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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Lunes, 9 de enero de 2023 Pág. 2515

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2022 por la que se convocan los Premios de Arquitectura y Rehabilitación de la Comunidad Autónoma de Galicia 2023 (código de procedimiento VI490A).

El Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, en su artículo 27.3 atribuye a la Comunidad Autónoma de Galicia la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, en los términos de lo dispuesto en los artículos 47 y 148.1.3 de la Constitución.

En virtud de los artículos 3 y 4 de la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, compete a este organismo autónomo la realización de las políticas de vivienda y suelo en la Comunidad Autónoma de Galicia y, asimismo, la dirección de la política en materia de patrimonio arquitectónico, el fomento de la rehabilitación y construcción de todo tipo de viviendas.

En el marco competencial descrito, el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo impulsa actuaciones en el patrimonio arquitectónico de Galicia, con el fin de atender las necesidades de rehabilitación y, asimismo, mediante programas de conservación y enriquecimiento de este patrimonio, realiza una intensa actividad de fomento de la rehabilitación. Precisamente, este patrimonio, constituido por el conjunto de edificaciones representativas de nuestra identidad cultural, es digno merecedor de una adecuada conservación como legado común, como se puso de manifiesto con la aprobación de la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, la primera ley gallega de rehabilitación.

En este contexto, en nuestra comunidad autónoma se realizan obras arquitectónicas que destacan por su contribución a la sociedad, por constituir elementos innovadores, así como por la búsqueda en la conservación y rehabilitación del patrimonio arquitectónico. De este modo, se configura una arquitectura orientada a mejorar las condiciones de conservación y mantenimiento de edificios con valor patrimonial o utilidad social, lo que repercute, en última instancia, en la calidad de vida de las personas.

Desde el año 2016 se convocaron tres ediciones de los Premios de Arquitectura y Rehabilitación de la Comunidad Autónoma de Galicia, con el objeto de impulsar la excelencia de nuestra arquitectura y la rehabilitación.

La importancia de estos premios queda patente al estar incluidos expresamente en el eje 1 de la línea estratégica D del Pacto de vivienda de Galicia 2021-2025, firmado el 20 de enero de 2021 por los representantes de las entidades integrantes del Pleno del Observatorio de la Vivienda de Galicia, documento que recoge las líneas de actuación pública en esta materia constituye el instrumento fundamental de la planificación de las políticas públicas en la Comunidad Autónoma de Galicia para el período 2021-2025.

En esta edición, la cuarta, estos premios suponen el reconocimiento a la calidad de las edificaciones finalizadas en los años 2020, 2021 y 2022, tanto de obra nueva como de rehabilitación. Cabe destacar, asimismo, los dos premios especiales: el de sostenibilidad y a la trayectoria profesional. El primero busca destacar la implementación de una arquitectura responsable y comprometida con el ambiente, en consonancia con los programas desarrollados por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en especial la Estrategia gallega de cambio climático y energía 2050, las directrices de ordenación del territorio y la estrategia del paisaje gallego. El premio a la trayectoria profesional pretende ser un reconocimiento de la especial contribución a la arquitectura en el territorio gallego por parte de las personas arquitectas, aparejadoras y arquitectas técnicas.

Esta resolución se ajusta a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre; en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en su reglamento, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.

La tramitación anticipada de los expedientes en el ejercicio inmediatamente anterior al de los presupuestos, con cargo a los cuales se vayan a imputar los correspondientes gastos, se realiza al amparo de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998. Con este fin, en el proyecto de Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2023, se habilitan créditos para la financiación de estos premios.

En consecuencia, y según lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 97/2014, de 24 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo,

RESUELVO:

Único. Convocar los Premios de Arquitectura y Rehabilitación de la Comunidad Autónoma de Galicia para la anualidad 2023, que se regirán por las bases que figuran en el anexo I (código de procedimiento VI490A).

La presentación de candidaturas deberá realizarse obligatoriamente por medios electrónicos con la propuesta que se incorpora como anexo II, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

La dotación económica de los premios se pagará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.81.451A.480.0, de los presupuestos del Instituto Gallego de la Vivienda y suelo (en adelante, IGVS) para 2023.

