Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Viernes, 8 de julio de 2022 Pág. 39139

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2022 por la que se amplían los plazos máximos de ejecución de los proyectos y de presentación de la justificación y solicitud de cobro de la Resolución de 13 de enero de 2020, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, modificada por la Resolución de 10 de agosto de 2020.

En el Diario Oficial de Galicia nº 22, de 3 de febrero de 2020, se publicó la Resolución de 13 de enero de 2020, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 y se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, la cual fue modificada por la Resolución de 10 de agosto de 2020 (DOG nº 166, de 18 de agosto).

En el párrafo segundo del Resuelvo quinto se establece que el plazo de ejecución de los proyectos finalizará en la fecha establecida en la resolución de concesión, sin que nunca pueda exceder de 30 de septiembre de 2022.

Asimismo, en el párrafo sexto del Resuelvo quinto se establece que para aquellos proyectos cuyo plazo de ejecución finalice entre el 12 y el 30 de septiembre de 2022, el beneficiario deberá presentar la solicitud de cobro como máximo el 10 de octubre de 2022.

Los créditos disponibles para las concesiones en esta convocatoria son los siguientes:

Partida presupuestaria

Año 2020

Año 2021

Año 2022

06.A1.741A.7701

300.000 €

500.000 €

8.200.000 €

La mayoría de los proyectos objeto de subvención de esta convocatoria y de los que están pendientes de resolución (en la fecha actual, un 38 % de las solicitudes) se encuentran dentro del período de ejecución, con fecha de finalización, como máximo, el 30 de septiembre de 2022. Algunas de estas empresas beneficiarias y solicitantes, que están llevando a cabo proyectos de cierta envergadura, trasladaron al Igape su dificultad para cumplir con los plazos de ejecución establecidos en las respectivas resoluciones de concesión, a pesar de que se les otorgó un plazo con la fecha máxima de finalización posible establecida en la convocatoria. Estas empresas indican que hay un retraso generalizado en la ejecución de obra y suministro de equipamiento, motivado, en primer lugar, por una ralentización general provocada por la COVID-19 y, en segundo lugar, por la actual falta de suministros y escasez de mano de obra en las empresas proveedoras.

Por lo anterior, en coherencia con la fecha de fin de plazo también ampliada de la convocatoria de 2019 hasta el 30 de diciembre de 2022, y sin perder de vista el horizonte N+3 de ejecución y certificación del Feder Galicia 2014-2020, se considera necesario posponer la fecha máxima de finalización del plazo de ejecución de los proyectos beneficiarios de esta convocatoria de 2020, hasta el 31 de marzo de 2023, toda vez que solamente necesitarían extender su plazo de ejecución hasta este límite un número muy reducido de los beneficiarios.

Asimismo, la distribución de la financiación prevista en la convocatoria debe tener correspondencia con la fecha en la que se prevea realizar el gasto, por lo que resulta necesaria una nueva periodificación anual del presupuesto de la misma.

Por todo lo anterior, de conformidad con las facultades que tengo conferidas y con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y dado que no se causan perjuicios a terceros,

RESUELVO:

Artículo primero.

Fijar en el 31 de marzo de 2023 la fecha de la que no puede exceder del plazo de ejecución de los proyectos que se establezca en la resolución de concesión, establecida en el Resuelvo quinto de la Resolución de 13 de enero de 2020, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 y se convocan en régimen de concurrencia no competitiva (DOG nº 22, de 3 de febrero), modificada por la Resolución de 10 de agosto de 2020 (DOG nº 166, de 18 de agosto).

Artículo segundo.

El beneficiario deberá presentar la justificación de las inversiones y la solicitud de cobro en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización del plazo de ejecución fijada en la resolución de concesión y, como más tarde, el 10 de octubre de 2022 para la anualidad 2022, y el 10 de abril de 2023 para la anualidad 2023. Los gastos ejecutados a partir del 1 de octubre de 2022 podrán imputarse con cargo a la justificación de la anualidad 2023.

Artículo tercero.

Los créditos disponibles establecidos en el Resuelvo cuarto de la citada resolución, modificada por la Resolución de 10 de agosto de 2020 (DOG nº 166, de 18 de agosto), tendrán la siguiente distribución plurianual:

Partida presupuestaria

Año 2020

Año 2021

Año 2022

Año 2023

06.A1.741A.7701

300.000 €

500.000 €

6.200.000 €

2.000.000

Artículo cuarto.

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de junio de 2022

Fernando Guldrís Iglesias
Director del Instituto Gallego de Promoción Económica