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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Miércoles, 10 de agosto de 2022 Pág. 43445

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica (expediente-e IN407A 2021/124-1).

Expediente-e: IN407A 2021/124-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMTS nueva alimentación CT Suevos (15CW03).

Ayuntamiento: Arteixo.

Hechos.

1. El 29 de junio de 2021, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de dicha instalación de distribución eléctrica, a fin de actualizar la línea de distribución de media tensión denominada LMT SBN-702B, emplazada en Suevos, en el ayuntamiento de Arteixo. Se proyecta el desmantelamiento de un tramo de línea, la construcción de un nuevo tramo subterráneo y la sustitución del centro de transformación existente CT Suevos (15CW03).

Presentan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que abarca los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado LMTS nueva alimentación CT Suevos (15CW03), firmado por Victoriano Gónzalez Lemos, ingeniero técnico industrial, número de colegiado 2980 de Vigo, el 8 de junio de 2021, con número de visado declaración responsable de 8 de junio de 2021.

– Informe firmado por Victoriano Gónzalez Lemos, ingeniero tecnico industrial, número de colegiado 2980 de Vigo, el 1 de junio de 2022.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

En cumplimiento del artículo 46.e) de dicha ley, el solicitante declara que el proyecto no afecta a nuevos bienes y derechos de propiedad particular.

3. De conformidad con los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas de una separata del proyecto, en la parte en la que la instalación pueda perjudicar bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se solicitó el preceptivo informe al Ayuntamiento de Arteixo, a la Dirección General del Patrimonio, a la Diputación Provincial de A Coruña y al Ministerio de Fomento (Demarcación de Carreteras en Galicia).

La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la Jefatura Territorial emitieron informe sobre la solicitud en fecha 22 de junio de 2022.

Consideraciones legales y técnicas.

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. La legislación a aplicar en este expediente es la que se relaciona a continuación:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las que se describen a continuación:

Las instalaciones se encuentran en Suevos, en el ayuntamiento de Arteixo, y sus características técnicas son las siguientes:

– LMTS, a 15 kV, con una longitud de 1.071 m, con el origen en un PA/S en apoyo C-4500/20 existente con matrícula AB2CDRES//20, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, y final en el centro de transformación proyectado. Desmontaje del tramo de línea de la LMT SBN702 B comprendida entre el apoyo AB7 MPG77//55 existente y el CT Suevos (15 CW03) existente. Se retirarán 456 metros de conductor LA-56, así como 3 apoyos de madera, 3 apoyos de hormigón y un apoyo metálico existente. Instalación de un interruptor telecontrolado en el apoyo AB2CDRES//20 de la LMTA SBN702B.

– Nuevo CT Suevos prefabricado, de 250 kVA, y una relación de transformación de 20.000/400 V y configuración 2L1P. Desmontaje del CT Suevos (exped. 24769, 15CW03) existente.

4. En fecha 22 de junio de 2022 los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe favorable sobre dicha solicitud.

De acuerdo con todo lo señalado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud a la cual anexará la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren adecuado.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 12 de julio de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña