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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Lunes, 14 de noviembre de 2022 Pág. 59069

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ORDEN de 10 de noviembre de 2022 por la que se modifica la Orden de 23 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento MT809D).

El día 20 de enero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 23 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2022.

En su artículo 1 se dispone que la orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de las personas titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas afectadas por los ataques de especies de fauna silvestre (lobo, jabalí y oso), con la finalidad de fomentar la aplicación de medidas de protección, para lo cual se incentivará la adquisición de elementos preventivos de los daños que puedan ocasionar estas especies, procediendo a su convocatoria para el año 2022.

El artículo 22 establece que el pago de la cantidad adjudicada a cada persona física o jurídica queda condicionado a la justificación de los gastos objeto de subvención y que el plazo máximo inicial para presentar la justificación de los gastos finalizará el día 14 de octubre de 2022.

Mediante la Orden de 9 de septiembre de 2022 se modificó la orden anterior, ampliando el plazo de justificación hasta el 25 de noviembre de 2022.

El elevado número de solicitudes presentadas dificulta el cumplimiento por las personas beneficiarias de los plazos establecidos en la orden para la ejecución y justificación de los gastos relativos a estas ayudas, toda vez que comprende tres líneas: una para la prevención de los daños ocasionados por el lobo (con dos sublíneas, una de ellas para la adquisición e instalación de vallados fijos), otra línea para la prevención de los daños ocasionados por el jabalí y una tercera para la prevención de los daños ocasionados por el oso.

En la tramitación de los expedientes se tuvieron que otorgar plazos para subsanación tanto de documentación como de errores y, además, en caso de la sublínea para la adquisición e instalación de vallados fijos, fue necesaria la realización de inspecciones previas en campo para efectuar las comprobaciones oportunas de ajuste a lo solicitado.

Todo lo anterior ha generado una demora en la resolución de la convocatoria, disminuyendo el tiempo efectivo disponible por los beneficiarios para la ejecución y la justificación correspondiente de los gastos objeto de subvención.

Esta situación provoca la necesidad de establecer nuevos plazos de ejecución y justificación de las mismas.

En virtud de lo expuesto y en el uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica el punto 2 del artículo 22 de la Orden de 23 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2022, que queda redactado en los siguientes términos:

«El plazo máximo para presentar la justificación de los gastos finalizará el día 9 de diciembre de 2022. Sin embargo, se podrá conceder, a petición justificada de la persona física o jurídica interesada realizada antes de la finalización del plazo establecido, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros, una ampliación del plazo de justificación de las ayudas que no excederá de la mitad del plazo inicialmente previsto».

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda