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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Jueves, 8 de junio de 2023 Pág. 35532

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2023 por la que se reajustan las anualidades y se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 1 de julio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del bono de alquiler social y se procede a su convocatoria continuada y permanente hasta el agotamiento del crédito (código de procedimiento VI482F).

1. El 13 de julio de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) la Resolución de 1 de julio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del bono de alquiler social y se procede a su convocatoria continuada y permanente hasta el agotamiento del crédito (código de procedimiento VI482F).

2. En el primer parágrafo del punto primero del ordinal vigesimoctavo de la citada resolución se señala que las ayudas previstas en esa convocatoria «... se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 08.81.451B.480.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia, con cargo a fondos propios de la Comunidad Autónoma (FCA) por importe de 567.156 euros con cargo a la anualidad 2022; 1.400.000 euros con cargo a la anualidad 2023; 2.100.000 euros con cargo a la anualidad 2024; 2.500.000 euros con cargo a la anualidad 2025 y 2.800.000 euros con cargo a la anualidad 2026. Cuando se firme el correspondiente convenio con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la ejecución del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, los anteriores importes podrán ser reajustados para ser financiados con cargo a los fondos finalistas del citado plan».

3. El 7 de julio de 2022 se firmó el convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Galicia para la ejecución del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

4. En el acuerdo de la Comisión bilateral de seguimiento celebrada el 14 de julio de 2022, se reajustó la financiación resultante del citado convenio del 7 de julio de 2022, que quedó en los siguientes términos:

Financiación estatal PEAV 2022-2025

2022

2023

2024

2025

10.675.244

500.000

800.000

1.000.000

Financiación autonómica PEAV 2022-2025

2022

2023

2024

2025

924.756

1.400.000

700.000

300.000

5. El 5 de octubre de 2022 se publicó en el DOG la Resolución de 28 de septiembre de 2022 por la que se reajusta la financiación y se amplía la dotación presupuestaria de la citada Resolución de 1 de julio de 2022, ampliando y reajustando la financiación inicialmente prevista, que quedó establecida de la siguiente forma:

Fondos finalistas del Estado del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025

Aplicación presupuestaria 08.81.451B.480.1, proyecto 2022 00015

2022

2023

2024

2025

2026

1.875.244

1.400.000

2.100.000

2.500.000

2.800.000

Fondos propios de la Comunidade Autónoma (FCA)

Aplicación prespuestaria 08.81.451B.480.1, proyecto 2022 00011

2022

2023

2024

2025

2026

924.756

1.400.000

700.000

300.000

– Total fondos (FCA+FFE)

2022

2023

2024

2025

2026

2.800.000

2.800.000

2.800.000

2.800.000

2.800.000

6. A día de hoy existen remanentes de los fondos aportados por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la ejecución del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, que no van a ser ejecutados para la finalidad que estaba prevista, por los siguientes importes:

Anualidad

2023

2024

2025

Importe

500.000

800.000

1.000.000

Por otra parte, el importe del crédito fijado para la anualidad 2023 es insuficiente para atender las solicitudes de concesión inicial y de prórrogas de convocatorias anteriores que se llevan presentado durante este año. Asimismo, se prevé una insuficiencia en los importes de las anualidades de 2024 y 2025, razón por la que resulta necesario ampliar y reajustar los importes del crédito establecido en la Resolución de 28 de septiembre de 2022 para las citadas anualidades.

A estos efectos, los importes que se estiman necesarios para atender las ayudas iniciales y las prórrogas de convocatorias anteriores que se soliciten en 2023, así como las previstas para las siguientes anualidades, ascienden a las cantidades que se detallan a continuación:

Anualidad

2023

2024

2025

2026

Importe

4.300.000

3.600.000

3.100.000

2.500.000

En virtud de lo anterior y al amparo del ordinal vigesimoctavo de la Resolución de 1 de julio de 2022,

RESUELVO:

Primero. Ampliar la dotación presupuestaria para la convocatoria de estas ayudas para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, por importe de 1.500.000, 800.000 y 300.000 euros, respectivamente, con cargo a fondos finalistas del Estado del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

Segundo. Reajustar la financiación prevista en el primer párrafo del punto primero del ordinal vigesimoctavo y en el ordinal vigesimonoveno de la Resolución de 1 de julio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del bono de alquiler social y se procede a su convocatoria continuada y permanente hasta el agotamiento del crédito (código de procedimiento VI482F), quedando la financiación tras el reajuste y ampliación de la siguiente forma:

Fondos finalistas del Estado del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025

Aplicación presupuestaria 08.81.451B.480.1, proyecto 2022 00015

Anualidad

2022

2023

2024

2025

2026

Dotación inicial

1.875.244

1.400.000

2.100.000

2.500.000

2.800.000

Ampliación

+1.500.000

+800.000

+300.000

Reajuste

-300.000

Total

1.875.244

2.900.000

2.900.000

2.800.000

2.500.000

Fondos propios de la Comunidade Autónoma (FCA)

Aplicación presupuestaria 08.81.451B.480.1, proyecto 2022 00011

Anualidad

2022

2023

2024

2025

2026

FCA

924.756

1.400.000

700.000

300.000

Total fondos (FCA + FFE)

Anualidad

2022

2023

2024

2025

2026

Total

2.800.000

4.300.000

3.600.000

3.100.000

2.500.000

Esta ampliación no implica la modificación del plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver.

Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, 31 de mayo de 2023

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo