De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4 del Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería u otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, por no tener activados dichos derechos durante dos años consecutivos, procede la retirada de los mismos, que pasan a la Reserva Nacional.
Conforme a lo anterior, esta dirección
RESUELVE:
Primero. Hacer pública la notificación en la web del Fogga (https://fogga.xunta.gal/gl/pac/consultas_pac/dereitos_de_pagamento_basico) de la resolución de retirada de derechos de pago básico del año 2022 y retiradas complementarias de los años 2019, 2020 y 2021, por la no utilización de los mismos en dos campañas consecutivas.
Segundo. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el presidente del Fogga en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de esta publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 e 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo de interposición concluirá el mismo día de esta publicación en el mes de vencimiento, de conformidad con el artículo 30.4 de la Ley 39/2015.
Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2022
Silvestre José Balseiros Guinarte
Director del Fondo Gallego de Garantía Agraria