De conformidad con lo establecido en la Orden de 11 de febrero de 1998 por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto, el otorgamiento de estos premios queda supeditado a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de su concesión.

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

ANEXO I

Bases reguladoras

Primera. Modalidades de premios

Se establecen las siguientes modalidades de premios:

1. Premio gallego de arquitectura 2023.

El jurado podrá otorgar el premio gallego de arquitectura 2023 entre los proyectos de nueva planta relativos a actuaciones que generasen una nueva edificación o una ampliación de una ya existente, siempre que tenga suficiente entidad como para poder ser valorada de forma independiente de la construcción original.

Dotación económica: 6.000 €.

2. Premio gallego de rehabilitación 2023.

El jurado podrá otorgar el premio gallego de rehabilitación 2023 entre los proyectos de rehabilitaciones relativos a intervenciones de recuperación y adecuación del parque edificado existente.

Dotación económica: 6.000 €.

3. Menciones.

Entre las actuaciones que no obtuviesen premio, podrán ser objeto de mención aquellas que el jurado aprecie como merecedoras de un especial reconocimiento.

4. Premios especiales.

El jurado podrá otorgar premios en las categorías especiales que se indican a continuación:

a) A la sostenibilidad 2023, destinado a destacar aquella actuación que suponga la implantación de una arquitectura responsable con el ambiente, los recursos y las generaciones futuras.

Dotación económica: 6.000 €.

b) A La trayectoria profesional 2023, destinada a reconocer la meritoria trayectoria profesional a favor de la arquitectura en el territorio gallego en las categorías de arquitecto/a y aparejador/a o arquitecto/a técnico/a.

Segunda. Condiciones de los proyectos y de las personas premiadas

1. Podrán optar a los premios, excepto el especial a la trayectoria profesional 2023, los proyectos arquitectónicos de edificaciones finalizadas en la Comunidad Autónoma de Galicia entre el día 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2022.

2. Las personas físicas o jurídicas autoras de los citados proyectos deberán ser profesionales de la arquitectura.

3. Podrán proponerse para el premio especial a la trayectoria profesional 2023 las personas arquitectas, aparejadoras y arquitectas técnicas que por su contribución a favor de la arquitectura en el territorio gallego sean merecedoras de un especial reconocimiento.

Tercera. Presentación de candidaturas para concurrir a los premios gallegos de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2023

1. Las entidades que, según la base quinta, tengan representación en el jurado podrán presentar candidaturas para los premios de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2023. La presentación podrán realizarla desde el primer día hábil siguiente al de publicación en el DOG y hasta el 31 de marzo de 2023.

2. La presentación de las candidaturas requiere que a través de la aplicación informática que, a estos efectos, figura en la página web del IGVS, se aporte la siguiente documentación:

a) Autorización de las personas autoras de los proyectos a la entidad proponente para presentar su candidatura, así como su consentimiento expreso al IGVS para poder publicar, difundir y dar publicidad a los proyectos y al material aportado con la propuesta, según el modelo disponible en dicha aplicación. En el supuesto de que se presente conjuntamente un elevado número de candidaturas, estos anexos podrán sustituirse por una declaración responsable de la entidad proponente de que cuenta con dichas autorizaciones de todas las personas autoras de los proyectos propuestos.

b) Imágenes: se admitirá un máximo de 12 archivos, que podrán contener fotografías, planos, diagramas, etc., en formato jpg, relativos al correspondiente proyecto.

c) Memoria descriptiva y justificativa del proyecto.

d) Lámina resumen, en formato horizontal DIN-A3, del proyecto propuesto.

e) Opcionalmente, podrá aportarse un vídeo de duración máxima de 3 minutos sobre el proyecto propuesto.

f) Los proyectos que se presenten para el premio especial a la sostenibilidad deberán incluir, además, una memoria justificativa de las estrategias de sostenibilidad aplicadas, así como de los resultados obtenidos.

Con el objeto de permitir la identificación de las distintas personas que participaron en los proyectos, en el proceso de presentación de candidaturas de cada proyecto deberá quedar constancia del nombre, teléfono y correo electrónico de cada una de las personas que intervienen en ellos.

3. Cumplidas las formalidades anteriores, la aplicación informática generará un documento resumen de la documentación presentada, en formato pdf, que la entidad proponente deberá aportar obligatoriamente por medios electrónicos con la propuesta (anexo II), a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

4. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las entidades proponentes presenta la documentación presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la documentación aquella en la que sea realizada la enmienda.

Para la presentación de las propuestas podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

5. Las entidades proponentes se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, el jurado podrá requerir la exhibición de los documentos originales para su cotejo con las copias electrónicas presentadas.

6. Cerrado el plazo de presentación de candidaturas, la persona secretaria del jurado levantará acta de los proyectos presentados.

7. Los proyectos propuestos podrán ser visualizados en el enlace que, a estos efectos, se disponga en la página web del IGVS.

8. La documentación presentada quedará a disposición de la organización de los premios, que podrá utilizarla para su difusión en cualquier tipo de formato o soporte.

Cuarta. Propuestas de premios a la trayectoria profesional 2023

Las propuestas para el otorgamiento de los premios a la trayectoria profesional 2023 serán presentadas en el seno del jurado por las entidades con representación en él, y deberán venir avaladas por la correspondiente justificación.

Quinta. Composición del jurado

1. El jurado estará presidido por la persona titular de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Asimismo, formarán parte del jurado, las siguientes personas:

a) La persona titular de la Dirección General del IGVS.

b) La persona titular de la Secretaría General del IGVS.

c) La persona titular de la Dirección Técnica de Suelo, Edificación y Calidad del IGVS.

d) La persona que designe la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

e) La persona que designe la Real Academia Gallega de Bellas Artes de Nuestra Señora del Rosario.

f) La persona que designe la Dirección de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de A Coruña.

g) La persona que designe la Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica de la Universidad de A Coruña.

h) La persona que designe el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia.

i) La persona que designe el Consejo Gallego de Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.

j) La persona que designe la Federación Gallega de la Construcción.

k) La persona que designe la Federación de Promotores de Edificación y Suelo de Galicia.

2. Actuará como secretario/a del jurado la persona titular de la Secretaría General del IGVS.

Sexta. Funcionamiento del jurado

1. El jurado ajustará su funcionamiento a lo señalado en estas bases y a lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

2. Las reuniones del jurado se celebrarán en las fechas señaladas por su presidencia y tendrán lugar en la sede que el IGVS tiene en Santiago de Compostela. También podrán celebrarse telemáticamente si así lo acuerda el jurado.

3. Corresponde a la presidencia del jurado la interpretación de las presentes bases, así como la resolución de aquellos aspectos no determinados en ellas.

Septima. Deliberaciones y decisión del jurado

1. En las candidaturas a los premios de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2023, el jurado podrá realizar una selección previa de proyectos finalistas, entre los cuales se elegirá uno o varios proyectos ganadores para cada una de las modalidades de los premios. Asimismo, el jurado podrá hacer menciones honoríficas, sin dotación económica, a aquellas actuaciones que aprecie como merecedoras de un especial reconocimiento.

2. Las decisiones del jurado se tomarán por mayoría de los presentes en la deliberación y, en caso de empate, decidirá el voto de calidad de su presidencia.

3. El jurado podrá declarar desiertos los premios si considera que las obras presentadas no reúnen el mérito necesario para conseguir la distinción, así como conceder el premio ex aequo a más de un proyecto.

4. El jurado emitirá su decisión, con mención a los valores de los proyectos galardonados que los hacen meritorios de la distinción recibida.

Octava. Difusión y publicidad

1. El IGVS podrá publicar en su página web los proyectos presentados y, en su caso, los seleccionados como finalistas por el jurado, los mencionados y, en todo caso, los galardonados.

2. Tras la decisión del jurado, se darán a conocer los proyectos premiados y se hará entrega, en acto público, de los correspondientes galardones a las personas premiadas.

3. El IGVS dará la correspondiente publicidad, tanto a las personas galardonadas como a los proyectos premiados, y puede, a tal efecto, utilizar el material aportado con la propuesta de candidatura, así como proceder a su divulgación a través de las publicaciones, exposiciones, conferencias o cualquier otra actuación que considere oportuna.

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