Mediante la Orden de 20 de noviembre de 2019 se dió publicidad a las titulaciones que permiten la incorporación a las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidades y sustituciones de los cuerpos de maestros, de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional y de profesores de escuelas oficiales de idiomas que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en centros docentes de esta consellería (DOG núm. 235, de 11 de diciembre).
La Orden de 10 de febrero de 2022 (DOG núm. 35, de 21 de febrero) modifica el anexo II de la Orden de 20 de noviembre de 2019 en lo que se refiere a la especialidad de Física y Química del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria para incluir la titulación de Ingeniería de Minas como una de las titulaciones que permiten la incorporación a las listas de esta especialidad en ejecución de la sentencia firme dictada en el procedimiento común 322/2020 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Asimismo, se incluyeron los títulos de grado correspondientes a dicha titulación entre los que figuraban las titulaciones de grado en Ingeniería de la Tecnología de Minas y Energía, Ingeniería de Recursos Energéticos y Mineros, Ingeniería de Recursos Mineros y Energéticos, Ingeniería de Tecnología de Minas y Energía, Ingeniería de los Recursos Mineros y Energéticos, Ingeniería en Recursos Energéticos y Mineros e Ingeniería Minera y Energética.
A su vez, la Orden de 8 de junio de 2022 (DOG núm. 119, de 22 de junio) modifica el anexo II de la Orden de 20 de noviembre de 2019 para incorporar la titulación de grado en Ingeniería de la Energía en la especialidad de Física y Química del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
Asimismo, analizada la titulación de diplomatura en Óptica y Optometría y el grado en Óptica y Optometría procede incluir dichas titulaciones, a tenor de la formación que acreditan, en la especialidad de Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico (591219) en el anexo III de la Orden de 20 de noviembre de 2019.
En su virtud, esta Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades
ACUERDA:
Primero. Modificar el anexo III de la Orden de 20 de noviembre de 2019 (DOG núm. 235, de 11 de diciembre), por la que se da publicidad a las titulaciones que permiten la incorporación a las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidades y sustituciones de los cuerpos de maestros, de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional y de profesores de escuelas oficiales de idiomas que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en centros docentes de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, en lo que se refiere a la especialidad 591219: Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico, que queda redactado como sigue:
591219-Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico |
Titulaciones |
Licenciatura: |
Biología |
Bioquímica |
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Biotecnología |
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Ciencia y Tecnología de los Alimentos |
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Ciencias Ambientales |
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Farmacia |
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Medicina |
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Odontología |
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Química |
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Veterinaria |
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Diplomatura: |
Enfermería |
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Fisioterapia |
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Óptica y Optometría |
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Terapia Ocupacional |
Grado: |
Biología |
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Biología Ambiental |
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Biología Humana |
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Biología Sanitaria |
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Biomedicina |
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Biomedicina Básica y Experimental |
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Bioquímica |
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Bioquímica y Biología Molecular |
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Bioquímica y Ciencias Biomédicas |
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Biotecnología |
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Ciencia y Tecnología de los Alimentos |
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Ciencias Ambientales |
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Ciencias Biomédicas |
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Ciencias de la Alimentación |
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Enfermería |
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Ingeniería Biomédica |
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Ingeniería de la Salud |
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Ingeniería de Procesos Químicos Industriales |
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Ingeniería de Sistemas Biológicos |
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Farmacia |
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Fisioterapia |
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Medicina |
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Microbiología |
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Nutrición Humana y Dietética |
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Odontología |
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Óptica y optometría |
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Química |
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Terapia Ocupacional |
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Veterinaria |
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Genética |
Segundo. La persona titular de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos adoptará todas las medidas que sean precisas para el desarrollo de esta orden.
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2022
Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades