Mediante el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 22.11.2022 se aprobaron las bases específicas que regularán los procesos selectivos para la cobertura de los puestos de trabajo incluidos en la OEP del Ayuntamiento de O Pino del año 2022 para la estabilización del empleo temporal, tal y como se transcribe:
Primero. Aprobar las bases específicas que regularán los procesos selectivos para la cobertura de los puestos de trabajo incluidos en la OEP del Ayuntamiento de O Pino del año 2022 para la estabilización del empleo temporal que se relacionan a continuación:
Cód. |
Denominación del puesto |
Dot. |
Tipo de contrato |
Grupo |
Acceso libre |
5103 |
Animador deportivo |
1 |
Laboral fijo |
III |
D.A. 6ª de la Ley 20/2021 |
5104 |
Animador sociocultural |
1 |
Laboral fijo |
III |
D.A. 6ª de la Ley 20/2021 |
Segundo. Dar publicidad a la presente resolución mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de Galicia (DOG), así como proceder a la publicación de las bases íntegras en el Boletín Oficial de la provincia (BOP), en el tablón de anuncios municipal y en la página web.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optase por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel haya sido resuelto expresamente o se produjese su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pueda estimar más conveniente a su derecho.
O Pino, 23 de noviembre de 2022
Manuel Taboada Vigo
Alcalde