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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Miércoles, 9 de noviembre de 2022 Pág. 58509

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2022, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se conceden la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Palas de Rei (expediente IN407A 2022/26 AT).

Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: calle A Batundeira, nº 2, Velle, Ourense.

Denominación: reglamentación LAMT PAL 805 Friol 5, entre los apoyos B8SI5HF9//37 y B8W9CQ7E//37-4-CT-CT27C703 Quindimil, Palas de Rei (Lugo).

Situación: ayuntamiento de Palas de Rei.

Características técnicas principales:

• Línea de media tensión aérea 20 kV FRO805 con origen en el apoyo existente B8SI5HF9//37 y final en el apoyo proyectado B8W9CQ7E//37-4-CT, con una longitud de 216 metros, 57 metros retensado de conductor existente y 159 metros en conductor nuevo tipo LA-56. Se sustituyen tres apoyos por deterioro y se instalan dos apoyos nuevos de celosía tipo C-12/2000 y C-14/3000.

• Sustitución del CT 27C703 Quindimil, actualmente en caseta, por un CT intemperie sobre apoyo de hormigón tipo C-3000-14, con una potencia de 50 kVA y una relación de transformación 20.000/400-230 V.

Finalidad de la instalación: reglamentación de instalaciones.

Presupuesto: 22.542,07 €.

Documentación que se acompaña:

• Separata para el Ayuntamiento de Palas de Rei.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,

Resuelve:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizarse la dirección de obra por técnico competente.

Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en su derecho.

Lugo, 17 de octubre de 2022

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo