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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Lunes, 12 de septiembre de 2022 Pág. 48300

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

ACUERDO de 18 de agosto de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Culleredo (expediente IN407A 2021/218-1).

Expediente: IN407A 2021/218-1.

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: LMTS, CT y RBT, A Laxe (Culleredo).

Ayuntamiento: Culleredo.

Características técnicas:

– LMTS a 15 kV, de 277 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×150 mm² Al, con origen en el PA/S proyectado en el apoyo nº AFJIMVSC//D33-6 existente de la línea LMT GRN716 (expediente AT: 25789) y remate en el CT proyectado. Instalación de seccionador XS en el apoyo AFJIMVSC//D33-6.

– CT en el lugar de A Laxe, tipo rural con maniobra exterior, con una potencia de 250 kVA, una relación de transformación de 25.000/400-230 V.

Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se acompaña a esta resolución.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía de la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de A Coruña, (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2º planta, 15071 A Coruña, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el Ayuntamiento. Esto se hace público para conocimiento general y particular de las persoas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo y de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos, sobre los bienes afectados que hayan sido omitidos. Podrán examinar la documentación técnica, y en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días, que se contarán a partir del día seguinte al de la última publicación de este acuerdo.

Además, se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación:

https://edicionportais.xunta.es/web/portal-cei-2014/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte

A Coruña, 18 de agosto de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de propietarias/os, bienes y derechos afectados

– Abreviaturas:

ml. aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml. sot.: longitud de la servidumbre subterránea en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.

m2 sot.: servidumbre subterránea en m2.

Número de finca: 1.

Paraje: Viña Campo.

Referencia catastral: 15031A010000440000OW. Parcela 44, polígono 10.

Cultivo: labor/labradío secano.

Propietaria: Silvia Bregua Lantes

Afección de suelo en pleno dominio:

• Centro de transformación.

• m2: 20,0.