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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Martes, 13 de septiembre de 2022 Pág. 48397

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2022 por la que se ajustan las anualidades y se amplía el crédito inicial determinado en la Resolución de 18 de noviembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las comunidades de propietarios/as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por este instituto, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento VI420A).

Antecedentes:

Primero. El 26 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 18 de noviembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las comunidades de propietarios/as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento VI420A).

Segundo. El ordinal trigésimo quinto de dicha resolución determina la aplicación presupuestaria y el reparto del crédito presupuestario en dos anualidades, de manera que el importe máximo de estas subvenciones se instrumentará financieramente con cargo al proyecto 2002 06712 y a la aplicación 2022 08 81 451A 781.0 de los presupuestos del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, y su cuantía será de 1.000.000 euros, repartidos en 150.000 euros en la anualidad 2022 y 850.000 euros en la anualidad 2023.

Tercero. El apartado segundo de dicho ordinal prevé la posibilidad de que la persona titular del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo pueda incrementar el crédito presupuestario señalado para la convocatoria del año 2022.

Cuarto. El plazo de presentación de solicitudes se abrió el 3 de enero y se cerró el 4 de abril. En la actualidad se están tramitando las solicitudes presentadas conforme a lo previsto en las bases reguladoras.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 26.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, prevé la posibilidad de modificar la distribución inicialmente aprobada en una convocatoria de subvenciones, supeditándola únicamente a la tramitación del correspondiente reajuste de anualidades en el expediente de gasto.

Segundo. Asimismo, el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, señala que, excepcionalmente, la convocatoria podrá prever la posibilidad de ampliar el crédito cuando el aumento venga derivado, entre otros supuestos, de la ampliación del crédito inicialmente previsto.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO:

Reajustar las anualidades previstas y, asimismo, ampliar el crédito disponible de la aplicación 08 81 451A 781.0 del proyecto 2002 06712 establecido en el resuelvo trigésimo quinto de la citada resolución, que pasan a tener la siguiente distribución plurianual:

Crédito inicial

Total

2022

2023

1.000.000 €

150.000 €

850.000 €

Crédito final

2022

2023

1.100.000 €

65.000 €

1.035.000 €

Santiago de Compostela, 5 de septiembre de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo