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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Jueves, 26 de enero de 2023 Pág. 9121

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2023 por la que se convocan cursos para el personal empleado público de las entidades locales y del sector público autonómico de Galicia.

De acuerdo con el convenio de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y el Consejo Consultivo de Galicia para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación,

RESUELVO:

Convocar los cursos que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 19 de enero de 2023

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos del personal participante

1. Podrán participar en las acciones formativas convocadas en esta resolución los/las empleados/as públicos/as de las entidades locales y del sector público autonómico de Galicia, que se encuentren en situación de servicio activo (incluido el personal que tenga concedido un permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) y que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

2. Al tratarse de actividades impartidas en la modalidad de teleformación, las personas interesadas deberán disponer de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– Un navegador web actualizado.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para estas actividades se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>.

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 6 de febrero de 2023.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad o permisos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral), de acuerdo con los criterios de selección, podrán remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en caso contrario, solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57 y 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal> en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas).

Cuarta. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de las acciones formativas necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiera a ello. En este caso, la persona interesada deberá indicarlo incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar además una copia de los documentos a cuya consulta se opone a través de la siguiente dirección electrónica: xestion.egap@xunta.gal

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo expresamente, incluir los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica <xestion.egap@ xunta.gal>.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Quinta. Criterios de selección

1. Los criterios que serán empleados son los señalados con carácter general en la página web de la EGAP y que podrán ser consultados en el siguiente enlace: https://egap.xunta.gal/ecloud/s/eBXtEfnF8MGqCJB

2. Tendrá preferencia el personal habilitado nacional y funcionario de la Administración local de los subgrupos A1 y A2, que tenga responsabilidades en materia de tramitación e instrucción relacionados con las materias de los cursos.

3. Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG núm. 58, de 25 de marzo).

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> la relación de las personas admitidas y excluidas para participar en cada curso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y seguimiento de las actividades de teleformación

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia.

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de tres días al inicio de la actividad formativa. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para esto se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

3. Seguimiento de las actividades de teleformación:

Las personas que no completen el 50 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Octava. Superación de la actividad formativa

Para poder superar la actividad de formación, el alumnado deberá, en primer lugar, realizar todas las actividades que el/la tutor/a proponga. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en la prueba de evaluación final. En segundo lugar, el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se realizará en línea al final de ella.

Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán las pruebas de evaluación previstas, así como las fechas en que estas tendrán lugar. En estas actividades las pruebas de evaluación finales serán en línea. La EGAP informará a través de su página web y también a través de la plataforma de teleformación de las fechas concretas y de las horas de la prueba final.

Novena. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento, el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Décima. Facultades de la EGAP y del Consejo Consultivo de Galicia

1. La EGAP y el Consejo Consultivo de Galicia podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de las actividades formativas, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as a alguna actividad sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y el Consejo Consultivo de Galicia se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y el Consejo Consultivo de Galicia garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

• Código: CV23003

La función consultiva del Consejo Consultivo de Galicia para la Administración local

1. Objetivos.

Partiendo del análisis de la normativa reguladora del Consejo Consultivo de Galicia, este curso pretende dar una formación completa de las especialidades más relevantes para las entidades locales en los procedimientos en los que interviene el Consejo Consultivo de Galicia y de las relaciones de las entidades locales con este órgano.

2. Destinatarios/as.

Empleados/as públicos/as de las entidades locales de Galicia y del sector público autonómico.

Preferentemente, habilitados/as nacionales y funcionarios/as de la Administración local de los subgrupos A1 y A2 que tengan responsabilidades en materia de tramitación e instrucción de este tipo de expedientes.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 30 h.

Ediciones: dos.

Fechas:

Primera edición: de 22 de febrero a 24 de marzo de 2023. Prueba final en línea: el día 29 de marzo a las 16.30 horas.

Segunda edición: de 16 de octubre a 16 de noviembre de 2023. Prueba final en línea: el día 21 de noviembre a las 16.30 horas.

Plazas: 50 cada edición.

4. Contenido.

Tema 1. El Consejo Consultivo de Galicia. Organización, competencias y funcionamiento.

Tema 2. Elaboración de disposiciones administrativas de carácter general.

Tema 3. Revisión de los actos en vía administrativa: declaración de lesividad.

Tema 4. Recurso extraordinario de revisión.

Tema 5. La intervención del Consejo Consultivo en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Tema 6. Reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial. Características, requisitos, presupuestos.

Tema 7. Reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial sanitaria.

Tema 8. Creación y supresión de municipios y alteración de términos municipales.

Tema 9. Dictámenes facultativos. La Sección de Estudios e Informes.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP, de 25 de enero de 2022 (BOE núm. 26, de 31 de enero de 2022), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de cursos de formación y perfeccionamiento a efectos del baremo de méritos generales del personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,45 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo, corrección, DOG núm. 77, de 22 de abril), sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto del personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Código: CV23004

La intervención del Consejo Consultivo de Galicia en la contratación pública

1. Objetivos.

La Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP), supuso una innovación que persigue modernizar los procedimientos de contratación, mejorar la eficiencia y simplificar los procedimientos de contratación pública.

Al tradicional elenco de competencias otorgadas a los órganos consultivos de las administraciones públicas (Consejo de Estado u órganos consultivos autonómicos), la ley establece otras nuevas.

Este curso pretende analizar las competencias sustantivas otorgadas por la LCSP a los órganos consultivos, y los trámites y procedimientos a través de los que se ejercen estas competencias.

2. Destinatarios/as.

Técnicos de la Administración general (subgrupos A1 y A2). Habilitados nacionales.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 30 h.

Ediciones: dos.

Fechas:

Primera edición: de 3 de marzo a 3 de abril de 2023. Prueba final en línea: el día 10 de abril a las 16.30 horas.

Segunda edición: de 5 de septiembre a 6 de octubre de 2023. Prueba final en línea: el día 10 de octubre a las 16.30 horas.

Plazas: 50 cada edición.

4. Contenido.

Tema 1. El Consejo Consultivo de Galicia: composición, competencias, organización y funcionamiento.

Tema 2. Interpretación de los contratos administrativos y concesiones administrativas. Caso práctico.

Tema 3. Modificación de los contratos administrativos y concesiones administrativas. Caso práctico.

Tema 4. Resolución de contratos y extinción de concesiones administrativas. Caso práctico.

Tema 5. Revisión de oficio de actos en materia de contratación pública. Caso práctico.

Tema 6. Responsabilidad patrimonial derivada de la contratación pública. Caso práctico.

Tema 7. El recurso especial en materia de contratación. Caso práctico.

Tema 8. La contratación pública socialmente responsable.

Tema 9. Cláusulas sociales y medioambientales en la contratación pública.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP, de 25 de enero de 2022 (BOE núm. 26, de 31 de enero de 2022), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de cursos de formación y perfeccionamiento a efectos del baremo de méritos generales del personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,40 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo, corrección, DOG núm. 77, de 22 de abril), sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Código: CV23007

Curso práctico sobre responsabilidad patrimonial de las entidades locales

1. Objetivos.

El análisis de la normativa sobre la responsabilidad patrimonial, de los procedimientos administrativos para su efectividad y de sus diferentes dimensiones (por el funcionamiento anormal del servicio público, de autoridades y personal al servicio de las administraciones, del Estado legislador y por actos de concesionarios y contratistas).

Por otra parte, en la regulación del procedimiento de exigencia de responsabilidad patrimonial existen múltiples aspectos no resueltos en la normativa, tales como las causas y los plazos de prescripción, la caducidad, la legitimación, la función de los órganos consultivos, la cuantificación de los daños, el concepto de nexo causal, los propios requisitos para apreciar un funcionamiento anormal de un servicio, el caso fortuito o fuerza mayor, etc. y que dan lugar a una intensa actividad jurisprudencial de interpretación e integración de las leyes que necesariamente tiene que conocer aquel personal funcionario que, común o eventualmente, participa en la tramitación de este tipo de expedientes. En este curso se realiza un análisis práctico de los diferentes supuestos, partiendo de los más recientes pronunciamientos jurisprudenciales en la materia y estudio de criterios específicos de órganos consultivos: Consejo de Estado y Consejo Consultivo de Galicia.

2. Destinatarios/as.

Empleados/as públicos/as de las entidades locales de Galicia y del sector público autonómico.

Preferentemente, habilitados/as nacionales y funcionarios/as de la Administración local de los subgrupos A1 y A2 que tengan responsabilidades en materia de tramitación e instrucción de este tipo de expedientes.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 30 h.

Ediciones: dos.

Fechas:

Primera edición: de 27 de febrero a 28 de marzo de 2023. Prueba final en línea: el día 31 de marzo a las 16.30 horas.

Segunda edición: de 2 de octubre a 2 de noviembre de 2023. Prueba final en línea: el día 6 de noviembre a las 16.30 horas.

Plazas: 50 cada edición.

4. Contenido.

Tema 1. El Consejo Consultivo de Galicia y las entidades locales: relaciones y colaboración institucional.

Tema 2. Regulación actual, características y presupuestos de la responsabilidad de la Administración.

Tema 3. Procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial:

– Procedimiento común.

– Procedimiento abreviado.

Tema 4. La responsabilidad de autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 5. La responsabilidad de contratistas y concesionarios.

Tema 6. La responsabilidad por actos de naturaleza legislativa.

Tema 7. La responsabilidad patrimonial por actuaciones urbanísticas I.

Tema 8. La responsabilidad patrimonial por actuaciones urbanísticas II.

Tema 9. La responsabilidad patrimonial sanitaria: especialidades.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP, de 25 de enero de 2022 (BOE núm. 26, de 31 de enero de 2022), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de cursos de formación y perfeccionamiento a efectos del baremo de méritos generales del personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,45 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo, corrección, DOG núm. 77, de 22 de abril), sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Código: CV23009

Los recursos administrativos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

1. Objetivos.

El análisis de la normativa sobre la revisión de actos firmes y los recursos administrativos, comunes o extraordinarios, que se pueden interponer frente a todo tipo de resoluciones administrativas. La materia presenta especial interés científico y técnico para aquel personal funcionario que tramite todo tipo de procedimientos administrativos.

El conocimiento de esta materia redunda en el mejor ejercicio profesional de su función, en la medida en que la materia presenta múltiples dimensiones y en que absolutamente todos los servicios públicos y, por lo tanto, todas las actuaciones, incluidas las puramente materiales o de gestión, están sujetas a eventual recurso administrativo.

Por otra parte, este curso es una oportunidad para afianzar el conocimiento de la normativa en aspectos tan esenciales y decisivos a la hora de resolver un recurso, tales como las causas y los plazos de prescripción, la caducidad, la legitimación o la función de los órganos consultivos.

Además, la resolución de recursos administrativos da lugar a una intensa actividad jurisprudencial de interpretación e integración de las leyes que necesariamente tiene que conocer aquel personal funcionario que, ordinaria o eventualmente, participa en la tramitación de este tipo de expedientes.

Asimismo, se trata de una materia de gran interés jurídico y doctrinal, por lo que en el curso se hará pausada referencia a las novedades jurisprudenciales en la materia, haciendo especial hincapié en la doctrina del Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, así como también del Consejo Consultivo de Galicia.

2. Destinatarios/as.

Empleados/as públicos/as de las entidades locales de Galicia y del sector público autonómico.

Preferentemente, habilitados/as nacionales y funcionarios/as de la Administración local de los subgrupos A1 y A2 que tengan responsabilidades en materia de tramitación e instrucción de este tipo de expedientes.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 21 h.

Ediciones: dos.

Fechas:

Primera edición: de 5 a 27 de junio de 2023. Prueba final en línea: el día 30 de junio a las 16.30 horas.

Segunda edición: de 6 a 27 de noviembre de 2023. Prueba final en línea: el día 30 de noviembre a las 16.30 horas.

Plazas: 50 cada edición.

4. Contenido.

Tema 1. La resolución de los procedimientos administrativos.

Tema 2. Revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio.

Tema 3. Revisión de los actos en vía administrativa: declaración de lesividad.

Tema 4. Revocación de actos y rectificación de errores.

Tema 5. Recursos comunes: recurso de alzada y recurso de reposición.

Tema 6. Recurso extraordinario de revisión.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP, de 25 de enero de 2022 (BOE núm. 26, de 31 de enero), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de cursos de formación y perfeccionamiento a efectos del baremo de méritos generales del personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,40 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo, corrección, DOG núm. 77, de 22 de abril), sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Código: CV23005

La responsabilidad patrimonial por razones de carácter urbanístico. Los supuestos indemnizadores

1. Objetivos.

Este curso tiene como objetivo la formación práctica en los supuestos indemnizadores por razones urbanísticas, comprendiendo todas aquellas actuaciones en las que las administraciones públicas deberán indemnizar o no a los particulares por actos y disposiciones en materia urbanística, y, en definitiva, por el ejercicio de sus competencias en esta materia.

La formación será esencialmente práctica, y consistirá en el análisis de cada supuesto indemnizador contemplado en la ley, y de los requisitos que deben darse para apreciar la existencia de responsabilidad de acuerdo con la normativa aplicable y la jurisprudencia existente en la materia.

2. Destinatarios/as.

Habilitados/as nacionales y funcionarios/as de la Administración local de los subgrupos A1 y A2 que tengan responsabilidades en materia de tramitación e instrucción de este tipo de expedientes. Personal técnico (arquitectos/as, arquitectos/as técnicos/as, ingenieros/as) que preste servicios en los departamentos de Urbanismo, Obras Públicas e Infraestructuras.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 24 h.

Ediciones: dos.

Fechas:

Primera edición: de 29 de mayo a 23 de junio de 2023. Prueba final en línea: el día 28 de junio a las 16.30 horas.

Segunda edición: de 18 de septiembre a 18 de octubre de 2023. Prueba final en línea: el día 23 de octubre a las 16.30 horas.

Plazas: 50 cada edición.

4. Contenido.

T1. El Consejo Consultivo de Galicia. Organización, funcionamiento, y régimen jurídico.

T2. Los supuestos indemnizadores. Regulación, características y requisitos.

T3. Responsabilidad por modificaciones de planeamiento. Fuera de ordenación.

T4. Las vinculaciones singulares.

T5. La modificación o extinción de la eficacia de los títulos administrativos habilitantes de obras o actividades determinadas por el cambio sobrevenido de la ordenación territorial o urbanística.

T6. La anulación de los títulos administrativos habilitantes de obras o actividades, la demora injustificada en su otorgamiento y denegación improcedente.

T7. La ocupación de terrenos destinados por la ordenación territorial y urbanística a dotaciones públicas.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 25 de enero de 2022 (BOE núm. 26, de 31 de enero de 2022), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de cursos de formación y perfeccionamiento a efectos del baremo de méritos generales del personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,40 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo, corrección, DOG núm. 77, de 22 de abril), sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Código: CV23008

Elaboración de disposiciones administrativas de carácter general.

1. Objetivos.

Este taller tiene como objetivo la formación práctica en materia de redacción de todo tipo de disposiciones normativas, es decir, decretos, órdenes, ordenanzas, reglamentos, etc.

La formación será exclusivamente práctica, y consistirá en el seguimiento del procedimiento de elaboración de normas y la corrección de supuestos reales.

2. Destinatarios/as.

Empleados/as públicos/as de las entidades locales de Galicia y del sector público autonómico.

Preferentemente, habilitados/as nacionales y funcionarios/as de la Administración local de los subgrupos A1 y A2 que tengan responsabilidades en materia de tramitación e instrucción de este tipo de expedientes.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 21 h.

Ediciones: dos.

Fechas:

Primera edición: de 15 de febrero a 8 de marzo de 2023. Prueba final en línea: el día 13 de marzo a las 16.30 horas.

Segunda edición: de 30 de octubre a 20 de noviembre de 2023. Prueba final en línea: el día 23 de noviembre a las 16.30 horas.

Plazas: 50.

4. Contenido.

1. El Consejo Consultivo de Galicia. Organización, funcionamiento, y régimen jurídico.

2. La titularidad de la potestad reglamentaria. La reserva de ley.

3. Procedimiento de elaboración de reglamentos autonómicos.

4. El procedimiento de elaboración de ordenanzas municipales.

5. Directrices de técnica normativa I.

6. Directrices de técnica normativa II.

• Código: CV23006

La revisión en vía administrativa de títulos habilitantes de naturaleza urbanística.

1. Objetivos.

Este curso tiene como objetivo la formación práctica en la revisión de títulos administrativos habilitantes en vía administrativa.

2. Destinatarios/as.

Empleados/as públicos/as de las entidades locales de Galicia y del sector público autonómico.

Preferentemente, habilitados/as nacionales y funcionarios/as de la Administración local de los subgrupos A1 y A2 que tengan responsabilidades en materia de tramitación e instrucción de este tipo de expedientes.

También puede ser de interés para el personal técnico (arquitectos/as, arquitectos/as técnicos/as, ingenieros/as) que preste servicios en los departamentos de Urbanismo.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 24 h.

Ediciones: dos.

Fechas:

Primera edición: de 2 a 26 de junio. Prueba final en línea: el día 29 de junio a las 16.30 h.

Segunda edición: de 16 de octubre a 9 de noviembre. Prueba final en línea: el día 14 de noviembre a las 16.30horas.

Plazas: 50.

4. Contenido.

Módulo 1. El Consejo Consultivo de Galicia. organización, competencias, régimen jurídico.

Módulo 2. Procedimiento de revisión de oficio de títulos administrativos habilitantes

Módulo 3. Las causas de revisión de oficio de títulos administrativos habilitantes

Módulo 4. La declaración de lesividad de títulos administrativos habilitantes.

Módulo 5. Revocación de actos y rectificación de errores de títulos administrativos habilitantes.

Módulo 6. Recursos comunes: recurso de alzada y recurso de reposición. Especialidades en materia de títulos administrativos habilitantes.

Módulo 7. Recurso extraordinario de revisión. Especialidades en materia de títulos administrativos habilitantes.