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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 16 de junio de 2023 Pág. 37739

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 5 de junio de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos para la implantación de instalación de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento IN422O).

BDNS (Identif.): 702352.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Serán beneficiarios los sujetos que se enumeran en el artículo 3 de la convocatoria, siempre que no realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, y en concreto, los siguientes:

a) Las entidades locales territoriales previstas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local o cualquier otra entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia.

b) Cualquier entidad del sector público institucional de cualquier Administración pública a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 49/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.

c) Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración, con o sin personalidad jurídica sin actividad económica de cualquiera de las figuras del artículo 16.2, apartado 1 y 2 de las bases reguladoras (Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre).

Segundo. Finalidad

1. La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de ayudas para el programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público para el año 2023, de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre (publicado en el BOE núm. 305, de 22 de diciembre), modificado por el Real decreto 377/2022, de 17 de mayo (BOE núm.118, de 18 de mayo) (código de procedimiento IN422O).

2. Por la presente se convocan ayudas para la siguiente actuación:

Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.

Tercero. Bases reguladoras

Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Real decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, y del Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalación de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Cuarto. Convocatoria de ayudas

Resolución de 5 de junio de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2023 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos para la implantación de instalación de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento IN422O).

Quinto. Importe

1. Las subvenciones previstas en esta convocatoria con cargo a los presupuestos del Inega y con el reparto plurianual recogido en la siguiente tabla se financiará con fondos europeos procedentes del Mecanismo de recuperación y resiliencia. El importe total asignado a esta convocatoria asciende a 2.370.318,66 euros con la siguiente distribución presupuestaria por anualidades:

Importe 2023 (€)

Importe 2024 (€)

Importe 2025 (€)

Importe total (€)

592.579,66

1.540.707,00

237.032,00

2.370.318,66

El presupuesto por partida y anualidad se distribuirá teniendo en cuenta las solicitudes registradas conforme a lo establecido en el artículo 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, entre las siguientes partidas: 05.A3.733A.703.0, 05.A3.733A.714.2, 05.A3.733A.744.1, 05.A3.733A.745.2, 05.A3.733A.760.5, 05.A3.733A.760.9, 05.A3.733A.781.1 y 05.A3.733A.781.6.

2. El crédito máximo según la tecnología renovable será el siguiente:

Tecnología renovable térmica

Presupuesto (€)

Biomasa

1.400.000,00

Geotermia, hidrotermia, aerotermia y solar térmica

970.318,66

Total

2.370.318,66

Los presupuestos por tecnología renovable podrán ser redistribuidos pasados tres meses desde la apertura del plazo de solicitudes para adaptarse a la evolución de la ayuda solicitada en cada uno de los epígrafes.

3. La concesión de las ayudas estará supeditada a la efectiva financiación por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el marco de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía.

Sexto. Cuantía de la ayuda

Los costes subvencionables máximos, costes de referencia y cuantía de las ayudas para cada una de las actuaciones vienen establecidos en el anexo III del Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, publicado en el BOE núm. 305, de 22 de diciembre de 2021.

Los costes elegibles se relacionan en el anexo I AI.2 del Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, publicado en el BOE núm. 305, de 22 de diciembre de 2021.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes de ayuda

El plazo de presentación de solicitudes empezará a las 9.00 horas, transcurridos 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria de ayudas en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 31 de diciembre de 2023, que al ser inhábil se prorrogará al día siguiente hábil (2 de enero de 2024).

Octavo. Plazos de ejecución y justificación de las actuaciones

El plazo máximo de ejecución y justificación de las actuaciones será de 18 meses contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.

Este plazo se podrá ampliar de conformidad con lo previsto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio.

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2023

Pablo Fernández Vila
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia