Mediante Resolución de Alcaldía de 27 de mayo de 2022 se aprobó la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de estabilización del empleo temporal:
1. OEP de estabilización del empleo temporal al amparo del artículo 2.1 de la Ley 20/2021:
Denominación: auxiliar administrativo (animador turístico). Régimen jurídico: funcionario. Cuerpo, escala o categoría: subescala auxiliar. Grupo: C2. Nº dotaciones: 1. Observaciones: jornada parcial (50 %).
Denominación: operario de servicios múltiples. Tipo de régimen jurídico: personal laboral fijo.
2. OEP de estabilización del empleo temporal de larga duración (disposición adicional sexta y plazas de la OEP año 2021 no convocadas):
Código: PT010. Denominación: auxiliar administrativo. Tipo de régimen jurídico: funcionario. Cuerpo, escala o categoría: escala de la Administración general, subescala auxiliar. Grupo: C2. Nº de dotaciones:1.
Código: PT014-PT015-PT016-PT017 denominación: auxiliar de ayuda en el hogar. Tipo de régimen jurídico: laboral. Cuerpo, escala o categoría: escala de la Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios. Grupo: C2/AP. Nº de dotaciones: 4. Observaciones: jornada parcial (50 %).
Código: PT005. Denominación: educador/a familiar. Tipo de régimen jurídico: funcionario. Cuerpo, escala o categoría: escala de la Administración especial, subescala técnica. Clase: técnicos medios. Grupo: A2. Nº de dotaciones: 1.
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley reguladora de bases del régimen local, y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal del ayuntamiento de Alfoz al amparo de la Ley 20/2021, en el Diario Ofiical de Galica y en el Boletín Oficial de la provincia.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente el recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía , en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optase por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio.
Todo eso sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime más conveniente a su derecho.
Alfoz, 27 de mayo de 2022
Jorge Val Díaz
Alcalde presidente


