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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Miércoles, 15 de junio de 2022 Pág. 34518

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2022 por la que se convoca el curso superior de Administración electrónica.

De acuerdo con el convenio de colaboración entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega), para la convocatoria y el desarrollo de actividades de formación y divulgación en materia de administración electrónica y protección de datos,

RESUELVO:

Convocar, de conformidad con el antedicho convenio suscrito con la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega) y en colaboración con el Colegio Profesional de Ingeniería en Informática de Galicia (CPEIG), el curso superior de Administración electrónica que se desarrollará conforme a las siguientes bases:

Primera. Objetivos

Uno de los objetivos prioritarios de la Xunta de Galicia es la prestación de servicios públicos más eficaces, eficientes y accesibles a la ciudadanía mediante el empleo de las tecnologías digitales, a través de la implantación de una Administración electrónica capaz de relacionarse con la ciudadanía y con las empresas mediante los canales electrónicos.

Para lograr este propósito, la formación de los empleados públicos es esencial, pues permite la mejora de la capacidad de desempeño de sus funciones y la asunción de nuevos procedimientos de trabajo, lo que contribuirá, en gran medida, a conseguir una administración más eficaz y eficiente.

El curso superior de Administración electrónica pretende profundizar en el conocimiento de esta materia y, de este modo, pueden destacarse como principales objetivos del curso los siguientes:

• Concienciar al alumnado sobre la importancia que tiene la implantación de la Administración electrónica en las distintas administraciones de nuestra comunidad.

• Proporcionar, a las personas a las que se dirige, conocimientos acerca del régimen jurídico de la administración digital, así como perfeccionar y completar su formación práctica en este ámbito.

Segunda. Contenidos

Este curso superior abordará los siguientes contenidos:

• Régimen jurídico de una administración digital.

• Identidad digital: identificación y firma digitales.

• Sede electrónica y Carpeta ciudadana.

• Sistema único de registro. Canales electrónicos y presenciales.

• Notificación electrónica.

• Seguridad de la información. Impacto del Reglamento general de protección de datos.

• Cooperación interadministrativa. Instrumentos de coordinación en el desarrollo de la Administración electrónica. Iniciativas en el marco europeo.

• GovTech. Transformación e innovación para nuevos servicios públicos. Automatización de procesos.

• Interoperabilidad de datos y documentos.

• Archivo electrónico, documento electrónico y copia.

• Licitación y factura electrónicas.

• Atención a la ciudadanía. Transparencia y reutilización.

Tercera. Número de plazas

Setenta (70).

Cuarta. Personas destinatarias

El curso está dirigido al personal empleado público en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional, que se encuadre en las siguientes categorías:

• Grupo A (subgrupos A1 y A2) del personal funcionario.

• Grupos I y II del personal laboral.

En el caso de no cubrirse la totalidad de las plazas convocadas, a las vacantes que resulten podrá acceder el personal empleado público de dichas categorías, en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración local y de la Administración de justicia.

A efectos de lo establecido en la Resolución de 25 de enero de 2022, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de cursos de formación y perfeccionamiento a efectos del baremo de méritos generales del personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, a este curso se le otorgará una puntuación de 1,5 puntos.

Quinta. Desarrollo

Fechas: el curso se desarrollará desde el 13 de septiembre hasta el 25 de octubre de 2022.

Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP); calle Madrid, 2-4. Santiago de Compostela.

Duración: 114 horas lectivas, 30 horas de clases prácticas presenciales y 84 de teleformación.

Las clases prácticas presenciales se desarrollarán los días 13, 20 y 27 de septiembre y 4, 11 y 25 de octubre de 2022.

Horario de las clases presenciales: por la mañana, de 11.00 a 14.00 horas; por la tarde, de 16.00 a 19.00 horas.

Sexta. Inscripción

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo se podrán realizar mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula>. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad, todas las personas deben introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con los requisitos de selección establecidos en las bases cuarta y octava de esta convocatoria.

3. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de la lista de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado desde que se detecte el hecho.

4. Las personas interesadas deberán seleccionar, en primer lugar, el área en la que está integrada esta actividad (Administración electrónica, protección de datos y calidad administrativa) y, después, seleccionar en «nombre del curso»: curso superior de Administración electrónica.

5. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 8.00 horas del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.55 horas del día 31 de julio de 2022.

Podrá obtenerse cualquier otra información a través del correo electrónico novas.egap@xunta.gal o, desde las 8.30 hasta las 14.30 horas, en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.

Séptima. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiera a eso.

2. En caso de que la persona interesada se oponga a esta consulta deberá indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar, además, los documentos a cuya consulta se opone que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica <novas.egap@xunta.gal>.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Octava. Criterios de admisión

La admisión se llevará a cabo de acuerdo con los criterios indicados en la base cuarta de esta convocatoria. El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de inscripción.

Novena. Publicación de los listados de personas seleccionadas y reservas

La EGAP publicará en la dirección web https://egap.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en este curso superior, así como un número adecuado de reservas, en caso de que el número de solicitudes recibidas fuera superior al número de plazas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Se entenderá que las personas que no figuren en ninguna de las relaciones fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, ocupan un puesto más alejado en el listado de espera o están excluidas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo, punto 6º, de la Resolución de 4 de enero de 2008 por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (DOG núm. 7, de 10 de enero).

Décima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia, asistencia y seguimiento de las actividades formativas

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por razones de conciliación familiar.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por correo electrónico, dirigido a novas.egap@xunta.gal, a la mayor brevedad posible y, en todo caso, antes del comienzo del curso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones presenciales de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia en las actividades presenciales:

c.1. No pueden superar, en ningún caso, el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, estas faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de diez (10) días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado en la actividad formativa.

c.2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

d) Seguimiento de las actividades de teleformación:

Las personas que no completen el 50 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Decimoprimera. Certificado electrónico de aprovechamiento

Al finalizar el curso, el alumnado deberá realizar un trabajo y un examen, que serán requisito previo para obtener el certificado de aprovechamiento.

Superado el examen y el trabajo, se expedirá un certificado electrónico de aprovechamiento, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula), a aquellas personas inscritas que hayan participado asiduamente y siempre que su asistencia fuera igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa: el contenido, la carga lectiva, la fecha y el lugar de realización del curso, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Decimosegunda. Facultades de la EGAP y de Amtega

1. La Amtega y la EGAP se reservan la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este curso, así como la facultad de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificara su realización, caso en el que emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La Amtega y la EGAP garantizarán en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

Santiago de Compostela, 3 de junio de 2022

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública