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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Jueves, 23 de marzo de 2023 Pág. 19802

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 15 de marzo de 2023 por la que se determinan las federaciones deportivas que tienen que presentar informe de auditoría de las cuentas anuales de 2022 y auditorías operativas.

Conforme a lo establecido en el artículo 57.1 de la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia, la Administración deportiva autonómica tiene atribuida la competencia de realizar o solicitar auditorías financieras o de gestión u operativas a las federaciones deportivas gallegas. En la línea de la referida previsión, el artículo 37.2 del Decreto 85/2014, de 3 de julio, por el que se aprueba el reglamento del Registro de Entidades Deportivas de Galicia, recoge que deberán presentar en el registro «(...) un informe de auditoría de sus cuentas anuales aquellas federaciones deportivas gallegas que resulten obligadas conforme al plan de auditorías aprobado por la Administración deportiva autonómica a inicios de cada ejercicio. Anualmente se incorporará al plan un porcentaje de federaciones, de forma que, cada cuatro años, todas presenten dicho informe».

Según lo establecido en el artículo 4 de la Resolución de 5 de octubre de 2020, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se aprueba el Plan de auditoría de las federaciones deportivas de Galicia para el período 2021-2024 y por la que se establece el procedimiento para la presentación de los informes de auditoría, se concreta en esta orden cuales son las federaciones obligadas a presentar auditoría de sus cuentas correspondientes al ejercicio 2022, así como las auditorías operativas o de gestión.

En su virtud, en el uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 60/2022, de 15 de mayo, por el que se nombra a los titulares de los departamentos de la Xunta de Galicia, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

El objeto de la presente orden es determinar las federaciones deportivas gallegas que deberán presentar el informe de auditoría de las cuentas anuales de 2022, así como operativas o de gestión, en los términos fijados en el plan de auditorías aprobado por la Resolución de 5 de octubre de 2020, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se aprueba el Plan de auditoría de las federaciones deportivas de Galicia para el período 2021-2024 y por la que se establece el procedimiento para la presentación de los informes de auditoría.

Artículo 2. Auditorías de las cuentas anuales

Deberán presentar el informe de auditoría de las cuentas anuales de 2022 las siguientes federaciones deportivas gallegas:

Federación Gallega de A. Subacuáticas.

Federación Gallega de Aeronáutica.

Real Federación Gallega de Atletismo.

Federación Gallega de Automovilismo.

Federación Gallega de Bádminton.

Federación Gallega de Baloncesto.

Federación Gallega de Balonmano.

Federación Gallega de Béisbol y Sóftbol.

Federación Gallega de Billar.

Federación Gallega de Bolos.

Federación Gallega de Boxeo.

Federación Gallega de Ciclismo.

Federación Colombófila Gallega.

Federación Gallega de Colombicultura.

Federación Gallega de Dep. Adaptado.

Federación Gallega de Dep. Invierno.

Federación Gallega de Deportes Autóctonos.

Federación Gallega de Esgrima.

Federación Gallega de Espeleología.

Federación Gallega de Esquí Náutico.

Real Federación Gallega de Fútbol.

Federación Gallega de Halterofilia.

Federación Gallega de Hípica.

Federación Gallega de Judo y D.A.

Federación Gallega de Lucha y D.A.

Federación Gallega de Motociclismo.

Federación Gallega de Natación.

Federación Gallega de Orientación.

Federación Gallega de Patinaje.

Federación Gallega de Petanca.

Federación Gallega de Piragüismo.

Federación Gallega de Remo.

Federación Gallega de Rugby.

Federación Gallega de Salvamento y S.

Federación Gallega de Squash.

Federación Gallega de Surf.

Federación Gallega de Taekwondo.

Federación Gallega de Tenis.

Federación Gallega de Tiro al Vuelo.

Federación Gallega de Tiro con Arco.

Federación Gallega de Triatlón y P.M.

Real Federación Gallega de Vela.

Federación Gallega de Voleibol.

Federación Gallega de Ajedrez.

Artículo 3. De las cuentas que se van a auditar

1. Serán objeto de auditoría las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2022.

2. La auditoría se efectuará conforme a la Ley 22/2015, de 20 de julio, de auditoría de cuentas, y al Real decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de auditoría de cuentas, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2011, de 1 de julio, en todo lo que no se oponga a la Ley 22/2015.

3. Según la disposición adicional segunda del Real decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan general de contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos, las normas de adaptación del Plan general de contabilidad a las entidades sin fines lucrativos no serán de aplicación a las federaciones deportivas españolas y federaciones territoriales de ámbito autonómico integradas en ellas ni a los clubes profesionales y asociaciones deportivas declarados de utilidad pública que, atendiendo a los términos de la disposición transitoria quinta del Real decreto 1514/2007, por el que se aprueba el Plan general de contabilidad, se regirán por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 2 de febrero de 1994 para el caso de las federaciones deportivas, y por la Orden del Ministerio de Economía de 27 de junio de 2000 en el caso de clubes profesionales y asociaciones deportivas, sin perjuicio de que en las cuentas anuales se incluya la información que, cuando tengan el carácter de utilidad pública, se requiere en la adaptación del Plan general de contabilidad a las entidades sin fines lucrativos. En concreto, incluirán en la memoria de las cuentas anuales información relativa a:

a) Actividad de la entidad.

b) En su caso, las bases de presentación y la información de la liquidación del presupuesto.

c) Excedente del ejercicio.

d) Ingresos y gastos.

e) Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios.

f) Cambios en el órgano de gobierno, dirección y representación.

g) Información sobre autorizaciones otorgadas por la autoridad administrativa correspondiente que sean necesarias para determinadas actuaciones.

h) Cualquier otra información que sea significativa.

Artículo 4. Auditorías operativas

1.Junto a las auditorías de sus cuentas anuales, se someterán a una auditoría operativa las federaciones deportivas gallegas de surf y squash, toda vez que tienen reconocido un núcleo de entrenamiento deportivo especializado por la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

2. Las auditorías operativas contendrán el análisis de los posibles puntos débiles y la correspondiente propuesta de recomendaciones para su mejora.

Artículo 5. Lugar, procedimiento y plazo de presentación

1. La presentación será obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado, con código PR947B, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, según lo dispuesto en la Resolución de 5 de octubre de 2020, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se aprueba el Plan de auditoría de las federaciones deportivas de Galicia para el período 2021-2024 y por la que se establece el procedimiento para la presentación de los informes de auditoría.

2. El plazo de presentación de los informes de auditoría, en los términos establecidos en esta orden, se abrirá a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, y tendrá como fecha límite para su presentación la de 30 de julio de 2023.

Disposición adicional primera. Empresa auditora

Para la realización de los informes de auditoría, la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes ha contratado un Acuerdo marco para los servicios de auditoría de las cuentas anuales de 2021-2022-2023 y operativas de las federaciones deportivas gallegas. La empresa auditora contratada contactará con las federaciones relacionadas en los artículos 2 y 4 para el análisis e informe de las cuentas anuales de 2022, así como para realizar las auditorías operativas, y deberá también emitir recomendaciones referentes a aspectos detectados en el sistema de control para establecer las medidas que se consideren necesarias para mejorar, corregir o eliminar las deficiencias encontradas. Las federaciones deportivas gallegas deberán colaborar con la empresa o persona auditora facilitando su labor y presentando la documentación que les sea requerida.

Disposición adicional segunda. Régimen de recursos

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercer cualquier otro que consideren procedente:

1. Recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

2. Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo

Se faculta a la persona titular de la Secretaría General para el Deporte para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantos actos y medidas sean precisos para el desarrollo de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de marzo de 2023

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes