A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se someten a información pública la petición de autorización administrativa previa y de construcción, y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica.
Denominación: proyecto para adecuación LMTA BCR807 entre apoyos nº 120-9 y 120-54 (Navia de Suarna).
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.
Características técnicas principales:
• Reforma del tramo de la línea de media tensión aérea LMTA BCR807 comprendido entre los apoyos nº 120-9 y 120-55-CT, sustituyendo cuarenta y cuatro (44) apoyos metálicos por celosías metálicas (una por cada fase) y el conductor existente de tipo LA-30, instalando 12.176 m de conductor de tipo LA-110.
• En el tramo de la LMTA a reformar existen nueve (9) derivaciones a centros de transformación, en seis (6) de ellas se retensan los conductores existentes de tipo LA-30 y LA-56 sobre los apoyos proyectados, previa instalación de seccionadores XS. En las otras derivaciones se realizarán las siguientes actuaciones:
– En la derivación al CT 27AM38 se proyecta la sustitución del conductor existente de tipo LA-30, instalando 60 m de conductor de tipo LA-56.
– En la derivación al CT 27AA20 se proyecta la sustitución del apoyo nº 120-32-1 existente por un apoyo de celosía metálica de tipo C 14/1000, así como la sustitución del conductor existente LA-30, instalando 122 m de conductor de tipo LA-56.
– En la derivación al CT 27AA22 se proyecta la sustitución del apoyo nº 120-40-1 existente por un apoyo de celosía metálica de tipo C 14/2000, así como la sustitución del conductor existente LA-30, instalando 251 m de conductor de tipo LA-56 y el intercalado de un nuevo apoyo de celosía metálica de tipo C 16/1000 entre el apoyo proyectado nº 120-40-1 y el nº 120-40-2 existente.
• Nuevo entronque de la línea de media tensión tensión subterránea BCR807 realizando el paso de aéreo a subterráneo y la instalación de autoválvulas sobre el apoyo nº 120-54 proyectado de tipo C 16/7000, con 11 m de conductor tipo RHZ1.
La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figura en el anexo que se inserta junto con esta resolución.
Aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones en esta jefatura territorial (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, en la ronda de la Muralla, 70) referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas, en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.
Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en esta jefatura territorial, de lunes a viernes, entre las nueve de la mañana y las dos de la tarde, y en el siguiente enlace web de la Consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/instalacions-xeracion/navia-de-suarna
Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito solo a efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados, según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 27 de junio).
Esta publicación se realiza igualmente a efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa su lugar de notificación o bien, intentada esta, no se haya podido realizar, y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 19 de septiembre de 2022
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo