Mediante la Orden de 3 de enero de 2023, que se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 27, de 8 de febrero, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Plan de formación para el empleo (personas trabajadoras ocupadas) y se realizó su convocatoria para los ejercicios 2023 y 2024 (código de procedimiento TR302A).
En el artículo 45 de esta orden se recoge la financiación de las ayudas previstas, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11.50.323B.471.0 y 11.50.323B.481.0, código de proyecto 2013 00493, con una cuantía inicial de 7.772.334,00 €, distribuida entre las anualidades 2023 (3.772.334,00 €) y 2024 (4.000.000,00 €).
Una vez instruidos los expedientes y obtenida la relación de acciones formativas que van a ser subvencionadas, ya que cumplen con las condiciones establecidas en las bases reguladoras y resultaron seleccionadas por aplicación de los criterios de evaluación recogidos en el artículo 15 de las citadas bases, es necesario realizar una redistribución del crédito entre las distintas aplicaciones presupuestarias, en función del tipo de entidad que va a impartir la formación (empresas privadas o entidades sin ánimo de lucro).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero (DOG núm. 20, de 29 de enero) cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.
Por todo lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Modificar el crédito destinado a las ayudas convocadas en la Orden de 3 de enero de 2023 por la que se establecen, para el período 2023-2025, las bases reguladoras por las que se regirán las acciones formativas del Plan de formación para el empleo (personas trabajadoras ocupadas) y se realiza su primera convocatoria para los ejercicios 2023-2024 (código de procedimiento TR302A), redistribuyendo el crédito previsto en dicha orden para las anualidades 2023 y 2024 de la siguiente forma, sin variar el presupuesto total:
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Anualidad 2023 |
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Aplicación presupuestaria |
Código de proyecto |
Presupuesto inicial |
Modificaciones |
Presupuesto final |
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11.50.323B.471.0 |
2013 00493 |
2.844.092,00 € |
614.570,87 € |
3.458.662,87 € |
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11.50.323B.481.0 |
2013 00493 |
928.242,00 € |
-614.570,87 € |
313.671,13 € |
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Total |
3.772.334,00 € |
3.772.334,00 € |
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Anualidad 2024 |
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Aplicación presupuestaria |
Código de proyecto |
Presupuesto inicial |
Modificaciones |
Presupuesto final |
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11.50.323B.471.0 |
2013 00493 |
2.137.114,00 € |
970.053,27 € |
3.107.167,27 € |
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11.50.323B.481.0 |
2013 00493 |
1.862.886,00 € |
-970.053,27 € |
892.832,73 € |
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Total |
4.000.000,00 € |
4.000.000,00 € |
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Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes.
Santiago de Compostela, 30 de junio de 2023
Zeltia Lado Lago
Directora general de Formación para el Empleo y Orientación


