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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Miércoles, 9 de noviembre de 2022 Pág. 58536

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDICTO de 20 de octubre de 2022, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 20 de octubre de 2022 relativa al acto de conciliación formulado por los representantes de los montes vecinales en mano común de Aceveda o Coto Castiñeira y de San Mamede, en el ayuntamiento de Vilariño de Conso.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del MVMC Aceveda ou Coto Castiñeira, perteneciente a la CMMVVMC de Castiñeira, y del MVMC de San Mamede, perteneciente a la CMMVVMC de San Mamede de Hedrada, en el municipio de Vilariño de Conso, resultan los siguientes hechos:

Primero. El 8 de julio de 2022 la CMMVVMC de Castiñeira presentó un escrito (REXEL 2022/1794982) en el que solicita la aprobación de deslindes entre el MVMC Aceveda o Coto de Castiñeira y el MVMC de San Mamede.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

– Acta de deslinde de 18.1.2022.

– Memoria y planos.

– Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Paz de Vilariño de Conso.

– Certificaciones de aprobación de las dos comunidades.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de 14 de julio de 2022 hace constar que la documentación presentada corresponde al deslinde parcial del perímetro límite entre el MVMC Aceveda o Coto Castiñeira, perteneciente a la CMMVVMC de Castiñeira, y el MVMC de San Mamede, perteneciente a la CMMVVMC de San Mamede de Hedrada, desde el vértice 1 (el situado más al este) hasta el vértice 6 (el situado más al oeste).

Después de analizar los vértices y su localización, se concluye que se deben aprobar los puntos comprendidos entre el 1 y el 5, ya que el 6 se sitúa presumiblemente en terrenos del MVMC de Pradoalbar, perteneciente a la CMMVVMC del mismo nombre, el cual no participó del acuerdo; de ahí que se propone que el vértice 6 se tenga en cuenta simplemente como punto auxiliar que permita definir la dirección de la línea de deslinde a partir del punto 5 y hasta su intersección con la línea perimetral procedente del croquis de la carpeta-ficha de Pradoalbar.

El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segunda. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 14 de julio de 2022, el Jurado Provincial de Montes en Mano Común acordó, por unanimidad, el día 10 de octubre de 2022:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras del MVMC Aceveda o Coto Castiñeira, perteneciente a la CMMVVMC de Castiñeira, y el MVMC de San Mamede, perteneciente a la CMMVVMC de San Mamede de Hedrada, en el municipio de Vilariño de Conso.

Contra esta resolución, que pone fin a vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 20 de octubre de 2022

Luis Jorge Álvarez Ferro
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de
Montes Vecinales en Mano Común de Ourense