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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Miércoles, 6 de julio de 2022 Pág. 38551

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

EXTRACTO de la Orden de 16 de junio de 2022 por la que se autoriza a la Fundación Cidade da Cultura de Galicia para que se aprueben las bases reguladoras relativas a las residencias artísticas del Gaiás y se convoquen para el año 2022 (código de procedimiento CT898A).

BDNS (Identif.): 636890.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrá participar en esta convocatoria cualquier persona física o jurídica que pueda desarrollar residencias de trabajo entre tres semanas y mes y medio máximo, en los espacios disponibles para este cometido en la Cidade da Cultura de Galicia en Santiago de Compostela, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

El proyecto puede ser presentado por artistas individuales o colectivos gallegos, que desarrollen su actividad en el territorio de Galicia, pero cada participante podrá presentar una única solicitud y no se podrá optar a más de un área por solicitud. En caso de colectivos, podrán presentarse aquellos que ya se hubieran constituido como persona jurídica, o grupos de personas individuales que presenten conjuntamente un proyecto. En este último caso, se designará un representante único del proyecto, el cual debe desarrollar su actividad en el territorio de Galicia, y que será el único interlocutor y perceptor de la beca, siendo la Fundación ajena a las relaciones interpartes con el resto de participantes en el proyecto.

No tener el carácter de persona incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de becas previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y estar al corriente en el pago de los obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de dicha ley, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.

Segundo. Objeto

El objeto de la presente convocatoria es ofrecer cuatro becas para formación a través de residencias, para lo cual se realizará una selección de un máximo de cuatro proyectos vinculados a alguna de las categorías siguientes: artes visuales, escénicas, musicales o de diseño, valorando positivamente el enlace con otras disciplinas no contempladas en estas bases y teniendo en cuenta el carácter híbrido de la cultura actual, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 16 de junio de 2022 por la que se autoriza a la Fundación Cidade da Cultura de Galicia para que se aprueben las bases reguladoras relativas a las residencias artísticas del Gaiás y se convoquen para el año 2022 (código de procedimiento CT898A).

Cuarto. Importe

Cada beca está dotada con una aportación de 8.000 euros todos los impuestos y gastos incluidos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación será de un mes, que se contará a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá que el plazo vence el día cuyo ordinal coincida con lo que sirvió de partida, que es el de publicación en el Diario Oficial de Galicia y, si fuera festivo, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades