BDNS (Identif.): 651755.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Únicamente podrán ser beneficiarias las entidades privadas reconocidas o autorizadas como entidades prestadoras de servicios de asesoramiento inscritas en el Registro de Entidades con Servicios de Asesoramiento o Gestión de Galicia y que presten servicios a titulares de explotaciones agrarias que estén inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia.
Segundo. Objeto
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la prestación de servicios de asesoramiento en el ámbito de actuación de la Comunidad Autónoma de Galicia, y convocarlas para el año 2022, en el marco del PDR de Galicia 2014-2020 dentro de la medida 2, Servicios de asesoramiento, gestión y relevo destinados a las explotaciones agrícolas, submedida 2.1, Apoyo para contribuir a la obtención de servicios de asesoramiento (procedimiento MR616B).
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 3 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la prestación de servicios de asesoramiento a personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento MR616B).
Cuarto. Importe
El importe máximo de la ayuda por explotación asesorada se establece en función de la modalidad de asesoramiento previsto:
Modalidad |
Precio del servicio (€) |
Básico |
800 |
Básico con Contaláctea |
1.000 |
Básico con plan de gestión ambiental y lucha contra el cambio climático del sistema integral de gestión de explotaciones |
1.000 |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 3 de octubre de 2022
José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural