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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 192 Viernes, 7 de octubre de 2022 Pág. 53777

III. Otras disposiciones

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se publica el acuerdo de la mesa sectorial sobre los criterios de incorporación y cese aplicables en los procesos selectivos y de provisión del personal estatutario del Sistema público de salud de Galicia.

En fecha de 28 de septiembre de 2022, en la mesa sectorial de negociación del personal estatutario, la Administración sanitaria y las organizaciones sindicales CIG, CC.OO., CSIF, SATSE y UGT firmaron un acuerdo sobre los criterios de incorporación y cese aplicables en los procesos selectivos y de provisión del personal estatutario del Sistema público de salud de Galicia.

La negociación fue realizada de conformidad con las previsiones que al respecto contienen el artículo 38 de la Ley del Estatuto básico del empleado público (texto refundido aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre), el artículo 154 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y los artículos 79 y 80 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Con base en la normativa citada,

DISPONGO:

Publicar dicho acuerdo para general conocimiento y efectividad.

Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 2022

Ana María Comesaña Álvarez
Directora general de Recursos Humanos

Acuerdo sobre criterios de incorporación y cese

Recientemente, por el Real decreto ley 12/2022, de 5 de julio, fue modificada la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, realizando así la adaptación de la normativa del personal estatutario prevista en la disposición final segunda de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Esta reforma obliga expresamente a las administraciones sanitarias a promover el desarrollo de criterios de actuación dirigidos a limitar la temporalidad, y entre sus novedades más relevantes figura el principio general de fijar en tres años la duración máxima de los nombramientos de personal interino en plaza vacante.

Esta modificación normativa obliga a revisar los criterios de incorporación y cese que establece el capítulo V del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, con el fin de adaptarlos a la finalidad de la ley (reducción de la temporalidad).

No obstante, para revisar los criterios hay que tener en cuenta otras consideraciones:

1ª. En los próximos meses –antes del 31 de diciembre de 2022– serán convocados los procesos de estabilización de empleo temporal ejecutados en aplicación de la propia Ley 20/2021 y que son objeto del Decreto 81/2022, de 25 de mayo (Diario Oficial de Galicia núm. 102, de 30 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal del personal del Sistema público de salud de Galicia.

2ª. La disposición transitoria primera del Real decreto ley 12/2022 (efectos) establece que «las previsiones contenidas en este real decreto ley serán de aplicación únicamente respecto del personal estatutario temporal nombrado o contratado con posterioridad a su entrada en vigor».

3ª. En los próximos meses finalizarán varios procesos de selección, convocados con anterioridad a la Ley 20/2021, en los que ya se realizaron los ejercicios de la fase de oposición.

Con base en lo que antecede parece oportuno aplazar a un momento posterior la negociación de los nuevos criterios de incorporación y cese; en concreto, a un momento posterior a las convocatorias de dichos procesos de estabilización.

En consecuencia, las partes firmantes

ACUERDAN:

1. Revisar los criterios de incorporación y cese para los procesos de estabilización ejecutados en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, una vez que sean todos convocados. La negociación atenderá al principio general de reducir la temporalidad y de otorgar relevancia, como criterio de cese, a la mayor antigüedad de los nombramientos temporales, en las condiciones que resulten de la negociación.

2. Mantener transitoriamente los criterios que establecen el capítulo V del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, y los acuerdos complementarios de la mesa sectorial.