DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Jueves, 24 de agosto de 2023 Pág. 50175

III. Otras disposiciones

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Orden de 9 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la práctica profesional y la formación en competencias blandas de las persoas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR353C).

BDNS (Identif.): 713008.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2023 de subvenciones para la contratación por cuenta ajena, que realicen las empresas y personas empleadoras, para facilitar a jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo un período de práctica profesional acompañada de un proceso de formación para el empleo (código de procedimiento TR353C).

Segundo. Personas empleadoras y empresas beneficiarias

Podrán ser personas y empresas beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedad civiles que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.

También pueden ser beneficiarios los centros especiales de empleo y las empresas de inserción laboral que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto para celebrar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social, respectivamente.

Tercero. Gastos subvencionables

Serán subvencionables al amparo de este programa las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de:

– Contratos para la obtención de la práctica profesional.

– Contratos de formación en alternancia.

Los contratos tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa.

El período durante el cual se tienen que producir los contratos formativos para que sean subvencionables comprende desde el 16 de octubre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2023.

Cuarto. Cuantía de los incentivos

La cuantía máxima de la subvención que se concederá con carácter general será de:

a) Incentivo a la contratación, por cada persona joven con contrato formativo de 12 meses a jornada completa:

– En los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.

– En los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.

– En los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.

b) Incentivo a la formación, por cada persona joven contratada, para la impartición de un programa formativo en competencias blandas, con una duración mínima de 60 horas:

– 2.000 € para formación presencial.

– 1.000 € para teleformación.

Quinto. Bases reguladoras

Orden de 9 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la práctica profesional y la formación en competencias blandas de las personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR353C).

Sexto. Presentación de solicitudes y plazo

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día siguiente al de su publicación y finalizará el 2 de octubre de 2023.

Santiago de Compostela, 9 de agosto de 2023

Elena Rivo López
Conselleira de Promoción del Empleo e Igualdad