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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Viernes, 1 de julio de 2022 Pág. 37528

III. Otras disposiciones

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Resolución de 15 de junio de 2022, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación por parte de entidades sin ánimo de lucro de mujeres que sufren violencia de género, financiadas con fondos REACT-UE en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020 como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento SI461B).

BDNS (Identif.): 636184.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

1. Podrán ser entidades beneficiarias de la subvención prevista en esta resolución:

a) Las entidades sin ánimo de lucro.

b) Las cooperativas sin ánimo de lucro según lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 14/2011, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, que acrediten el cumplimiento de las previsiones de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, respecto de los topes máximos de trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena.

2. Para ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro y las cooperativas sin ánimo de lucro deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Carecer de ánimo de lucro.

b) Tener su domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.

c) Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en la normativa general de subvenciones.

Segundo. Objeto

1. Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones destinadas a financiar la contratación por parte de las entidades sin ánimo de lucro de mujeres que sufren violencia de género, al amparo de lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, hasta un máximo de 12 mensualidades para mejorar y facilitar su inserción laboral.

Por medio de esta convocatoria las entidades tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación por cuenta ajena de mujeres que sufren violencia de género (código de procedimiento SI461B).

2. Su finalidad es contribuir la que las mujeres alcancen una mayor autonomía a través de la promoción de su independencia económica y de su empoderamiento, y reforzando al mismo tiempo las posibilidades de una posterior inserción laboral estable, con el objetivo fundamental de lograr su plena integración en la vida económica y social.

La cuantía de la subvención que se concederá a las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias será, por cada mujer contratada a tiempo completo, la resultante de aplicar el método de costes simplificados calculado según lo dispuesto en los artículos 67.1.b) y 67.5.a.i) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013. Este método de costes simplificados consiste en un baremo estándar de coste unitario según el grupo de cotización en el que se encuentren las trabajadoras. Este baremo representa el coste salarial total objeto de subvención, calculado como un múltiplo del IPREM más la cotización empresarial a la Seguridad Social entre un máximo subvencionable de 15.940,92 euros para los grupos 10 y 11 de cotización, un máximo de 21.254,56 euros para los grupos de cotización 5 al 9 y un máximo subvencionable de 31.881,84 euros para los grupos cotización 1 al 4, durante 12 meses.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 15 de junio de 2022, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la contratación por parte de entidades sin ánimo de lucro de mujeres que sufren violencia de género, financiadas con fondos REACT-UE en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020 como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento SI461B).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de quinientos cincuenta mil euros (550.000 €). Estas ayudas son financiadas con fondos REACT-UE en el marco del PO FSE Galicia 2014-2020 en un porcentaje del 100 %, a través del objetivo temático 13 «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de la COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía»; prioridad de inversión 13.1 «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de la COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía»; objetivo específico 13.1.2 «Apoyar el acceso al mercado de trabajo de las personas en situación de vulnerabilidad, el acceso a los sistemas sociales y las medidas de inclusión social y erradicación de la pobreza» y línea de actuación 122-Apoyo a la inserción laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de junio de 2022

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad