BDNS (Identif.): 651147.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
Los centros de innovación y tecnología con domicilio social o centro de trabajo en Galicia que deseen contratar investigadores o investigadoras predoctorales para realizar un proyecto de investigación industrial en colaboración con una universidad del SUG que les sirva como trabajo de tesis de doctorado y sea de su interés.
Las universidades del SUG que deseen participar en la ejecución de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrolle en colaboración con una empresa o centro de innovación y tecnología con domicilio social o centro de trabajo en Galicia y asumir la dirección de una tesis de doctorado asociada.
Segundo. Objeto
Esta orden establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de proyectos de doctorado industrial, programa Doctorados industriales, de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, a través de la Agencia Gallega de Innovación y de la Consellería Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva (código de procedimiento IN606D).
El programa Doctorados industriales tiene como objetivos:
a) Promover la colaboración efectiva y la transferencia de conocimiento entre las universidades del SUG y el tejido empresarial mediante la firma de convenios o acuerdos que regulen el desarrollo de un proyecto de investigación industrial.
b) Potenciar la captación de jóvenes investigadores e investigadoras para que desarrollen proyectos de investigación en las empresas que los contraten, que les permita obtener un doctorado industrial en sectores de interés estratégico regional.
c) Posibilitar la incorporación de personal doctor joven a las empresas, una vez que acabe la ayuda, y de esta manera abrirle nuevas salidas profesionales.
d) Fortalecer la colaboración entre las empresas y las universidades del SUG
Asimismo, por medio de esta resolución se convocan dichas ayudas para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IN606D).
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 1.890.000 €, con la siguiente distribución anual:
Entidad beneficiaria |
Nº de ayudas |
Aplicaciones presupuestarias y códigos de proyecto |
Importe 2022 |
Importe 2023 |
Importe 2024 |
Importe 2025 |
Importe 2026 |
Total |
Empresas |
12 |
06.A2.561A.470.0 (2016 00004) |
12.000,00 € |
252.000,00 € |
372.000,00 € |
288.000,00 € |
48.000,00 € |
972.000,00 € |
06.A2.561A.770.0 (2016 00004) |
0,00 € |
60.000,00 € |
60.000,00 € |
60.000,00 € |
- |
180.000,00 € |
||
Centros de innovación y tecnología |
3 |
06.A2.561A.480.0 (2016 00004) |
3.000,00 € |
63.000,00 € |
93.000,00 € |
72.000,00 € |
12.000,00 € |
243.000,00 € |
06.A2.561A.781.0 (2016 00004) |
0,00 € |
15.000,00 € |
15.000,00 € |
15.000,00 € |
- |
45.000,00 € |
||
Universidades del SUG |
15 |
10.20.561B.744.0 ( 2016 .00129) |
0,00 € |
150.000,00 € |
150.000,00 € |
150.000,00 € |
- |
450.000,00 € |
Total |
15.000,00 € |
540.000,00 € |
690.000,00 € |
585.000,00 € |
60.000,00 € |
1.890.000,00 € |
El crédito destinado a las ayudas para los centros de innovación y tecnología y las universidades es de un total de 738.000,00 €.
Entidad beneficiaria |
Nº de auudas |
Aplicaciones presupuestarias y códigos de proyecto |
Importe 2022 |
Importe 2023 |
Importe 2024 |
Importe |
Importe 2026 |
Total |
Centros de innovación y tecnología |
3 |
06.A2.561A.480.0 (2016 00004) |
3.000,00 € |
63.000,00 € |
93.000,00 € |
72.000,00 € |
12.000,00 € |
243.000,00 € |
06.A2.561A.781.0 (2016 00004) |
0,00 € |
15.000,00 € |
15.000,00 € |
15.000,00 € |
- |
45.000,00 € |
||
Universidades del SUG |
15 |
10.20.561B.744.0 (2016 .00129) |
0,00 € |
150.000,00 € |
150.000,00 € |
150.000,00 € |
- |
450.000,00 € |
Total |
3.000,00 € |
228.000,00 € |
258.000,00 € |
237.000,00 € |
12.000,00 € |
738.000,00 € |
Las ayudas serán para un período máximo de tres años, contados a partir de la fecha de inicio del contrato de la persona doctoranda por parte del centro de innovación y tecnología y las universidades.
La cuantía de las ayudas será:
a) Para el centro de innovación y tecnología:
a.1) Costes para el desarrollo del proyecto de doctorado industrial:
i) Costes de contratación de la persona doctoranda. El importe máximo de cada ayuda es de 24.000,00 € anuales por contrato. Este importe solo podrá ir destinado a la financiación de un contrato a tiempo completo, incluyendo sus costes sociales, aplicado a la persona seleccionada, para la realización de la tesis de doctorado en el marco del proyecto de desarrollo industrial.
ii) Se establece un complemento de 1.000,00 € anuales por ayuda para cubrir los gastos asociados a la contratación y para el seguro durante el período de estancia.
iii) Otros gastos relacionados con el proyecto de doctorado industrial: hasta un máximo de 5.000,00 € anuales.
a.2) Adicionalmente, se aplicará una ayuda para la realización de estancias en el extranjero de tres meses de duración con el objetivo de contribuir a la formación de la persona doctoranda. Su importe máximo será de 6.000,00 €.
b) Para las universidades del SUG:
El importe máximo de la ayuda concedida a la universidad para el desarrollo del proyecto de doctorado industrial será de 10.000,00 € anuales.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2022
Francisco Conde López |
El conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades |