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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Viernes, 30 de junio de 2023 Pág. 40739

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 27 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería y a la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero, y se convocan para el año 2023, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (códigos de procedimiento MR406D y MR406E).

BDNS (Identif.): 705616.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

En función del tipo de ayuda solicitada, podrán ser beneficiarias las siguientes personas:

a) Ayudas a inversiones en los sistemas de gestión de estiércoles en ganadería (código de procedimiento MR406D).

i. Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o agrupaciones de personas físicas, incluidas las explotaciones de titularidad compartida previstas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que sean titulares de explotaciones ganaderas siempre que tengan la consideración de pymes.

ii. Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de pymes.

iii. Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones ganaderas concretas que tengan la consideración de pymes, cuyos titulares darían su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.

iv. Centros gestores de estiércoles siempre que tengan la consideración de pymes.

b) Ayudas destinadas a agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero (código de procedimiento MR406E).

i. Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o agrupaciones de personas físicas, incluidas las explotaciones de titularidad compartida previstas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tengan la consideración de pymes.

ii. Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por tales quien desarrolle actividades económicas registradas en el epígrafe 911, en el 912 o en el 851 en el impuesto de actividades económicas siempre que tenga la consideración de pymes.

iii. Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de pymes, y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.

iv. Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas que tengan la consideración de pymes, cuyos titulares darían su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas y convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de ayuda incluidas en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia. Componente 3. Inversión 4 (C3.I4):

a) Ayudas a inversiones en los sistemas de gestión de estiércoles en ganadería (código de procedimiento MR406D).

b) Ayudas destinadas a agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero (código de procedimiento MR406E).

De acuerdo con las bases reguladoras establecidas en el Real decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 27 de junio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de las ayudas a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería y a la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero, y se convocan para el año 2023, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (códigos de procedimiento MR406D y MR406E).

Cuarto. Importe

Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito de 8.777.990,56 euros, financiados al 100 % por la Administración general del Estado (Plan de recuperación, transformación y resiliencia-financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU), repartido en:

i. Ayudas a inversiones en los sistemas de gestión de estiércoles en ganadería: 2.200.000 euros.

ii. Ayudas destinadas a agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero: 6.577.990,56 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de junio de 2023

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural