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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Viernes, 8 de julio de 2022 Pág. 39251

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Cee (expediente IN407A 2022/159-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Sareb, S.A.

Domicilio: calle Costa Brava, 13, 28034 Madrid.

Denominación: proyecto LMTS, CS y RBTS en la calle Fernando Blanco, 81, Cee, A Coruña.

Situación: calle Fernando Blanco, 81, Cee, A Coruña.

Características técnicas:

– Línea de alta tensión de 20 kV, subterránea, con inicio y fin en la línea de distribución POT 809, entre los centros 15XCSB8 y 15XPR6, después de entrar y salir en el CT proyectado. Conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240 mm²), Al, 70 m de longitud.

– Centro de transformación en local de obra civil, con celdas compactas 2L+1P telecontrolado (20 kV, 400 A, 16 kA) y transformador de 630 kVA, refrigeración natural en baño de aceite mineral y relación de transformación 20/0,40 kV.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014 de la Dirección General de Energía y Minas por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

El plazo de vigencia de esta autorización es de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La presente autorización se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del tercero, y no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que pudiera incurrir el beneficiario en el ejercicio de la actividad o en la explotación de la instalación autorizada.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra el presente acuerdo, que no es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 28 de junio de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña