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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 30 de enero de 2023 Pág. 10069

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

EXTRACTO de la Resolución de 29 de diciembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de inversión en actividades no agrícolas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Plan de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2023, mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento MR708A).

BDNS (Identif.): 672247.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas y entidades beneficiarias

a) Microempresas y pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales. A estos efectos, la definición de pequeña empresa es la que resulta del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

b) Personas físicas que residan en una zona rural.

c) Titulares de una explotación agraria o miembros de su unidad familiar, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.

Segundo. Objeto

Regular el procedimiento de concesión de las ayudas que gestionará la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en el marco de la medida 6.4 del PDR de Galicia 2014-2020 destinadas a:

a) Adquisición de bienes de equipo inherentes a la actividad empresarial que están desarrollando las empresas existentes, con el fin de mejorar, ampliar o modernizar sus estructuras de producción y/o servicios.

b) Puesta en marcha de nuevas actividades empresariales de carácter no agrícola en las aldeas modelo declaradas con anterioridad a la publicación de estas bases reguladoras.

A estos efectos, el día de la publicación en el DOG de la correspondiente convocatoria de ayudas estará disponible, en la dirección de la página web de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, https://agader.xunta.gal/es/linas-de-axuda, la relación de aldeas modelo declaradas por los correspondientes acuerdos del Consejo de Dirección de la Agencia, al amparo de la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, o bien al amparo de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agrarian de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 29 de diciembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para proyectos inversión en actividades no agrícolas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en el marco del Plan de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2023, mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento MR708A).

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 3.400.000 euros que se financiarán con cargo a la cuenta presupuestaria 14-A1-712A-770.0 de los presupuestos de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, con la siguiente distribución por anualidades y tipologías de proyectos.

Tipología de proyectos

Anualidad 2023

Anualidad 2024

Importe total

Proyectos de adquisición de bienes de equipo en empresas existentes

2.650.000 €

0 €

2.6500.000 €

Proyectos de puesta en marcha de nuevas actividades empresariales en aldeas modelo

300.000 €

450.000 €

750.000 €

2.950.000 €

450.000 €

3.400.000 €

Este crédito está cofinanciado en un 75% por el Feader, en el marco de la medida 6.4 del PDR de Galicia 2014-2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Sexto. Otros datos

La concesión de ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Los proyectos subvencionados recibirán un porcentaje de ayuda del 45 % de los gastos subvencionables.

Las ayudas concedidas están amparadas en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L352, de 24 de diciembre), referente a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE.

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2022

Inés Santé Riveira
Directora general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural