Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Jueves, 5 de enero de 2023 Pág. 2386

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2022 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas y de las bateas Magdita y Mariángeles.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas Magdita y Mariángeles, y de las concesiones administrativas que las amparan, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escritos de 20 de octubre de 2022, Julio Díaz del Río (***7372**), en nombre y representación de Juelmar, S.L. (B36192284), solicitó autorización para la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas y de las bateas Magdita y Mariángeles.

Segundo. El interesado aportó la documentación requerida para la tramitación.

Tercero. El informe de la Subdirección General de Acuicultura, sobre la tramitación de los expedientes, es favorable.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver los expedientes, de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), y con la Orden de 21 de febrero de 2022 sobre delegación de competencias en diversos órganos de dirección de la Consellería del Mar y en la Presidencia de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia (DOG número 41, de 1 de marzo).

Segunda. Los expedientes siguieron todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Julio Díaz Lorenzo (***1063**), de las concesiones administrativas y de las bateas que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Magdita.

Situación:

Cuadrícula número: 50.

Polígono: B.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 12.7.1968.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Juelmar, S.L. (B36192284).

Nuevo titular: Julio Díaz Lorenzo (***1063**).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Mariángeles.

Situación:

Cuadrícula número: 49.

Polígono: B.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 12.7.1968.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Juelmar, S.L. (B36192284).

Nuevo titular: Julio Díaz Lorenzo (***1063**).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. La actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. El nuevo titular de las concesiones queda subrogado en los derechos y obligaciones de la anterior desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE número 167, de 14 de julio).

Vigo, 5 de diciembre de 2022

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 21.2.2022)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo