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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Lunes, 19 de diciembre de 2022 Pág. 64492

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Carballo (expediente IN407A 2022/293-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Parque Comercial A Revolta, S.L.; NIF: B70576459.

Domicilio social: calle Titanio 1-4, polígono de Bértoa, 15105 Carballo.

Título: LMTS, RBTS, CS y 3 CT de 400 kVA para Parque Comercial A Revolta, S.L., en la avenida Revolta 19, en el ayuntamiento de Carballo.

Situación: avenida Revolta, nº 19, 15102 Carballo.

Características técnicas:

Instalación eléctrica de alta tensión, formada por:

• Línea de alta tensión subterránea de 15 kV, con inicio y fin en empalmes realizados en la arqueta proyectada en la línea de distribución existente CBL702, en el tramo comprendido entre el CT 15CMJN y el CT 15SBQC, después de entrar y salir en el centro de seccionamiento y centros de transformación proyectados, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240 mm2) Al, 1.426 m.

• Centro de maniobra y seccionamiento 3L telecontrolado, prefabricado, compuesto por tres celdas de línea y una de servicios auxiliares (24 kV, 400 A, 16 kA).

• 2 centros de transformación prefabricados de maniobra exterior, compuestos, cada uno, por 2 celdas de línea, 1 celda de protección con fusibles (24 kV, 400 A, 16 kA) y transformador de 400 kVA, refrigeración natural, en baño de aceite mineral y relación de transformación 15/0,42 kV.

• 1 centro de transformación compacto en local de obra civil, compuesto por 2 celdas de línea, 1 celda de protección con fusibles (24 kV, 400 A, 16 kA) y transformador de 400 kVA, refrigeración natural, en baño de aceite mineral y relación de transformación 15/0,42 kV.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310), y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial

RESUELVE:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

El plazo de vigencia de esta autorización es de un año, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La presente autorización se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero, y no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que pudiera incurrir el beneficiario en el ejercicio de la actividad o en la explotación de la instalación autorizada.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra el presente acuerdo, que no es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 10 de noviembre de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña