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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miércoles, 15 de marzo de 2023 Pág. 17932

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2023 por la que se convoca, con motivo de la jornada de presentación de la Semana del Gobierno abierto, la conferencia El derecho ciudadano a la buena Administración.

Conforme a los fines que le asigna a la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) a la normativa que la regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio),

RESUELVO:

Convocar, con motivo de la jornada de presentación de la Semana del Gobierno abierto, la conferencia El derecho ciudadano a la buena Administración, de acuerdo con las bases que se indican a continuación:

Primera. Objetivos

La Semana del Gobierno abierto es una iniciativa impulsada a nivel mundial por la Alianza para el Gobierno abierto (Open Gov Week), cuyo objetivo principal es acercar las administraciones públicas a la ciudadanía, basándose en los principios del Gobierno abierto: transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana, integridad pública y colaboración.

Segunda. Personas destinatarias

Esta actividad está dirigida al personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica gallega, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de la Administración local, de la Administración de justicia y de las universidades del Sistema universitario de Galicia; así como a profesionales y personas interesadas en general.

Tercera. Desarrollo

Lugar: salón de actos de la EGAP, calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.

Modalidad: presencial.

Fecha: 20 de marzo de 2023.

Horario: de 12.00 a 14.00 horas.

Horas lectivas: 2.

Cuarta. Número de plazas

Limitado por la capacidad del local.

Quinta. Inscripción.

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa sólo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula>. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con lo requerido y establecido en la base segunda de esta convocatoria respecto de las personas destinatarias.

3. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

4. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Administración electrónica, protección de datos y calidad administrativa) y después seleccionar en «nombre del curso»: Conferencia El derecho ciudadano a la buena Administración.

5. El plazo para la inscripción permanecerá abierto desde las 9.00 horas del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 10.00 horas del día 20 de marzo de 2023.

Podrá obtenerse cualquier otra información a través del correo electrónico
novas.egap@xunta.gal o, en horario de 09.00 a 14.00 horas, en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.

Sexta. Comprobación de datos

1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiera a eso.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través del correo electrónico novas.egap@xunta.gal

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Séptima. Criterios de admisión y selección

La admisión se llevará a cabo de acuerdo con lo indicado para las personas destinatarias y número de plazas en las bases segunda y cuarta, respectivamente, de esta convocatoria. El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y la hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas.

Octava. Publicación de los listados de personas seleccionadas, en reserva y excluidas

La EGAP publicará en la dirección web https://egap.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas, en reserva y, en su caso, excluidas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Novena. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia deberá ser comunicada por escrito a la EGAP a la mayor brevedad posible y, en todo caso y como máximo, hasta las 10.00 horas del día 20 de marzo de 2023. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico novas.egap@xunta.gal

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/as responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Es obligatoria la asistencia a la sesión de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia en la actividad:

c.1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas. En todo caso, estas faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, a contar a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de la actividad formativa.

c.2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente, contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Décima. Certificado oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula), a aquellas personas inscritas que participasen asiduamente y siempre que su asistencia fuese igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la modalidad de desarrollo, la fecha y el lugar de realización, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Undécima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, en cuyo caso se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará, en la acción derivada de esta convocatoria, la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

Santiago de Compostela, 9 de marzo de 2023

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública