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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Viernes, 3 de junio de 2022 Pág. 32625

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

EXTRACTO de la Resolución de 19 de mayo de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de proyectos de programación musical en la Red gallega de música en vivo en salas privadas habilitadas legalmente para organizar espectáculos musicales con público, dentro de la programación del Xacobeo 21-22, al amparo del programa Hub de la industria creativa gallega, financiadas al 100 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la COVID-19, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento CT302D).

BDNS (Identif.): 630402.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas o agrupaciones de entidades privadas con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al espacio económico europeo, propietarios, o poseedores de cualquier título válido en derecho, de espacios de exhibición musical privados, situados en la Comunidad Autónoma, habilitados legalmente, con la correspondiente licencia o permiso municipal, para organizar espectáculos musicales en directo con público, siempre que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Segundo. Finalidad

Establecer las bases de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos de programación musical en la Red gallega de música en vivo en salas privadas habilitadas legalmente para organizar espectáculos musicales con público, dentro de la programación del Xacobeo 21-22, con la finalidad de contribuir a la promoción de la actividad musical, abasteciendo la Red gallega de música en vivo (RGMV) y contribuyendo al desarrollo ordinario de la programación de las salas en los años 2022 y 2023.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 19 de mayo de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de proyectos de programación musical en la Red gallega de música en vivo en salas privadas habilitadas legalmente para organizar espectáculos musicales con público, dentro de la programación del Xacobeo 21-22, al amparo del programa Hub de la industria creativa gallega, financiadas al 100 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la COVID-19, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento CT302D).

Cuarto. Importe

El importe global máximo para la financiación de la presente convocatoria será de 600.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.770.0 del presupuesto de gastos de la Agadic, código de proyecto 2021 00001, distribuido en dos anualidades:

Anualidad 2022: 300.000,00 euros.

Anualidad 2023: 300.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de tres meses desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. No obstante lo anterior, una vez agotado el crédito en la cuantía máxima fijada en estas bases, no se admitirán nuevas solicitudes aunque la publicidad de esta circunstancia se produzca con posterioridad a que se publicase en el Diario Oficial de Galicia y en el portal web de la Agadic, www.agadic.gal.

Santiago de Compostela, 19 de mayo de 2022

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales