DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Jueves, 17 de agosto de 2023 Pág. 48714

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2023, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de bibliotecas, convocado por la Resolución de 30 de marzo de 2022, por la que se da publicidad de diversos acuerdos.

En sesión que tuvo lugar el 27 de julio de 2023, el tribunal nombrado por la Resolución de 14 de abril de 2023 que deberá calificar el proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en el cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de bibliotecas (DOG núm. 78, de 24 de abril),

ACORDÓ:

Primero. Al no haberse recibido ninguna alegación respecto de las preguntas del primer ejercicio, no se realiza ninguna modificación en la plantilla de respuestas publicada.

Se adjunta a esta resolución la plantilla definitiva de respuestas.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, superarán el primer ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que hayan obtenido una puntuación mínima de veinticinco puntos (25 puntos).

En el acceso libre superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas en este turno, siempre que alcancen, en cada uno de los bloques, el mínimo del 50 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.

De darse el caso de que el número de aspirantes que superen este ejercicio no sea el previsto en el párrafo anterior, se rebajará al mínimo, en cada uno de los bloques, del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no superen el número máximo de personas aspirantes determinado por el resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocado en este turno.

Tercero. A estos efectos, de conformidad con las bases de la convocatoria, mediante la Resolución de este tribunal de 6 de junio de 2023, publicada en el tablón de anuncios web corporativo funcionpublica.xunta.gal, por la que se da publicidad de los parámetros para la calificación del primer ejercicio, se estableció que:

En el acceso libre superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de dieciséis (16) personas, siempre y cuando alcancen en cada uno de los bloques el mínimo del 50 % de las respuestas correctas una vez hechos los descuentos correspondientes.

Únicamente de darse el caso de no completar el número de dieciséis (16) personas aprobadas, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no superen el número máximo de dieciséis (16) personas.

El criterio expresado de obtención en este primer ejercicio de un porcentaje mínimo de aciertos en cada una de las dos partes viene referido, respectivamente, a la primera parte teórica (140 preguntas) y a la segunda parte práctica (40 preguntas).

De darse el caso de que el número de aspirantes que superen este ejercicio no sea el previsto en los párrafos anteriores, se rebajará al mínimo en cada uno de los bloques del 40 % de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes.

Cada respuesta correcta equivale a una unidad de puntuación, cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta y las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.

Se consideran igualmente aprobadas todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella que marque la nota de corte establecida de acuerdo con los criterios anteriores.

Cuarto. Realizada la corrección en sesión de 11 de julio de 2023, de acuerdo con las normas y criterios anteriores, alcanzó la puntuación mínima de 25 puntos un total de 13 personas aspirantes, fijándose en 75,00 el número de respuestas correctas necesarias para obtener dicha puntuación, una vez hechas las deducciones previstas en la base II.1.1.1 de la convocatoria: las respuestas incorrectas descuentan un cuarto de una pregunta correcta; las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación. Para alcanzar dicho número de personas aptas fue necesario aplicar el criterio subsidiario de porcentaje neto de aprobados señalado del 40 % de respuestas correctas netas en cada uno de los bloques teórico y práctico.

Quinto. Publicar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal los resultados alcanzados por las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio del proceso selectivo, que son declaradas aptas por superar los mínimos establecidos en la base II.1.1.1 de la convocatoria. Son las trece (13) personas que consiguieron la puntuación mínima establecida del 40 % en cada parte del ejercicio de la relación que se adjunta a esta resolución. Respecto de las personas que no obtuvieron alguno de dichos porcentajes mínimos, se publican en la relación correspondiente y se declaran no aptas; se señalan para cada aspirante los bloques *1, *2 y *3 (=ambos bloques) en los que no se cumplió la condición de porcentaje mínimo. En razón a dichos criterios, una asignación de puntuaciones en este último grupo no sería homologable a la de las restantes aspirantes.

Sexto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Séptimo. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 2023

Cristina Rubal González
Presidenta del Tribunal