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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Lunes, 12 de junio de 2023 Pág. 36112

III. Otras disposiciones

Instituto de Estudios del Territorio

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2023 por la que se da publicidad al agotamiento de crédito de la convocatoria efectuada por la Resolución de 21 de noviembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas para actuaciones de corrección de impactos paisajísticos destinadas a personas físicas, y se establece su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento MT402A), tramitado como expediente anticipado de gasto.

Primero. El 17 de enero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución del 21 de noviembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas para actuaciones de corrección de impactos paisajísticos destinadas a personas físicas, y se establece su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento MT402A), tramitado como expediente anticipado de gasto.

Segundo. En el ordinal segundo de dicha resolución se establece el objeto de las subvenciones, que es la corrección de impactos paisajísticos, todo ello en congruencia con los valores paisajísticos recogidos en el Catálogo de los paisajes de Galicia y los objetivos y criterios que expresan las Directrices del paisaje de Galicia. Se establecen también las actuaciones que pueden ser objeto de subvención.

Tercero. La Resolución de 21 de noviembre de 2022 en el punto 1 del ordinal sexto indica que las subvenciones objeto de esta resolución se financiarán con un crédito total de 1.000.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 08.80.541E.780.0, código de proyecto 2021 00002, de los presupuestos del Instituto de Estudios del Territorio para el año 2023, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, lo que podrá dar lugar a la posibilidad de atender nuevas solicitudes que podrán recibir la subvención oportuna.

Cuarto. El punto 4 del ordinal séptimo de la Resolución de 21 de noviembre de 2022 establece que, a efectos de la concesión de las ayudas, se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes, válidamente presentadas, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia hasta que se agote el presupuesto de la convocatoria. Se considera fecha de presentación válida aquella en la que el expediente sea presentado completo y consten en este la solicitud, correctamente cubierta, y toda la documentación complementaria exigida en la presente resolución. Asimismo, se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que totalice el importe total del crédito de esta convocatoria. En este caso, y siempre antes de la fecha máxima señalada en este punto, podrán seguirse registrando solicitudes en lista de reserva provisional, las cuales serán atendidas por riguroso orden de entrada, supeditadas a que se produzcan desestimaciones o revocaciones de las solicitudes de ayuda previas. El agotamiento del crédito comportará la inadmisión de todas aquellas solicitudes que se instruyan con posterioridad, al igual que se inadmitirán todos aquellos expedientes que no tengan entrada en la sede electrónica de Galicia a través del procedimiento MT402A.

No serán admitidas a trámite, en ningún caso, las solicitudes presentadas fuera del plazo y de forma distinta a la que se establece en esta resolución.

Quinto. Una vez revisadas y ordenadas todas las solicitudes presentadas con la documentación completa, el último expediente al que se pudo conceder la ayuda antes del agotamiento del crédito fue el que tuvo entrada en la sede electrónica, con toda la documentación exigida en la resolución de convocatoria, el día 22.1.2023 a las 13.15.51 horas.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El punto 6 del ordinal decimocuarto de la Resolución de 21 de noviembre de 2022 establece que, una vez agotado el crédito destinado a las subvenciones, se publicará en el Diario Oficial de Galicia dicha circunstancia.

Segunda. Los artículos 31 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y 32 de su reglamento, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, establecen la obligación del órgano gestor de publicar, en el Diario Oficial de Galicia y en su página web, el agotamiento de la partida presupuestaria asignada.

En virtud de lo expuesto anteriormente, y de acuerdo con lo establecido en la normativa citada,

RESUELVO:

Dar a conocer el agotamiento del crédito autorizado para las ayudas convocadas por la Resolución de 21 de noviembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas para actuaciones de corrección de impactos paisajísticos destinadas la personas físicas, y se establece su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento MT402A), tramitado como expediente anticipado de gasto, con fecha 22.1.2023, a las 13.15.51 horas.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2023

Enrique Luis de Salvador Sánchez
Director del Instituto de Estudios del Territorio