO PROVINCIA 03

1

TÉCNICO/A MEDIO PROVINCIA 04

1

JEFE/A BRIGADA

10

JEFE DE BRIGADA A CORUÑA

1

JEFE DE BRIGADA LUGO

1

JEFE DE BRIGADA PONTEVEDRA

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

2

OFICIAL 2ª ADTVO./A.

1

PEÓN/ONA

37

PEÓN/A ESPECIALISTA

9

TÉCNICO/A MEDIO/A

1

TÉCNICO/A PROVINCIAL

1

JEFE/A BRIGADA

7

CAPATAZ

9

ETF

9

SUBTOTAL

87

58

GALARIA, EMPRESA PÚBLICA DE SERVIZOS SANITARIOS

ESPECIALISTA RADIOFARMACIA

2

8

TÉCNICO/A SUPERIOR LABORATORIO NO SANITARIO

3

TÉCNICO /A SUPERIOR LABORATORIO NO SANITARIO

1

TÉCNICO /A DE MANTENIMIENTO

2

SUBTOTAL

7

1

CONSORCIO GALLEGO DE SERVICIOS DE IGUALDAD Y BIENESTAR

EDUCADOR/A INFANTIL

188

1.357

EDUCADOR/A SOCIAL

21

ENFERMERO/A

10

FISIOTERAPEUTA

7

PEDAGOGO/A

1

PERSONAL SERVICIOS GENERALES

156

PUESTO BASE SUBGRUPO A1

16

PUESTO BASE SUBGRUPO A2

1

PUESTO BASE SUBGRUPO C1

4

PUESTO BASE SUBGRUPO C2

29

PSICÓLOGO/A

27

TÉCNICO/A COORDINACIÓN DEL PLAN DE INCLUSIÓN SOCIAL

5

TÉCNICO/A MEDIO DE INCLUSIÓN SOCIOLABORAL

24

TÉCNICO/A SUPERIOR DE INCLUSIÓN SOCIOLABORAL

24

TÉCNICO/A SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL

493

TERAPEUTA OCUPACIONAL

9

TRABAJADOR/A SOCIAL

29

GEROCULTOR/A

150

AUXILIAR Y CONDUCCIÓN

1

EDUCADOR/A INFANTIL

26

FISIOTERAPEUTA

1

PERSONAL SERVICIOS GENERALES

22

PUESTO BASE SUBGRUPO C2

1

PSICÓLOGO/A

1

TÉCNICO/A SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL

92

TERAPEUTA OCUPACIONAL

3

TRABAJADOR/A SOCIAL

1

GEROCULTOR/A

15

SUBTOTAL

1195

162

CENTRO TECNOLÓXICO DA CARNE

ANALISTA DE LABORATORIO

1

18

TÉCNICO/A PROYECTOS I+D+i GI

4

TÉCNICO/A OFICINA DE PROYECTOS

1

TÉCNICO/A PROYECTOS I+D+i GI DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA

1

JEFATURA DE INVESTIGACIÓN EN TECNOLOGÍA AGROALIMENTARIA

1

MAESTRO/A CARNICERO/A

1

TÉCNICO/A PROYECTOS I+D+i GI

3

TÉCNICO/A PROYECTOS I+D+i GII

1

TÉCNICO/A PROYECTOS I+D+i GIII

5

SUBTOTAL

9

9

CENTRO TECNOLÓGICO DEL MAR

TÉCNICO/A ÁREA SOCIOECONOMÍA DE LA PESCA

1

10

TÉCNICO/A ÁREA UNIDAD TECNOLOGÍAS MARINAS

1

TÉCNICO/A DE PROYECTOS

1

TÉCNICO/A CICLO SUPERIOR

1

TÉCNICO/A SUPERIOR DE PROYECTOS

6

SUBTOTAL

3

7

CENTRO DE SUPERCOMPUTACIÓN DE GALICIA

PROGRAMADOR/A

1

1

SUBTOTAL

1

0

CENTRO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y DIVULGACIÓN AMBIENTAL DE GALICIA

DIPLOMADO/A EN BIBLIOTECONOMÍA

1

4

ADMINISTRATIVO/A

1

MONITOR/A

2

SUBTOTAL

4

0

FUNDACIÓN CIDADE DA CULTURA DE GALICIA

ARQUITECTO/A

1

24

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

2

AUXILIAR DE PRODUCCIÓN

1

COORDINADOR/A ÁREA VISITAS Y EVENTOS

1

ENCARGADO/A DE ESTRUCTURAS ESCÉNICAS

1

ENCARGADO/A TRABAJOS OFICINA TÉCNICA

1

OFICIAL 1º ADMINISTRATIVO/A

1

OFICIAL 2º ADMINISTRATIVO/A

1

OFICIAL 2º ADMINISTRATIVO/A SECRETARÍA DE DIRECCIÓN

1

TÉCNICO/A ECONOMISTA EXPERTO ENTIDADES SIN FIN LUCRO

2

TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN DISEÑO GRÁFICO

1

TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN EVENTOS

1

TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN PATROCINIOS Y RELACIONES EXTERNAS

1

TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN SERVICIOS EDUCATIVOS Y MEDIACIÓN

4

TÉCNICO/A RESPONSABLE EMPRENDIMIENTO

1

TÉCNICO/A GESTIÓN EXPOSICIONES

3

TÉCNICO/A JURÍDICO/A EXPERTO/A ENTIDADES SIN FIN LUCRO

1

SUBTOTAL

24

0

FUNDACIÓN PÚBLICA GALEGA DE MEDICINA XENÓMICA

TECNICO/A DE LABORATORIO

10

25

JEFE/A LABORATORIO

1

ADJUNTO/A DE LABORATORIO

4

ATS/DUE

1

BIOINFORMÁTICO/A

1

BIOTECNÓLOGO/A

1

ADJUNTO/A DE LABORATORIO

0

1

INVESTIGADOR/A ASOCIADO/A (grupo I.2)

1

INVESTIGADOR/A COLABORADOR/A

2

TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE INVESTIGACIÓN

1

TÉCNICO/A ESPECIALISTA DE INVESTIGACIÓN

2

SUBTOTAL

22

3

FUNDACIÓN GALICIA EUROPA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

1

2

TITULADO/A SUPERIOR

1

SUBTOTAL

2

0

FUNDACIÓN FEIRAS E EXPOSICIÓNS DE LUGO

ENCARGADO/A JEFE DE MANTENIMIENTO

1

2

SECRETARÍA

1

SUBTOTAL

2

0

FUNDACIÓN INSTITUTO FEIRAL DA CORUÑA

TÉCNICO/A MANTENIMIENTO

1

2

ASISTENTE/A DIRECCIÓN

1

SUBTOTAL

2

0

FUNDACIÓN EXPOSICIÓNS E CONGRESOS DA ESTRADA

TESORERO/A

1

3

ADMINISTRATIVO/A

1

AUXILIAR MANTENIMIENTO

1

SUBTOTAL

2

1

FUNDACIÓN PÚBLICA GALEGA PARA A TUTELA DE ADULTOS

TRABAJADOR/A SOCIAL

2

22

ADMINISTRATIVO/A OFICIAL 2ª

1

ADMINISTRATIVO/A OFICIAL 1ª

1

ADMINISTRATIVO/A OFICIAL 1ª

4

ADMINISTRATIVO/A OFICIAL 2ª

1

ASESOR/A JURÍDICO/A

7

COORDINADOR/A

1

TRABAJADOR/A SOCIAL

5

SUBTOTAL

18

4

XENÉTICA FONTAO, S.A.

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

1

21

AUXILIAR DE LABORATORIO

2

GENETISTA VETERINARIO

3

OFICIAL 2º *AGRÍCOLA Y GANADERO

1

OFICIAL 2º *GANADERO

1

PEÓN/ONA ESPECIALISTA TRABAJOS AG.

1

ANALISTA LABORATORIO

4

AUXILIAR DE LABORATORIO

1

BIÓLOGO/A

3

BIÓLOGO/A VETERINARIO/A

1

OFICIAL 2º PEÓN/ONA

2

PEÓN/ONA ESP. TRAB. AGRÍC.

1

SUBTOTAL

9

12

REDES DE TELECOMUNICACIÓNS GALEGAS, S.A.

TÉCNICO/A CEXAR

2

3

TÉCNICO/A CAMPO

1

SUBTOTAL

3

0

PUERTOS DE GALICIA

ADMINISTRATIVO/A BACHILLERATO

3

32

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A TÉCNICO/A O EQUIVALENTE

4

AYUDANTE/A TOPÓGRAFO

1

CELADOR/A GUARDAMUELLES/BACHILLERATO

11

CONDUCTOR/A-CONSERJE BACHILLERATO

3

DELINEANTE TÉCNICO/A O EQUIVALENTE

3

INGENIERO/A DE CAMINOS, CANALES Y PORTOS

1

INGENIERO/A TÉCNICO/A EN TOPOGRAFÍA

1

TÉCNICO/A EN COMUNICACIONES Y RELACIONES EXTERNAS

1

TÉCNICO/A EN SEGURIDAD

1

VIGILANTE/A DE OBRAS

1

JEFE/A UNIDAD/LICENCIADO/A

1

JEFE/A ZONA SUR

1

SUBTOTAL

32

0

INSTITUTO TECNOLÓGICO PARA EL CONTROL DEL MEDIO MARINO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

3

9

TÉCNICO/A ESPECIALISTA INFORMÁTICO/A

4

TITULADO/A SUPERIOR

1

AUXILIAR LABORATORIO

1

SUBTOTAL

8

1

INSTITUTO GALLEGO DEL CONSUMO Y DE LA COMPETENCIA

TITULADO/A SUPERIOR

1

6

INSPECTOR/A CONSUMO

1

SUBINSPECTOR/A CONSUMO

1

JEFATURA SECCIÓN PROCEDIMIENTO Y ARBITRAJE II

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

1

SUBTOTAL

3

3

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

P. ADMINISTRATIVO/A (OFICIALES ADMINISTRATIVOS/AS Y AUXILIARES ADMINISTRATIVOS/AS)

6

32

P. ADMINISTRATIVO/A (SECRETARÍAS DE DIRECCIÓN)

1

TÉCNICO/A DE INTERNACIONALIZACIÓN

4

TÉCNICO/A DE SERVICIOS ATENCIÓN TELEMÁTICA

3

TÉCNICO/A DE SERVICIOS GENERALES

16

TÉCNICO/A DE SERVICIOS GENERALES

1

TÉCNICO/A DE INTERNACIONALIZACIÓN

1

SUBTOTAL

30

2

INSTITUTO ENERGÉTICO DE GALICIA

TÉCNICO/A DE APOYO A LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

1

8

TÉCNICO/A I CONTROL FINANCIERO Y CONTABILIDAD

1

JEFE/A DE ÁREA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

1

JEFE/A DE LA UNIDAD TÉCNICA ECONÓMICO-PRESUPUESTARIA

1

JEFE/A DE LA UNIDAD TÉCNICA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA

1

TÉCNICO/A I DE ASESORAMIENTO A EMPRESAS Y PYMES

1

TÉCNICO/A II MANTENIM. EQUIPOS Y SISTEMAS INFORMÁTICOS

1

JEFE/A DE LA UNIDAD TÉCNICA DE PLANIFICACIÓN, INNOVACIÓN Y PROYECTOS

1

SUBTOTAL

7

1

INSTITUTO DE ESTUDIOS DEL TERRITORIO

TITULADO/A SUPERIOR

2

7

TÉCNICO/A ESPECIALISTA EN INFORMÁTICA

5

SUBTOTAL

7

0

GALICIA CALIDADE, S.A.U.

LICENCIADO/A ECONÓMICAS

1

3

LICENCIADO/A EN DERECHO

1

LICENCIADO/A EN CIENCIAS COMUNICACIÓN

1

SUBTOTAL

3

0

SOCIEDAD GALLEGA DEL MEDIOAMBIENTE

TÉCNICO/A DE MINAS

1

6

ENCARGADO/A DE TRANSFERENCIA Y TRANSPORTE

1

TÉCNICO/A DE SERVICIOS JURÍDICOS

1

TÉCNICO/A DE RECICLAJE

2

SECRETARIO/A DE DIRECCIÓN

1

SUBTOTAL

6

0

XESTIÓN DO SOLO DE GALICIA

TITULADO/A UNIVERSITARIO DE GRADO O EQUIVALENTE

6

6

SUBTOTAL

6

0

CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

GRUPO I

GRUPO IV

2

1

3

SUBTOTAL

3

TOTAL PLAZAS

1.574

265

1.839

ANEXO III

Promoción interna de personal laboral fijo (proceso de funcionarización)

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

TOTAL

CUERPO AUXILIAR DE CARÁCTER TÉCNICO (SUBGRUPO C2)

ESCALA AUXILIAR DE CUIDADORES

281

TOTAL PLAZAS

281

ANEXO IV

Promoción interna horizontal (Administración general)

SUBGRUPO

ESCALA

PLAZAS

A1

CUERPO SUPERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

11

CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE VETERINARIOS

22

CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE FACULTATIVOS, ESPECIALIDAD PSICOLOGÍA

8

CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA DE FACULTATIVOS, ESPECIALIDAD MEDICINA

1

A2

CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE TÉCNICOS FACULTATIVOS, ESPECIALIDAD TRABAJO SOCIAL

6

CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

16

CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO, ESCALA DE TÉCNICOS FACULTATIVOS, ESPECIALIDAD TERAPIA OCUPACIONAL

2

C1

CUERPO ADMINISTRATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

6

AP

AGRUPACIÓN PROFESIONAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO SUBALTERNO

3

TOTAL PLAZAS

75

Promoción interna horizontal (Consorcio)

ADMINISTRACIÓN GENERAL

CUERPO AUXILIAR (SUBGRUPO C2)

ESCALA DE PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES (PSG)

30

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

CUERPO DE TÉCNICOS DE CARÁCTER FACULTATIVO (GRUPO B)

ESCALA DE AGENTES TÉCNICOS FACULTATIVOS

• ESPECIALIDAD DE EDUCACIÓN INFANTIL

101

CUERPO FACULTATIVO DE GRADO MEDIO (SUBGRUPO A2)

ESCALA DE TÉCNICOS FACULTATIVOS

• ESPECIALIDAD EDUCADOR INFANTIL

49

CUERPO DE AUXILIARES DE CARÁCTER TÉCNICO (SUBGRUPO C2)

ESCALA DE GEROCULTOR

22

TOTAL PLAZAS

202

TOTAL PROMOCIÓN INTERNA HORIZONTAL

277

Plazas reservadas para personas con discapacidad

PLAZAS

TOTAL
PLAZAS

PLAZAS RESERVADAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO/LABORAL-ADMINISTRACIÓN GENERAL

4.641

325

PROMOCIÓN INTERNA (HORIZONTAL Y PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN)

558

0

ENTIDADES PÚBLICAS

1.839

129

TOTAL PLAZAS RESERVADAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

454

Total de plazas oferta pública de empleo extraordinaria 2022: 7.038.