Mediante Resolución de 19 de diciembre de 2022 (DOG núm. 6, de 10 de enero de 2023), se publicaron las bases reguladoras de los talleres multidisciplinares de digitalización, sostenibilidad y logística avanzada para el año 2023, y se procedió a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.
Dichas bases establecen en su artículo 12.3 que la resolución será objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y en la página web del Igape en la dirección https://www.igape.gal/gl/oficinavirtual, a la cual se remitirá desde el texto publicado en el DOG.
En su virtud y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Anunciar la publicación del texto completo de la resolución definitiva, de 29 de mayo de 2023, de concesión de los talleres multidisciplinares de digitalización, sostenibilidad y logística avanzada, en la dirección https://www.igape.gal/gl/resolucions-definitivas. El texto completo de la resolución no se publica en el DOG en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Se habilita un plazo de diez (10) días naturales para que los interesados accedan a la oficina virtual del Igape, en la dirección https://www.igape.gal/gl/resolucions-definitivas, utilizando su NIF y el código IDE del expediente, para descargar su resolución individual. Transcurrido dicho plazo desde la puesta a disposición de la resolución individual sin que se acceda a su contenido se entenderá rechazada.
Segundo. Las resoluciones individuales, según lo establecido en el apartado primero, agotan la vía administrativa y contra ellas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o desde que se entienda rechazada por el transcurso de diez (10) días naturales desde su puesta a disposición sin que se haya accedido a su contenido. No obstante, previamente podrá interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General del Igape, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o desde que se entienda rechazada por el transcurso de diez (10) días naturales desde su puesta a disposición sin que se haya accedido a su contenido.
Santiago de Compostela, 1 de junio de 2023
Fernando Guldrís Iglesias
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica