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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Viernes, 16 de septiembre de 2022 Pág. 48878

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2022, del Área de Diseño de Infraestructuras, por la que se hace pública la aprobación del expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción de senda peatonal en el Camino de Santiago Primitivo, en la carretera LU-530, entre los puntos kilométricos 6+800 y 8+100, de clave LU/21/113.06.

El director de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad (Orden de 7 de septiembre de 2017, Diario Oficial de Galicia de 20 de septiembre), vistos los informes de las administraciones afectadas en el trámite de información pública, dictó el 6 de septiembre de 2022 la siguiente resolución:

«Resolución por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción de senda peatonal en el Camino de Santiago primitivo, en la carretera LU-530, entre los puntos kilométricos (pp.kk.) 6+800 y 8+100, de clave LU/21/113.06.

Antecedentes de hecho:

Primero. El artículo 6.2 de la Lei 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, y el artículo 12.2 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, determinan que los espacios destinados a sendas para peatones o para la circulación de ciclistas tengan la consideración de elementos funcionales de la carretera. Teniendo en cuenta este precepto, la Xunta de Galicia elaboró la Estrategia en materia de movilidad alternativa de Galicia, entre cuyos objetivos está el fomento de los sistemas de transporte alternativos a los motorizados que permitan minimizar las repercusiones sobre el medio ambiente y sus impactos sociales y económicos.

Segundo. La actuación prevista en el proyecto comprende la implantación de un itinerario peatonal que mejora la seguridad vial de la carretera, mediante la separación física del tráfico de vehículos del tráfico peatonal. Dicha senda coincide con el trazado del Camino Primitivo-Camino de Santiago, en el margen izquierdo de la carretera LU-530, y tendrá un ancho mínimo de 4 metros, buscando en todo caso la integración del Camino de Santiago en unas condiciones de seguridad adecuadas y con unos criterios de diseño sostenibles ambiental y económicamente.

Tercero. En el Diario Oficial de Galicia número 93, de 13 de mayo de 2022, se publicó el Anuncio de 2 de mayo de 2022 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción de senda peatonal en el Camino de Santiago Primitivo, en la carretera LU-530, entre los pp.kk. 6+800 y 8+100, de clave LU/21/113.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referido.

Cuarto. Las administraciones afectadas emitieron los correspondientes informes y en el trámite de información pública non se formularon alegaciones.

Fundamentos de derecho:

Primero. La conselleira de Infraestructuras y Movilidad es competente para resolver los expedientes de información pública en materia de carreteras e informes de las administraciones afectadas, de acuerdo con el Decreto 26/2019, de 7 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad. Esta competencia se encuentra delegada en la persona titular de la Dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, según el artículo 8.1.b) de la Orden de 7 de septiembre de 2017 sobre delegación de competencias en el secretario general técnico y en otros órganos y entidades públicas adscritos a esta consellería (Diario Oficial de Galicia núm. 179, de 20 de septiembre).

Segundo. Se sometió al trámite de información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra, durante un período de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de expropiación forzosa.

De acuerdo con todo lo expuesto y tras los informes y certificados presentados,

RESUELVO:

Primero. Aprobar el expediente de información pública de senda peatonal en el Camino de Santiago Primitivo, en la carretera LU-530, entre los pp.kk. 6+800 y 8+100, de clave LU/21/113.06.

Segundo. Aprobar el proyecto de construcción de senda peatonal en el Camino de Santiago Primitivo, en la carretera LU-530, entre los pp.kk. 6+800 y 8+100, de clave LU/21/113.06, sin modificaciones respecto del trazado sometido a información pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.»

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2022

Carlos Lefler Gullón
Jefe del Área de Diseño de Infraestructuras