Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Lunes, 5 de septiembre de 2022 Pág. 47257

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

EXTRACTO de la Orden de 22 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para la creación de nuevos centros de atención a personas mayores, dependientes o con discapacidad, y para la remodelación y adaptación de equipamientos ya existentes, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS631D).

BDNS (Identif.): 646000.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Serán entidades beneficiarias de estas ayudas las entidades del tercer sector de acción social definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del tercer sector de acción social, y la Cruz Roja Española, siempre que estén legalmente constituidas y reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar reconocidas e inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (en adelante, RUEPSS) de la consellería de la Xunta de Galicia con competencia en materia de servicios sociales, en las áreas de mayores, dependencia y/o discapacidad.

b) Carecer de ánimo de lucro.

No se entenderán incluidos dentro de la tipología de estas entidades del tercer sector de acción social los organismos o entidades de derecho público adscritos o vinculados a una Administración pública, las universidades, los partidos políticos y las fundaciones de ellos dependientes, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.

Segundo. Objeto

El establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la creación de nuevos centros de atención residencial y diurna para personas mayores, dependientes o con discapacidad, así como la remodelación y adaptación de equipamientos existentes en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, titularidad de entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro (código de procedimiento BS631D), así como proceder a su convocatoria para el año 2022.

Tercero. Bases reguladoras

Están contenidas en la Orden de 22 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para la creación de nuevos centros de atención a personas mayores, dependientes o con discapacidad, y para la remodelación y adaptación de equipamientos ya existentes, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS631D).

Cuarto. Cuantía

A las ayudas objeto de esta convocatoria se destina un presupuesto total de 13.000.000 euros, que se financiarán con cargo al Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE (en adelante, Mecanismo) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, aprobado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, dentro del componente 22 de economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social, línea de inversión I1.

Las ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria 13.04.312D.781.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, por el importe de 5.000.000 euros para la anualidad 2022, 6.000.000 euros para la anualidad 2023, 1.000.000 euros para la anualidad 2024 y 1.000.000 euros para la anualidad 2025.

La ayuda tendrá una cuantía máxima de 2 .000.000 euros por cada proyecto.

La financiación máxima otorgada para las actuaciones reguladas en esta orden de ayudas no excederá del 90 % del coste total del proyecto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

De conformidad con lo establecido en la orden y en los términos establecidos en los artículos 4 y 21:

Será subvencionable la construcción de nuevos centros de atención residencial y diurna destinados a personas mayores, dependientes o con discapacidad, así como la remodelación, modernización, mejora y adaptación de los equipamientos ya existentes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, orientados al nuevo modelo asistencial centrado en la persona, con una disposición de espacios interiores y exteriores que favorezca la accesibilidad y una distribución modular de las estancias, agrupándose en unidades de convivencia más reducidas.

En el caso de equipamiento residenciales para personas mayores, la zona residencial se distribuirá en unidades de convivencia de un máximo de 25 plazas y con un mínimo de un 75 % de las plazas en habitaciones individuales. Estos requisitos no serán exigibles en el caso de centros cuyo proyecto ya cuente con la autorización de creación por parte de la consellería de la Xunta de Galicia con competencia en materia de servicios sociales y que cuenten con menos de 60 plazas y con un mínimo de un 20 % de plazas en habitaciones individuales.

Para tener la condición de subvencionable el proyecto debe tener un presupuesto mínimo de 500.000 euros.

El período subvencionable será, con carácter general, el comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de noviembre de 2025, ambos incluidos, teniendo en cuenta las fechas límite para su justificación.

Santiago de Compostela, 22 de agosto de 2022

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud