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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 27 de enero de 2023 Pág. 9613

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 30 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2023 (código de procedimiento MR340A).

BDNS (Identif.): 672137.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán acogerse a estas ayudas los empresarios individuales o sociedades que sean o vayan a ser titulares de instalaciones objeto de la ayuda dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos del anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas de la Consellería del Medio Rural para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2023.

Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya concesión se efectuará mediante concurrencia competitiva, así como en garantías para préstamos destinados a financiar las inversiones.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 30 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2023.

Cuarto. Importe

Para la concesión de las ayudas convocadas se destinará un crédito máximo total de 30.000.000€ de los presupuestos de 2023, 2024 y 2025.

Las contribuciones de la Consellería del Medio Rural para costear las garantías de los préstamos se financiarán con cargo al presupuesto de 2023 con una dotación de 3.000.000 €, así como con los remanentes de las contribuciones efectuadas con anterioridad al Instrumento Financiero de Gestión Centralizada Feader 2014-2020.

Estos importes se podrán incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de la orden. El plazo de presentación de solicitudes de préstamos garantizados de esta convocatoria finalizará el día 30 de marzo de 2023.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2022

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural