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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Jueves, 4 de agosto de 2022 Pág. 42685

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2022 por la que se amplía el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 1 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para proyectos de mejora energética, dirigido a autónomos y pymes con actividad de comercio, hostelería, artístico-recreativas y otros servicios (programa Bono energía pyme), anualidad 2022 (código de procedimiento IN417Z).

En el Diario Oficial de Galicia núm. 66, de 5 de abril de 2022, se publicó la Resolución de 1 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para proyectos de mejora energética, dirigido a autónomos y pymes con actividad de comercio, hostelería, artístico-recreativas y otros servicios (programa Bono energía pyme), anualidad 2022 (código de procedimiento IN417Z).

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitó en régimen de concurrencia no competitiva, según la excepción prevista en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Mediante la Resolución de 7 de julio de 2022 se ampliaron los plazos de solicitud y de ejecución y justificación de las inversiones establecidas en la Resolución de 1 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para proyectos de mejora energética, dirigido a autónomos y pymes con actividad de comercio, hostelería, artístico-recreativas y otros servicios (programa Bono energía pyme).

El artículo 4.1 de las bases reguladoras de estas ayudas establece: «1. Las subvenciones que se concedan se financiarán con cargo a los presupuestos del Inega para el ejercicio 2022 y se imputarán a la aplicación presupuestaria 06.A3.733A.774.0. El importe total asignado a esta convocatoria asciende a 2.000.000 de euros». El artículo 4.2 de las bases reguladoras contempla la posibilidad de ampliar el crédito como consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria derivada de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 31.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. Esto podría dar lugar a la concesión de más subvenciones de acuerdo con el orden de prelación de solicitantes que resulte de la aplicación de los criterios fijados en las bases reguladoras. Conforme a lo establecido en el artículo 4.3, de producirse la ampliación de crédito, se publicará en el DOG y en la página web del Inega (www.inega.gal), sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo para resolver.

Por todo lo anterior, y dado que en las aplicaciones presupuestarias correspondientes existe crédito disponible, con la finalidad de incrementar la eficacia administrativa y la eficiencia en la asignación de recursos públicos, maximizando el impulso de proyectos de mejora energética de autónomos y pymes con actividad de comercio, hostelería, artístico-recreativas y otros servicios, y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Ampliar en 1.000.000 de euros el crédito disponible para las subvenciones para mejora energética (programa Bono energía pyme) modificando el artículo 4.1 de la Resolución de 1 de abril de 2022, que queda redactado de la siguiente manera:

«1. Las subvenciones que se concedan se financiarán con cargo a los presupuestos del Inega para el ejercicio 2022 y se imputarán a la aplicación presupuestaria 06.A3.733A.774.0. El importe total asignado a esta convocatoria asciende a 3.000.000,00 de euros».

Segundo. La presente modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará la modificación del plazo establecido para presentar solicitudes.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 2022

Pablo Fernández Vila
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia